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Actos Del Proceso Electoral Y Los Medios De Impugnación.


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2013  •  1.402 Palabras (6 Páginas)  •  474 Visitas

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INTRODUCCION

Las elecciones electorales se realizan con una organización, un funcionamiento, y una legalidad dentro de las mismas, votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación que se ejercer, para esto existen diversas autoridades como el Instituto Federal Electoral, el Tribunal Federal Electoral, y otros órganos para que este funcionamiento se lleve a cabo con eficacia, dentro de las elecciones electorales se realizan actos para el reconocimiento, dictamen y la declaración de validez de las elecciones electorales, que se distribuyen en diversas etapas.

ACTOS PARA EL RECONOCIMIENTO, DICTAMEN Y DECLARACION DE VALIDEZ DE LAS ELECCIONES ELECTORALES

Dentro de lo que viene siendo el proceso electoral, está estipulado en el código federal de instituciones y procedimientos electorales en su artículo 209 que este, es el conjunto de actos ordenados por la constitución y este código, estos actos para el reconocimiento, dictamen y declaración de validez a cerca de las elecciones los realizan las autoridades electorales, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos. Para que se inicie el proceso electoral, la autoridad competente deberá determinar el ámbito territorial de cada una de las 5 circunscripciones plurinominales además de la demarcación territorial, dicha autoridad se refiere al Consejo General. El proceso electoral se inicia en octubre del año previo al de las elecciones y concluye una vez que el Tribunal Electoral haya resuelto el último de los medios de impugnación que se hubieren interpuesto o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno.

El proceso electoral ordinario está compuesto por 4 Etapas;

1.- La preparación de la elección, este se refiere a la iniciativa de la primera sesión celebrada por el Consejo General del Instituto durante la primera semana de octubre del año previo al de las elecciones federales ordinarias y concluye al iniciarse la jornada electoral. De acuerdo con la ley, los consejos locales deben instalarse e iniciar sus sesiones a mas tardar el 31 de octubre y los consejos distritales a más tardar el 31 de diciembre del año anterior al de la elección ordinaria. Los presidentes de los consejos están facultados para convocar a sesiones cuando lo estimen necesario o cuando así lo solicite la mayoría de los representantes de los partidos políticos nacionales, Las resoluciones se toman por mayoría de votos y, en caso de empate, el del presidente es de calidad, al prepararse la elección se debe realizar la documentación y la preparación de los materiales electorales, el órgano responsable de aprobar tanto el modelo de boleta electoral que se utiliza para la emisión del voto, como toda la documentación y materiales requeridos para tal efecto es el Instituto Federal Electoral, después se utilizara una sola boleta para cada tipo de elección,

es decir, una para la elección de presidente y otra para la elección de diputados y otra para la elección de senadores en virtud de que el elector dispone de un solo voto para cada una de ellas.

2.- Jornada electoral, este inicia a las 8:00 horas del primer domingo de julio y concluye con la clausura de casilla, en el desarrollo de esta jornada electoral ocurre la emisión del sufragio ciudadano, cuya preferencia determinara la composición de los órganos de representación nacional, una vez que se ha realizado el escrutinio y computo de los votos recibidos en cada una de ellas, así como de los votos emitidos en el extranjero, y se hayan integrado debidamente los respectivos expedientes electorales habrá concluido la clausura de la jornada electoral. Dentro de lo que viene siendo la jornada electoral se tiene que realizar la Instalación y apertura de las casillas, como consecuente se realizara la votación, una vez cerrada la votación, los integrantes de la mesa directiva proceden al escrutinio y cómputo de los votos emitidos en la casilla, el escrutinio consiste en la revisión y clasificación puntual del total de las boletas electorales recibidas originalmente por cada mesa de casilla. La jornada electoral se concluye al realizarse la clausura de casilla y remisión del expediente.

3.- Resultados y declaraciones de validez de las elecciones, estas inician con la remisión de la documentación y expedientes electorales a los Consejos Distritales y concluye con los cómputos y declaraciones que realicen los Consejos del Instituto o en su caso cuando el Tribunal Electoral emita en la última instancia las resoluciones. Se tiene que realizar una información

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