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Conservación De Los Ecosistemas


Enviado por   •  20 de Febrero de 2014  •  675 Palabras (3 Páginas)  •  322 Visitas

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Conservación de los recursos naturales:

Los recursos naturales representan fuentes de riqueza para la explotación económica que el hombre puede utilizar directamente como fuentes para esta explotación. De igual forma, los combustibles, el viento y el agua pueden ser utilizados como recursos naturales para la producción de energía. Pero la mejor utilización de un recurso natural depende del conocimiento que el hombre tenga al respecto, y de las leyes que rigen la conservación de aquel.

Las áreas protegidas.

Las áreas protegidas son áreas determinadas por un Estado sujeto a un marco legal e institucional definido para garantizar la conservación de sus particularidades y riquezas medioambientales y culturales.

Las áreas naturales protegidas son de gran importancia porque nos provee de innumerables beneficios a partir de los bienes económicos y servicios ambientales concretos.

Reservas forestales:

Una reserva forestal es una figura jurídica que propone la protección de un área natural de bosque nativo por su importancia en la producción de oxigeno, absorción de CO2, fijación del hidrogeno a la tierra y por ende producción de agua.

Zonas de aprovechamiento agrícola:

Poseen características especiales por la constitución de su suelo y por las condiciones climáticas de la región. Son zonas de alto potencial para el aprovechamiento agrícola debido a sus excepcionales condiciones, por lo que deben ser sometidas a una mayor preservación.

Las diversas zonas de aprovechamiento agrícola reciben protección de acuerdo con su potencial productor.

Áreas con fines protectores:

Poseen un conjunto de características especiales en cuanto a su ubicación, condiciones geográficas y cercanía a poblaciones, que influyen en el proceso de regulación del clima de una región.

Algunas áreas protegidas con estos fines son las denominadas zonas protectoras, las reservas hidráulicas, los refugios y reservas de fauna, los parques litorales y las áreas críticas.

Zonas protectoras:

Son decretadas para limitar legalmente la propiedad de la tierra. Sus principales funciones son: permitir la conservación de los bosques, la fauna, los suelos y las aguas. Las zonas protectoras pueden ser aprovechadas en actividades hidroeléctricas y de reforestación. También se permite, con ciertos controles, la ocupación por parte de poblaciones humanas y las prácticas de cacería.

Reservas hidráulicas:

En estas zonas se permite, principalmente, el aprovechamiento forestal e hidroeléctrico, aunque también pueden ser utilizadas, de manera controlada, para la actividad agropecuaria, la explotación minera, la extracción de flora y fauna, la ocupación por parte de poblaciones humanas y la cacería deportiva.

Refugios de fauna:

Son aquellas áreas del territorio nacional que se estimen necesarias para la protección, conservación y propagación de la fauna silvestre, principalmente de aquellas especies que se consideran en peligro de extinción, ya sean residentes o migratorias.

Reservas de fauna:

Comprenden zonas que se requieren para el desarrollo de programas experimentales o definitivos de ordenación y manejo de poblaciones de animales silvestres, destinados a asegurar la reproducción continua de las especies para el ejercicio de la caza o cualquier otra forma de aprovechamiento del recurso.

Parques litorales:

Permiten el uso controlado y la preservación de los recursos naturales en las zonas costeras del país. Como explican la falta de beneficios en algunos estados de Venezuela con referencias a los parques.

Áreas criticas con propiedad de tratamiento:

Son aquellas áreas del país que, por sus condiciones ecológicas, deben ser sometidas con gran prioridad a planes de manejo, ordenación y protección.

Áreas protegidas con otros fines: recreativos, científicos y educativos:

Son espacios naturales preservados por su gran valor científico, cultural, educativo, histórico, recreativo. Las principales áreas protegidas con estos fines son los parques nacionales y los monumentos naturales.

Parques nacionales:

Un parque nacional es una categoría de área protegida que goza de un determinado estatus legal que permite proteger y conservar la riqueza de su flora y su fauna, se caracteriza por ser representativa de una región fitozoogeográfica y tener interés científico.

Monumentos naturales:

Monumento natural es un elemento natural de singular valor paisajístico, geológico, histórico o de otro tipo (incluso valor simbólico), desde un árbol centenario hasta un bosque, una cueva, una isla, etc. y cuya conservación aconseja un tipo de protección especial, ya que normalmente se encuentran fuera de un entorno susceptible de tener una protección superior.

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