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Enviado por   •  30 de Abril de 2013  •  818 Palabras (4 Páginas)  •  227 Visitas

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 Tres métodos que se utilizan para la fijación de escalas de sueldos mínimos

NATURALEZA JURIDICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA

DECRETAR AUMENTOS DE SALARIOS Y PARA FIJAR SALARIO MINIMO

(REFLEXION PERSONAL).

Dada la pluralidad de funciones que el salario realiza, y teniendo presente la trascendencia de los fines que constituyen su esencia, fácilmente se comprende que el Estado no podía abstenerse de intervenir en esa cuestión.

Jurídicamente el salario constituye la contraprestación del trabajo subordinado, es también desde el punto de vista económico una ganancia para el trabajador. En consecuencia la naturaleza jurídica del referido procedimiento es la Justicia Social.

La idea de justicia es el fundamento de todo ordenamiento jurídico en cualquiera de sus ramas.

Pero cuando se habla de Justicia Social no se quiere decir solamente justicia en lo social sino que se refiere a determinada clase de justicia y se pretende diferenciarla del género. Este término nació como idea de aplicar la justicia a los problemas del trabajo con un sentido de protección al trabajador.

Los principios básicos de ella son el respeto a la igualdad de los hombres frente al fenómeno del trabajo, el respeto a la personalidad y dignidad del trabajador y la justa remuneración del trabajo.

BASE CONSTITUCIONAL Y LEGAL DEL PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO PARA DECRETAR AUMENTOS DE SALARIO Y PARA

FIJAR SALARIO MINIMO.

- Base Constitucional.

* Artículo 87: "La Ley proveerá los medios conducentes a la obtención de un salario justo; establecerá normas para asegurar a todo trabajador por lo menos un salario mínimo; garantizará igual salario para igual trabajo, sin discriminación alguna: fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores en los beneficios de las empresas; y protegerá el salario y las prestaciones sociales con la inembargabilidad en la proporción y casos que se fijen y con los demás privilegiados y garantías que ella misma establezca. *Artículo 190 ordinales 1 y 22.

Base Legal.

(Ley Orgánica del Trabajo).

* Artículo 12: "Corresponde al Poder Público Nacional dictar normas sobre el trabajo. Los Estados y los Municipios no podrán dictar leyes, ordenanzas ni previsión alguna sobre esta materia. Quedan a salvó las disposiciones que dichas Entidades dicten para favorecer a los trabajadores que presten servicio bajo su dependencia, dentro de las normas pautadas por la legislación laboral".

* Artículo 13: "El Ejecutivo Nacional tendrá las más amplias facultades para reglamentar las disposiciones legales en materia de trabajo, y a tal efecto podrá dictar Decretos o Resoluciones especiales y limitar su alcance a determinada región o actividad del país.

PARAGRAFO

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