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Delitos Contra La Humanidad


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2013  •  2.240 Palabras (9 Páginas)  •  1.180 Visitas

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FACULTAD DE DERECHO

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

TRABAJO

“Análisis del articulo 20, inciso 1 del código penal peruano”

ALUMNO:

Johny, Carrero Gonzales

DOCENTE:

DR: Julia Arellano Serquén

Pimentel – Perú

2012

INDICE

INTRODUCCION

Desde los inicios de la historia del ser humano siempre se han presentado una serie de circunstancias que no han permitido a las personas tener un verdadera y efectiva convivencia social, siendo que se creado diferentes agrupaciones las cuales se definen por su raza, idioma, territorio, dando con ello la creación de los Estados. Una vez que se han definido los límites de los Estados, cada uno de ellos se rige por una serie de costumbres y leyes que los definen, de ahí emergen las potestades de cada Estado de definir su propia formar de gobernación, desarrollo, cultura y disposiciones legales, surgiendo de esa manera el termino de soberanía de los Estados. Pero como se mencionó al inicio ello no ha garantizado la buena conciencia entre los seres humanos, y ha surgido de la misma manera dictaduras y crímenes atroces contra la humanidad que han provocado disgusto a nivel internacional. Personajes de la historia como Adolf Hitler, Augusto Pinochet, le indicaron al mundo que era necesario la creación de legislación internacional, así como un órgano regulador con el fin de evitar y juzgar en el caso que se realicen a las personas o estados que atenten contra los derechos humanos de las personas, cumpliendo con una serie de características que indican que son de interés internacional, pero ello no ha sido aceptado por muchos de los países ya que indican que ellos representa una violación a la soberanía del estado y que cada nación es la que debe hacerse cargo de los nacionales que incurran en crímenes contra la humanidad. Pero la historia nos ha mostrado que ello no siempre es posible pues en muchas ocasiones con los mismos estados o sus líderes los que violentan los derechos humanos de su población, de ahí la necesidad y creación de la Corte Penal Internacional, así como del Estatuto de Roma que lo rige. En la presente investigación se abocará a determinar si el juzgamiento de los delitos contra la humanidad por parte de la Corte Penal Internacional roca con la soberanía de los Estados parte.

PLAN DE INVESTIGACION

1.1. Situación Problemática

1.1.1. A nivel internacional

El derecho internacional, como se detallará a continuación, ha instituido claramente los crímenes contra la humanidad como cualesquiera de una serie de actos inhumanos, incluidos el homicidio intencional, el encarcelamiento, la tortura, la desaparición y la violencia sexual, cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra cualquier población civil, tanto en tiempos de guerra como de paz.

Entre tales actos inhumanos se encuentran: el asesinato, el exterminio, la tortura, el sometimiento a esclavitud, la deportación, la persecución por motivos políticos, raciales o religiosos, el encarcelamiento arbitrario, la desaparición forzada de personas y otros actos inhumanos .

Es decir, cuando este tipo de actos se cometen de manera sistemática o a gran escala, dejan de ser crímenes comunes para pasar a subsumirse en la categoría más grave de crímenes contra la humanidad.

El Secretario General de las Naciones Unidas explicó que los crímenes contra la humanidad contemplados en el artículo 5 del Estatuto del Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia (en adelante "TPIY") se referían a "actos inhumanos de naturaleza muy grave, cometidos como parte de un ataque extendido o sistemático". De igual modo, el Estatuto del Tribunal Penal Internacional para Ruanda (en adelante "TPIR"), confiere jurisdicción al Tribunal de Ruanda sobre crímenes contra la humanidad "cuando hayan sido cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático".

La Comisión de Derecho Internacional entiende por "comisión en gran escala" que "los actos se dirijan contra una multiplicidad de víctimas. Este requisito excluye el acto inhumano aislado cometido por un autor por su propia iniciativa y dirigido contra una sola víctima”. El Estatuto de Nuremberg tampoco incluía este requisito. No obstante, el Tribunal, al examinar los actos inhumanos como posibles crímenes de lesa humanidad subrayó también que la política de terror "se realizó sin duda a enorme escala". En el texto aprobado en primera lectura por la Comisión de Derecho Internacional se utilizó la expresión "de manera.... masiva" para indicar el requisito de una multiplicidad de víctimas. Esta expresión se sustituyó por la de "en gran escala" en el texto de 1996, por ser suficientemente amplia para comprender distintas situaciones que supongan una multiplicidad de víctimas, por ejemplo como consecuencia del efecto acumulativo de una serie de actos inhumanos o del efecto aislado de un solo acto inhumano de extraordinaria magnitud.

1.1.2. A nivel nacional

Si bien la ratificación del Estatuto por parte del Perú es un paso importante en materia de regulación de delitos contra el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario , también es cierto que el verdadero inicio para su implementación en nuestro territorio es la adecuación de nuestra normativa a los lineamientos definidos en el citado instrumento. Ello, por cuanto aún cuando los Estados partes no tienen el deber expreso de recoger las descripciones típicas de los crímenes internacionales del Estatuto de Roma, esta obligación se desprende de manera tácita del principio de complementariedad que representa un eje orientador de la integridad de su contenido.

En efecto, desde la promulgación del vigente Código Penal en 1991 a la fecha, solo se han incorporado cinco delitos de conformidad con el Estatuto de Roma. Con la vigencia del Código Penal

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