FORMAS DE ESTADO: CONCEPTO
The Soul MakerInforme29 de Junio de 2020
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BOLILLA III
FORMAS DE ESTADO: CONCEPTO
Para Cerro, el Estado es la sociedad o comunidad perfecta o soberana.
- Sociedad o comunidad: Es el conjunto de personas con intereses y un pasado común que los vincula y los proyecta;
- Perfecta: Porque se autoabastece a sus fines, es decir, tiene capacidad de lograr sus objetivos por sí misma;
- Soberana: Porque se autodetermina y no reconoce un poder superior que lo limite. En el orden interno, ejerce un poder absoluto sobre los habitantes y el territorio; en el orden externo, ningún poder o Estado extranjero está por encima.
Los elementos que tradicionalmente lo componen son tres:
- Población: Es el conjunto de personas que constituyen un grupo humano organizado. Existen dos tipos:
- Argentinos: Dentro de ellos, distinguimos:
- Nativos: Son aquellos nacidos dentro del territorio (ius soli o derecho de suelo).
- Por adopción: Aquellos que habiendo nacido en suelo extranjero, rechazan su ciudadanía de origen y adoptan la argentina.
- Por opción: Aquellos que habiendo nacido en suelo extranjero, hijos de padres argentinos, optan por la ciudadanía de sus padres (ius sanguinis o derecho de sangre).
- Extranjeros: Nacidos en otro país, son residentes en el nuestro.
- Territorio: Es la parte de la corteza terrestre delimitada convencionalmente entre los Estados, y se distingue en:
- Suelo Es la superficie comprendida dentro de los límites.
- Subsuelo: Es la superficie que se proyecta desde el suelo hasta el centro de la tierra.
- Espacio marítimo: Comprende tanto la superficie de las aguas nacionales como la plataforma continental (lecho y subsuelo de las áreas submarinas).
- Aguas interiores: Son aquellas contenidas entre las costas y las líneas de base costeras, sobre las cuales el Estado ejerce plena soberanía de igual manera que sus territorios terrestres.
- Mar territorial: Es una franja paralela a la costa que se extiende fuera de su territorio donde el Estado ejerce su soberanía. El mar territorial argentino se extiende hasta las 12 millas marinas.
- Zona contigua: Constituida por 12 millas marinas contiguas al mar territorial, en donde Argentina, en ejercicio de su poder jurisdiccional, podrá prevenir y sancionar las infracciones a sus leyes y reglamentos en materia fiscal, aduanera y de inmigración.
- Zona económica exclusiva: Se extiende más allá del límite exterior del mar territorial, hasta una distancia de 200 millas marinas a partir de las líneas de base, es decir, 176 millas marinas contadas desde el límite de la zona contigua.
- Espacio aéreo: Es la superficie que se proyecta desde el suelo hacia el espacio. Desde la Convención de París de 1919 se reconoció que todo Estado tiene la soberanía completa y exclusiva sobre el espacio atmosférico situado por encima de su territorio.
- Poder: Es energía humana, física o moral, que el gobierno emplea para realizar los fines propios del Estado dentro del orden jurídico (Cerro).
En cuanto a las formas de Estado, Bidart Campos sostiene que se trata de responder a la pregunta ¿Cómo se ejerce el poder?. Implica, entonces, a la organización de la institución estadual en su totalidad, a través de la cual se le infunde un determinado estilo de vida, que es fundamental a su propia constitución y a la necesaria coherencia entre la decisión política originaria y la normatividad que preside su dinámica.
Este autor realiza la siguiente clasificación:
- Con relación al territorio: Es decir, en cuanto a la distribución territorial de la decisión política, puede ser:
- Democráticos: Aquel fundado en el respeto a la dignidad y derechos necesarios de la persona, en el respeto de las minorías, en la participación cívica de los miembros de la comunidad política y en la realización plena del bien común.
- Autocráticos: Aquella comunidad política en la que se niega la participación cívica de las personas humanas. Ésta, a su vez, se divide en:
- Autoritarios: Suponen una comunidad donde se desconocen los derechos de la persona humana y se niega la participación política a los miembros de la comunidad.
