Derecho Agrario
2420143126 de Noviembre de 2014
737 Palabras (3 Páginas)268 Visitas
Concepto de Arrendamiento en el Derecho Venezolano
Según el Código Civil venezolano “el arrendamiento es un contrato por el cual una de las partes contratantes se obliga a hacer gozar a la otra de una cosa mueble o inmueble, por cierto tiempo y mediante un precio determinado que ésta se obliga a pagar aquélla” (C.C. art.1.579). La parte que se obliga a hacer gozar de la cosa se denomina arrendador y, el otro arrendatario. El precio se suele llamar canon, pensión o alquiler.
Función o Finalidad
Dice el Código Civil que los bienes fungibles que se consumen con el uso no puede ser materia de este contrato, pero puede suceder que una misma cosa sea susceptible de varios usos, uno que la consuma y otro que no, supuesto este último en el cual no hay inconveniente para que pueda ser arrendada.
Las cosas pueden ser arrendadas como unidades separadas o formando un conjunto. Como forma especial de universalidad se admite el arrendamiento de una empresa o establecimiento mercantil, que comprende tanto su base física como los restantes elementos que forman parte de ella (utillaje, instalaciones, signos distintivos, etc.), no sólo se arrienda el local sino el negocio o industria en él instalado. La sustitución de alguno de los elementos por conveniencia, comodidad o deseo de mejoramiento, realizado por el arrendatario, no modifica la calificación del contrato como arrendamiento de industria.
Características
El contrato de alquiler por escrito debe identificar a las partes, la ubicación y descripción del local, la duración, renta a pagar, importe de la fianza y todas aquellas cláusulas que estipulen las partes.
La duración del contrato se rige por la voluntad de las partes. Si no se refleja nada en el contrato, su duración es de un año.
El importe que se deposita como fianza también es negociable aunque la legislación contempla el depósito del equivalente a dos meses de alquiler. La renta o importe a pagar por el alquiler se pacta de forma libre, así como el domicilio y forma de pago.
La cesión y subarriendo del local comercial está contemplado por la ley. La obligación del arrendatario es comunicar al arrendador que se ha generado una cesión de contrato o subarriendo, teniendo derecho el arrendador a un incremento de la renta del 10% si se produce un subarriendo parcial del local, o a un 20% si se produce un subarriendo total del local o cesión del contrato de arrendamiento.
En el caso de compraventa del local por parte del propietario, el inquilino tiene derecho al tanteo y retracto.
Importancia
Rentar exige realizar un contrato de arrendamiento que estipula los términos, condiciones y responsabilidades que asumen tanto el propietario del inmueble, como el inquilino.
Cabe mencionar que dicho contrato establece, por ejemplo: el monto mensual del arrendamiento; la fecha de inicio del periodo de renta, el vencimiento de dicho pago, así como el término del contrato, entre otras cosas.
Este contrato también puede establecer cuestiones como si está permitido, o no tener mascotas en la propiedad; si el lugar es propicio para familias con niños, o no; si es para personas solas; el giro del negocio si se trata de un local comercial o bodega, etcétera, así como otras restricciones o exigencias tales como un fiador, que el propietario incluya, y que puede acordar con el inquilino.
Es importante respetar ciertas formalidades entorno a la elaboración y firma del mismo. Una vez redactado, el contrato de arrendamiento debe ser detalladamente leído por ambas partes para luego firmarse, ya que se está adquiriendo una responsabilidad legal.
El que el contrato de arrendamiento sea celebrado por escrito es conveniente para el arrendador, porque eso le da la certeza jurídica de que va a cobrar la renta pactada, así como de que al vencimiento
...