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Clasificación De Los Delitos


Enviado por   •  20 de Marzo de 2013  •  468 Palabras (2 Páginas)  •  482 Visitas

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Los delitos impropios de omisión : son las infracciones de impedir el resultado de un delito de comisión, que no se hallan expresamente tipificadas en la ley penal, Como primera nota característica señalada por la doctrina es que los delitos impropios de omisión son delitos especiales y hay que interpretarlos según se su caso.

Para aproximarnos al problema debemos partir de los delitos de comisión. En éstos, todo el que realiza la acción es autor. Por el contrario toda persona con poder del hecho que no evita el resultado típico no puede ser considerada solo por esto autor en el delito de omisión impropio.

Los tipos de delitos impropios de omisión: son sólo en parte tipos de formación legal (la conducta del autor) y en parte, por el contrario de formación judicial (las características objetivas del autor) Aún cuando puede haber reparos de índole constitucional contra este tipo de delitos, el derecho vigente —dice el autor citado— le da al juez puntos de referencia típicos para la elaboración de las características objetivas del autor de la omisión.

Omisión Impropia o Comisión por Omisión (Parte General ) sirve para todos los delitos en los que pueda producirse, hay que tener en cuenta el resultado.

En los dos casos se trata de un "no hacer", pero ese "no hacer" tiene que ser relevante penalmente, porque hay unas omisiones que no dan lugar al delito y otras que sí.

Los Delitos de Omisión responden a un principio de solidaridad humana en virtud del cual se responsabiliza a un sujeto que es el que omite, a realizar una determinada prestación dirigida a la salvaguarda de un bien jurídico o a que no impida la producción de un resultado típico estando obligado a ello.

La conducta humana que sirve de base al tipo penal puede consistir en un "hacer" o "no hacer".

El concepto de omisión: solo se refiere a aquellos comportamientos pasivos que producen consecuencias jurídicas. Por esta razón no todo comportamiento pasivo consiste en un "no hacer" equivalente a una omisión en sentido penal, porque para que tuviera relevancia penal es necesario hacer un juicio normativo negativo.

Por otra parte, la omisión responde a una norma de mandato o preceptiva, al contrario de lo que ocurre con los delitos de acción, que responden a una norma prohibitiva.

Ejemplos: de las dos clases de omisión serían, para la omisión propia, el del tipo de omisión de socorro; es decir, cuando por ejemplo un individuo pasa por el lugar de un accidente y, pudiendo ayudar a los heridos, no lo hace. Y un ejemplo de la omisión impropia está en el homicidio por omisión; así, un caso de éste es el ya mencionado de la madre del recién nacido que no le proporciona alimentos y, debido a esto, el

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