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DERECHO PENAL


Enviado por   •  19 de Junio de 2015  •  447 Palabras (2 Páginas)  •  155 Visitas

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Artículo 6. Programas de acción para eliminar las peores formas de trabajo infantil. Explotación sexual comercial de niños. La Comisión tomó nota con anterioridad de que el CRC, en sus observaciones finales de 19 de octubre de 2010 (documento CRC/C/LKA/CO/3-4, párrafo 71), expresó su preocupación de que Sri Lanka siga siendo un destino común para el turismo sexual infantil, con un elevado número de niños explotados sexualmente por turistas. El CRC también expresó su preocupación de que la policía carezca de los conocimientos técnicos necesarios para combatir el turismo sexual infantil y de que se haya interrumpido el programa de vigilancia informática para controlar en internet la pornografía infantil y los delitos relacionados con el turismo sexual infantil, y se haya cerrado la unidad de delitos informáticos, debido a la falta de financiación.

La Comisión toma nota de que, según el documento titulado «Hoja de ruta de Sri Lanka de 2016 sobre las peores formas de trabajo infantil: del compromiso a la acción», una de las estrategias de incorporación de la Hoja de ruta de de 2016 es la promoción de un turismo seguro para los niños. El documento también indica que el Marco de Desarrollo con Perspectiva Decenal 2006-2016, llamado Mahinda Chintana, que aborda de manera rigurosa muchas de las causas profundas del trabajo infantil, tiene la finalidad de fortalecer la seguridad contra los delitos asociados al turismo, incluida la lucha contra el turismo sexual infantil, a través de programas de estricta vigilancia policial y sensibilización. Sin embargo, la Comisión toma nota del mismo documento, según el cual el fenómeno del chico de la playa, junto con el asunto de la pedofilia, se conocen desde hace mucho tiempo a lo largo de la franja costera sudoccidental de Sri Lanka. La Comisión toma nota asimismo de los comentarios formulados por la NTUF, según los cuales la explotación sexual comercial de niños tiene lugar, sobre todo en los balnearios de la costa, y la muy reservada naturaleza de estos delitos reduce las denuncias o que los hechos salgan a la luz. La Comisión expresa su preocupación ante la situación de los niños implicados en el turismo sexual infantil. En consecuencia, la Comisión insta una vez más al Gobierno a que intensifique sus esfuerzos para combatir el turismo sexual infantil y para garantizar que los autores sean llevados a la justicia. La Comisión solicita al Gobierno que comunique información sobre la aplicación de las estrategias de la Hoja de ruta de 2016 en la promoción de un turismo seguro para los niños, así como las medidas adoptadas en el marco del Mahinda Chintana para combatir el turismo sexual infantil.

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

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