- Totalitarios: Se caracterizan por un estatismo hipertrofiado, y por un intervencionismo estatal en todos los aspectos de la vida, aún en la esfera de la intimidad.
- Con relación a la población: Se distinguen en unitarios y federales. Para Cerro esta clasificación corresponde en realidad a la de las formas de gobierno, pero Bidart Campos la considera como formas de Estado porque afectan a la totalidad de la estructura y no sólo al órgano estatal (gobierno).
- Unitarios: El poder está concentrado en el Estado central con descentralizaciones en el territorio que están subordinadas a él.
- Federales: Existe un Estado central que tiene jurisdicción sobre todo el territorio nacional, las provincias tienen autonomía para manejar sus asuntos internos, dictar leyes provinciales y elegir sus mandatarios, sin dejar de formar parte de la Nación.
Sampay, por su parte, entiende que las formas de Estado son dos:
- Formas puras: Que son aquellas que tienden al bien común como fin del Estado (Democracia).
- Formas impuras: Van contra el fin del Estado, y se dividen en autoritarismos y totalitarismos.
CONFEDERACIÓN Y FEDERACIÓN
Una confederación consiste en la unión de Estados que conservan su soberanía y se rigen por determinadas leyes comunes. Se diferencia de la federación en que en ésta los estados individuales están subordinados al gobierno central.
Sus rasgos básicos son los siguientes:
En primer lugar, su fundamento jurídico es un tratado internacional, dado que los sujetos que lo constituyen son Estados soberanos que siguen conservando su soberanía.
En segundo lugar, las instituciones de una confederación –normalmente una asamblea como órgano superior de la cual depende un órgano ejecutivo– están compuestas por delegados de los estados miembros que actúan a la manera de embajadores de éstos y, por tanto, sometidos al mandato de sus gobiernos respectivos.
En tercer lugar, las normas y los actos políticos que emanan de la confederación obligan sólo a los Estados, los cuales se encargan, en su caso, de que sean respetados por sus ciudadanos mediante el ordenamiento jurídico interno. Las relaciones jurídicas se establecen, por tanto, entre la confederación y los Estados que la forman, no entre la confederación y los ciudadanos de cada uno de estos estados.
Por último, los Estados confederados tienen esencialmente los derechos de “nulificación” y “secesión”, vale decir, la potestad en el primer caso, de apreciar la conveniencia de los actos y disposiciones del poder confederado, negándose incluso a su aplicación dentro de su territorio; y en el segundo, la facultad para separarse en cualquier momento de la unión confederal.
En la federación o el Estado federal, por el contrario, la soberanía no reside en los territorios que lo integran, sino en el conjunto del pueblo, es decir, en todos y cada uno de sus ciudadanos. No se funda en un tratado sino una constitución emanada del poder constituyente que reside, precisamente, en dichos ciudadanos, individuos libres e iguales. Esta constitución, norma suprema, determina dos esferas de poder: una corresponde al Estado central, es decir, a la federación, y otra a los Estados miembros. Se dice de éstos últimos que no son soberanos, sino autónomos; la soberanía pertenece únicamente al Estado Federal.
A su vez, cada una de estas esferas tiene sus propias instituciones públicas que regulan y gobiernan su propio ámbito de competencias garantizando derechos e imponiendo obligaciones directamente a sus ciudadanos.
Por último, los parlamentos de los Estados federales suelen estar compuestos de dos cámaras representativas de los ciudadanos: una al conjunto de todos ellos, otra a los de cada Estado miembro.
FORMAS DE GOBIERNO: CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN
Cerro entiende por gobierno, al órgano del Estado. Es el centro donde se unifica la decisión y la acción.
Posada incluye en el gobierno tanto su sentido funcional como estructural. Por el primero, el gobierno son las funciones diferenciadas y específicas del Estado, mientras que por el segundo, es la estructura institucionalizada mediante la cual el Estado hace efectivas sus funciones específicas.
Para Bidart Campos, la forma de gobierno es la forma de uno de los elementos del Estado, la manera de organizar y distribuir las estructuras y competencias de los órganos que componen ese gobierno. Responde a la pregunta ¿Quién ejerce el poder? Así, este autor distingue entre el gobierno de uno, conformado por las monarquías; con el de muchos, que forman una república.
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