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DESARROLLO DE EL ESTADO. CONCEPTO


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2017  •  Exámen  •  24.661 Palabras (99 Páginas)  •  228 Visitas

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  1. EL ESTADO. CONCEPTO

A través de los tiempos, cualquier pueblo que estudiemos, nos presenta una organización política, como algo inevitable e indispensable en su vida social. Esta organización es el Estado. El Estado aparece cimentado en el Derecho. Bajo un régimen jurídico se desenvuelve cumpliendo sus fines.  Como el Estado está presente siempre en el Derecho Publico hay que dar un concepto de Estado:

[pic 1]

ELEMENTOS DEL ESTADO

  • POBLACION: conjunto de personas que habitan en el territorio de un Estado y que se someten al poder político que ejerce el gobierno de turno. Presenta dos aspectos:

  • Demográfico o Cuantitativo: referido a su número y densidad.
  • Demológico o Cualitativo: vinculado a la raza, herencia y selección

Debe distinguir la población de una simple comunidad, como también de la nación, haciendo hincapié que una simple comunidad es una mera unión de personas que habita en un lugar determinado pero no se encuentra organizada bajo ningún régimen estatal.

Por su parte, el término Nación se refiere al conjunto de personas que se encuentran vinculadas por lazos de cultura, tradición, ideales, creencias religiosas, etc, sin el condicionamiento de que deben habitar en un mismo territorio.

Para nuestra Constitución, a la Población la constituyen todos aquellos habitantes que se encuentran en el suelo Argentino (lo dice el Preámbulo). Nosotros no seguimos ninguna concepción nacionalista, sino que es amplia y generosa. Por consiguiente, la población de la República Argentina está dada por todos aquellos que habitan el suelo Argentino.

Desde el punto de vista del derecho Constitucional;

[pic 2]

  • TERRITORIO: Es la base física donde se asienta la población. Es tridimensional: tierra, agua, aire. Es el espacio o porción geográfica en la que se realiza la actividad estatal, comprende el suelo con todos sus accidentes estructurales, el subsuelo y el espacio aéreo. Tiene límites perfectamente delimitados, y éstos están dados por:
  • EL ESPACIO AÉREO: Se extiende en líneas paralelas hacia el espacio aéreo en forma ilimitada. Es decir que donde termina el territorio se alza una línea que va hacia el espacio en forma ilimitada.

El que corresponde a la República Argentina estaría delimitado por los hitos demarcatorios, por ej. en la cordillera con Chile, y en el mar (de acuerdo a la teoría de las 200 millas marítimas) introduciéndonos desde donde está la bajamar se cuentan 200 millas marítimas, y a partir de ellas, una línea hacia el infinito. Ese es el espacio aéreo en teoría. Todo lo que sucede allí pertenece al Territorio Nacional.

Pero cuando tenemos en cuenta la realidad y cuando queremos ejercer la soberanía (calificativo que tiene el Gobierno) nos damos cuenta que no somos dueños del espacio en forma ilimitada. No podemos controlar el paso de las aeronaves extranjeras. Por consiguiente la Sociología afirma que el espacio aéreo llega hasta donde podemos ejercer nuestra soberanía, hasta donde realmente podemos ejercer nuestro poder.

  • EL ESPACIO ACUATICO:

En el caso de los ríos, si estos son totalmente navegables, se considera el límite de la línea media y si no, se busca la parte navegable o cauce más profundo y se divide por la mitad.

En el caso de los mares, el espacio marítimo se establece de acuerdo a la riqueza que tienen los pueblos, estos limitan su legislación a ello. La Conferencia de Ginebra de 1958 estableció un ancho máximo de 12 millas marinas, pero posteriormente, los países de América del Sur afirmaron su derecho de establecer una extensión de 200 millas, a contar desde la línea de más bajas mareas. (1967). Se acepta esta teoría por la riqueza ictícola y mineral de la plataforma marina.

El 1º de enero de 1967, se dicta la ley 17.094[1] que dice:

Art. 1º: La soberanía de la Nación Argentina se extiende al mar adyacente, a su territorio hasta una distancia de 200 millas marinas medidas desde la línea de las más bajas mareas, salvo los casos de los golfos San Matías y San Jorge, que se medirán desde la línea que une los cabos que forman su boca.

Art. 2º: La soberanía de la Nación Argentina se extiende así mismo al lecho del mar y al subsuelo de las zonas submarinas adyacentes al suelo de su territorio hasta una profundidad de 200 metros, o más allá de este límite a la profundidad de las aguas subyacentes permita la explotación de las riquezas de esta zona.

Art. 3º: La libertad de navegación y aeronavegación no queda afectada por  las disposiciones de la ley.

Art. 4º: El Poder Ejecutivo Nacional dictará dentro de los 90 días de la fecha de promulgación de la presente ley una reglamentación que determinará las formas y condiciones en que podrán desarrollarse las actividades de exploración y explotación de los recursos naturales del mar por parte de los buques extranjeros dentro de las 200 millas marinas a que se refiere esta ley.

  • EL ESPACIO TERRESTRE PROPIAMENTE DICHO: Es la porción del globo terrestre en la que aparece indicada la población sobre la cual se ejerce el Poder del Estado. El territorio no comprende solo tierra firme, sino el subsuelo, los lagos, ríos, los mares interiores, el mar territorial y el espacio aéreo.

El Estado ejerce sobre él un Derecho de soberanía interna, no de propiedad ni de dominio, pero puede ejercer derechos de dominio sobre ríos, mares adyacentes, playas, lagos navegables, calles, plazas, caminos, canales y puentes, son los bienes públicos, que no son susceptibles de aprobación privada.

El territorio del Estado es inalienable, el Estado tiene como deber, fijar los límites de su territorio. Los límites naturales son ríos, mares, montañas y desiertos; los artificiales materiales como alambrados, etc.; los artificiales matemáticos son grados, paralelos, etc.; y los artificiales son generalmente convencionales.

  • GOBIERNO: Conjunto de magistraturas publicas que conducen políticamente al Estado, es decir, el conjunto de los poderes Ejecutivo, Legislativo y judicial que tienen a su cargo la conducción política del Estado.

Es claro que el timón político lo tiene el órgano Ejecutivo, pero también lo marcan las leyes que dicta el Congreso como así también las sentencias que dictan los jueces, todo esto conduce políticamente al Estado.

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