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Clasificación de las infracciones


Enviado por   •  13 de Abril de 2013  •  Tesis  •  1.194 Palabras (5 Páginas)  •  1.045 Visitas

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1- Clasificación de las infracciones

3.1- Delitos por comisión y delitos de inacción u omisión.

El delito de comisión o de acción se comete mediante un comportamiento positivo; en ellos se viola una ley prohibitiva. Mientras que en los delitos de omisión el objeto prohibido es una abstención del agente, violan una ley dispositiva, consiste en la no ejecución de algo ordenado por la ley, en este las condiciones de que deriva su resultado reconocen, como causa determinante, la falta de observancia de parte del sujeto de un precepto obligatorio.

Los delitos de omisión se dividen en: simple omisión o de omisión propiamente dichos, consisten en la falta de una actividad jurídicamente ordenada, con independencia del resultado material que produzcan; es decir, se sancionan por la omisión misma; y los delitos de comisión por omisión o impropios delitos de omisión, son aquellos en los que el agente decide actuar y por esa inacción se produce el resultado material.

En los delitos de simple omisión, hay una violación jurídica y un resultado puramente formal. Mientras en los de comisión por omisión, además de la violación jurídica se produce un resultado material.

3.2- Delitos instantáneos y continuos.

Los delitos instantáneos son aquellos que se consuman en un solo instante, como lo es el caso del robo. Entre estos hay delitos instantáneos con efectos permanentes que son los que se ejecutan o consuman en un instante pero sus efectos se prolongan en el transcurso del tiempo, ejemplo homicidio.

Mientras que los delitos continuados son aquellos que reúnen una serie de circunstancias como son, Unidad de resolución, Pluralidad de Acciones y Unidad de Resultados. En otras palabras, el sujeto activo tienen como finalidad obtener un resultado, pero para tal efecto es necesario que realice diversas acciones para tal cometido. En estos también están los delitos continuos o permanentes, que son aquellos en que durante toda la realización del delito, este se sigue consumando, es decir, si la conducta tiene una duración de tres o cuatro meses, el delito se consuma en cada momento.

3.3- Delitos simples o colectivos o de hábito.

El delito colectivo es aquel en que toma parte una colectividad, sin que esta sola condición le caracterice. Lo característico del delito colectivo es que el objeto que se promete el delincuente no sea personal; que la idea que le guía, el sentimiento o la pasión que le impulsa, guíen o impulsen a otras muchas personas para un fin que no sea exclusivamente egoísta; que tenga una causa, buena o mala, razonable o absurda, pero común a todos los que la defienden. Los delitos colectivos no pueden consumarse sin un medio social apropiado; sin que los poderes sean opresores, o los pueblos ignorantes e inmorales en parte, y en parte apáticos, con un contingente a disposición de las revueltas, y otro mucho mayor, pasivo, que sufre sus desastrosas consecuencias.

3.4- Delitos conexos, complejos o repetidos.

En el delito Complejo hay una violación de varios bienes o intereses protegidos. Ej. , secuestro, también son aquellos en que se ofende varios derechos o bienes jurídicos. En el delito Conexo las acciones están vinculadas de tal manera que unos resultados dependen de unas acciones y otros resultados de otras acciones. Ej. , Los delincuentes se ponen de acuerdo antes, luego cometen delitos en diferentes tiempos y lugares.

3.5- Delitos flagrantes y no flagrantes.

El delito flagrante es aquel que se comete en la actualidad o acaba de cometerse. Reputado (no) flagrante es cuando se le encuentran

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