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Clasificación Dr Los Derechos Reales En Mexico


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2014  •  463 Palabras (2 Páginas)  •  315 Visitas

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CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS REALES

Los derechos reales se clasifican en dos grupos; los primeros son denominados de goce, en donde encontramos: propiedad, uso, usufructo, habitación, servidumbre; los segundos se denominan de garantía: prenda, hipoteca. Encontramos también la condición resolutoria de la venta, el pacto de reserva, el derecho de retención, la propiedad intelectual y la propiedad industrial.

DERECHOS DE GOCE:

• Propiedad: Derecho real por excelencia, otorga un poder amplio e inmediato sobre la cosa.

• Uso: Es el derecho de usar y gozar de una cosa, pero no en su totalidad, sino sólo en cuanto le sea preciso para satisfacer necesidades personales y las de su familia.

• Usufructo: Es el derecho de usar y gozar, pero no disponer la cosa, inclusive su uso es menos amplio que el del dueño, ya que debe sujetarse al destino determinado por este último. Es esencialmente temporario e intransmisible.

• Habitación: Es un derecho real que atribuye a su titular, denominado habitacionista, la facultad para ocupar ciertas habitaciones en casa ajena, sin necesidad de pagar renta o alquiler.

• Servidumbre: Es el derecho real, perpetuo o temporario sobre un inmueble ajeno, en virtud del cual se puede usar de él, o ejercer ciertos derechos de disposición, o bien impedir que el propietario ejerza algunos de sus derechos de propiedad.

DERECHOS DE GARANTÍA:

• Prenda: Es un derecho real accesorio de garantía que tiene como función accesoria el asegurar al acreedor el cumplimiento y satisfacción de su crédito, mediante un poder especial que se le confiere sobre la cosa dada en garantía.

• Hipoteca: Derecho sobre la cosa ajena que tiene por finalidad garantizar al titular del derecho de hipoteca, el pago de la deuda, sin traslado de posesión.

o Condición resolutoria de la venta: Expresa es una garantía del cumplimiento de la obligación del comprador en contratos de compraventa con parte del precio aplazado. En virtud de dicha cláusula, las partes acuerdan que la falta de pago del precio aplazado o de alguno de sus plazos (suelen ser letras de cambio) dará lugar a la resolución de pleno derecho de la compraventa.

o Pacto de reserva: Se reserva y no transmite la propiedad de la cosa al comprador en tanto no se realice el pago total del precio.

o Derecho de retención: Consiste en no devolver una cosa que tenemos en virtud de un contrato, o de cualquier otro acto jurídico, hasta que se extinga la obligación que tiene el dueño legitimo de la cosa con el poseedor

o Propiedad intelectual: Es el conjunto de derechos de autor, personales (morales) y patrimoniales (económicos) que corresponden a

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