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El Tratado Michelena-Pombo fue aprobado por el Congreso de la Nueva Granada en 1834


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2012  •  590 Palabras (3 Páginas)  •  628 Visitas

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asdsadEl Tratado Michelena-Pombo fue aprobado por el Congreso de la Nueva Granada en 1834, en tanto fue rechazado por el Congreso de Venezuela en 1835 por encontrarlo desfavorable a la nación en varias de sus partes. Después de malogrado el acuerdo, el ejecutivo venezolano insistió en que el Congreso volviese a examinar el tratado. Por ello en 1842 se reiniciaron en Caracas las negociaciones entre la Nueva Granada y Venezuela para crear un nuevo tratado de amistad, comercio y navegación entre ambos países, el cual debía ser firmado el 23 de julio de ese mismo año. El Congreso venezolano aprobó un nuevo tratado el 29 de abril de 1843. A pesar de esto, el señalamiento del trazado fronterizo quedó aplazado.11

Entre 1844 y 1845 tienen lugar nuevas conversaciones entre el general Joaquín Acosta y Fermín Toro, quien reconoce la validez y el fundamento de la real cédula de 1790 como el título legítimo de la Nueva Granada sobre la Guajira.5 Pero infortunadamente nada se logró en materia de límites porque el gobierno de la Nueva Granada quería someter el diferendo al arbitraje extranjero, a lo que el gobierno de Venezuela se oponía. Esa situación de indefinición permaneció inalterable hasta el 14 de septiembre de 1881, cuando se celebra el Tratado Arosemena-Guzmán por medio del cual ambos países toman la decisión de someter su diferencia al procedimiento arbitral.3 13

Mapa de 1900, con la demarcación fronteriza del laudo español de 1891.

El 16 de marzo de 1891 se dicta en Madrid el Laudo Arbitral de la Reina María Cristina de España, por medio del cual se determinó gran parte de las fronteras entre los dos países.14 El territorio que cubrió el Laudo fue: Guajira, Serranías Perijá y Motilones, San Faustino, Serranía Tama, Ríos Sarare, Arauca, Meta, Orinoco y Negro.13 Dicho laudo, sin embargo no dirimió por completo ciertos inconvenientes en el trazado (además de algunas falencias del mismo tratado, tales como la ubicación exacta del hito nº 1, hoy en Castilletes), por lo cual fue necesario que se llevara la cuestión frente al Consejo Federal Suizo, el cual dictó sentencia el 24 de mayo de 1922 en lo referente a los territorios de San Faustino, Catatumbo, Zulia, Yavita, Pimichin, Arauca y Meta.13

Entre 1901 y 1938 se llevaron a cabo las labores de demarcación y de colocación de hitos por parte de la Comisión Fronteriza Bilateral.14 Debido a algunas discrepancias entre la delimitación expresada por el laudo español de 1891, el fallo suizo de 1922 y la realidad geográfica, las labores de amojonamiento se suspendieron en 1932.2 Después de varias negociaciones, correcciones y notas diplomáticas al respecto se reanudaron estas tareas, que culminaron el 5 de abril de 1941 en Cúcuta, cuando los Ministros

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