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Actos Dentro Del Proceso


Enviado por   •  10 de Enero de 2014  •  1.692 Palabras (7 Páginas)  •  437 Visitas

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8.1 Proceso y procedimiento.

Proceso y Procedimiento, van estrechamente unidos, sin embargo, debemos dejar puntualizadas sus diferencias, con lo cual podremos reflexionar en lo concerniente al momento en que formalmente inicia el proceso penal.

Los términos “proceso” y “procedimiento” son frecuentemente usados en el lenguaje jurídico como sinónimos, dada la estrecha relación que guardan. Esto sin embargo, es erróneo, ya que se trata de conceptos distintos, aunque no opuestos.

Todo proceso requiere, para su desarrollo, de un procedimiento. El procedimiento es un sendero que seguirá el proceso para desenvolverse como tal; coordina una serie de actos positivos, mismos que pueden relacionarse o entrelazarse entre sí para producir una consecuencia jurídica.

Existen varios tipos de procedimientos; cada uno dependerá de la forma o del modo de actuar. Por lo anterior, el concepto no siempre se referirá a cuestiones enteramente judiciales: existen procedimientos de carácter administrativo (como los que se desarrollan en la administración pública), o bien, los de carácter notarial que encierran una serié de pasos a seguir para lograr un objetivo (ejemplo una protocolización de un acto jurídico celebrado entre dos partes. También es posible referirse a los procedimientos judiciales, mismos que comprende una seria de actuaciones de las partes involucradas y de otros sujetos procesales; su finalidad primordial es la impartición de justicia por parte del juzgador competente al caso concreto.

 Proceso

Es la secuela de actos destinados a lograr una decisión inobjetable de autoridad judicial. Los elementos que los condicionan y definen son entonces: La utilización de todos los medios de prueba existentes en principio evaluado y resuelto por quien está investido de autoridad y que actúa con imparcialidad e independencia. Entonces el producto es la cosa juzgada que da firmeza al acto jurisdiccional.

Traducción: Proceso en el sentido legal son unos actos consecutivos, que inicia el interesado con su demanda (o denuncia si es un asunto penal) ante un juzgado y que es supervisado por un juez, quien .finalmente resolverá el problema legal en un documento que se llama sentencia, que tiene un efecto llamado "cosa juzgada" que significa que la última decisión del juez que resuelve el problema legal ya no puede ser cuestionado por nadie y tiene que cumplirse porque ya se hizo justicia.

 Procedimiento

Es la secuencia de actos que se ejecuta de modo legal (sujeción a un debido procedimiento), progresivamente dentro de la poliforme actividad del Estado, pero obteniendo un pronunciamiento (la cosa decidida) que se resuelve en acto administrativo, la resolución administrativa.

Traducción: Procedimiento en el sentido legal son unos actos consecutivos, que inicia un interesado con una solicitud ante una entidad administrativa pública o privada, y que es supervisado por la administración de esa entidad, quien finalmente resolverá el problema (que generalmente se trata de una solicitud, reclamo o queja) en un documento que se llama "Resolución" (propiamente "resolución administrativa" para no confundirla con la judicial) , que genera un efecto de cosa decidida , que significa que la entidad se ha pronunciado finalmente sobre ese asunto y es la última decisión, pero el interesado o afectado si cree que está afectado su derecho todavía puede acudir ante los juzgados para que se tramite el asunto por un proceso judicial.

8.2 Tiempo y Actividad: Preclusión y caducidad. Términos y plazos.

El proceso es un fenómeno dinámico que se desenvuelve en el tiempo. El tiempo que dura el proceso se mide en plazos y términos. El proceso se encuentra dividido en etapas. La primera fase es la de instrucción y luego la de juicio. La instrucción, como también lo precisamos, se divide en tres etapas: postulatoria, probatoria y preconclusiva.

En la etapa postulatoria, de los 25 días, se podrán considerar 10 días para la contestación de la demanda y 15 para que el tribunal celebrara la audiencia previa y de conciliación y dictase la providencia o acuerdos intermedios necesarios.

En la etapa probatoria, el ofrecimiento podría comprender 30 días y el desahogo podría ser de 20 días. En la etapa preconsultiva tendríamos 10 días, divididos en dos plazos de cinco. En el juicio se darían 30 al juez o tribunal para que dictara la sentencia.

El concepto de preclusión, está íntimamente ligado con los aspectos temporales del proceso. Entendemos por preclusión la pérdida de los derechos procesales por no haberlos ejercido en la oportunidad que la ley da para ellos. La caducidad procesal no es una instrumentación exclusivamente procesal, pues encontramos caducidades de tipo sustantivo. La caducidad no produce la pérdida de los derechos de fondo.

En el derecho mexicano, la caducidad de la instancia aparece contemplada en la ley de amparo, el C.F.P.C y el C.P.C.D.F.

El término en sentido estricto es el momento preciso señalado para la realización de un acto, está el concepto de días y horas hábiles, reglamentados en los códigos procesales. Son días todos los del año, menos los domingos y aquellos que la ley declare festivos. Son horas hábiles las comprendidas entre los 8:00 y las 19:00 horas.

Lugar del acto procesal.

Lucus lex regit actum tiene una indudable aplicación en el tema relativo al lugar en el que el acto procesal debe desenvolverse. También se suele usar el término de sede para referirlo al lugar.

 Prescripción,

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