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Derecho Notarial


Enviado por   •  8 de Julio de 2015  •  469 Palabras (2 Páginas)  •  233 Visitas

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2. Analice la Ley Nº 26662 y elabore un resumen de los asuntos no contenciosos de competencia notarial contemplados en la mencionada ley. (4.5 puntos)

LEY Nº 26662 SOBRE LOS ASUNTOS NO CONTENCIOSOS DE COMPETENCIA NOTARIAL.

La Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, Ley N° 26662, data del año 1996 y constituye parte de la legislación nacional que regula las facultades de los Notarios en todo el Perú. Nace como un instrumento del Estado para tratar de aligerar y descongestionar la carga procesal en el sistema judicial; ofreciendo a los usuarios una alternativa distinta a la vía judicial, la notarial, para ventilar sus asuntos no contenciosos. Sin embargo, es importante precisar que, la Ley no otorga, a los Notarios, competencia para tratar todos los asuntos no contenciosos regulados en el Código Procesal Civil y demás legislación; sino que solamente hace referencia a los siguientes asuntos: rectificación de partidas, adopción de personas capaces, patrimonio familiar, inventarios, comprobación de testamentos, sucesión intestada, separación convencional y divorcio ulterior conforme a la ley de la materia.

La Ley N° 26662 permite a los notarios instrumentalizar los llamados actos de jurisdicción voluntaria, entendida ésta última, por algunos doctrinarios, como aquella actividad jurisdiccional en la que no hay litigio o partes enfrentadas; también como la facultad que posee el Estado, a través de sus órganos, para administrar justicia, ejercer sus facultades, movilizando el aparato estatal en procura de lograr la protección de un derecho subjetivo a instancia de parte, que finalmente se traduce en la sentencia. En tal sentido, la jurisdicción será contenciosa cuando haya litigio; voluntaria cuando no exista el mismo, es decir cuando no haya oposición de partes. Si durante la tramitación de un asunto no contencioso de competencia notarial existiera oposición de cualquier persona, se tornaría contencioso y a pesar de la formación jurídica y capacidad de los notarios, éstos tendrían que dejar de conocer el asunto para ser resuelto en el Poder Judicial, en dónde el Juez resolvería. cataría a junta general.

Los Notarios Públicos en el derecho peruano tienen competencia para tramitar los siguientes Procesos no Contenciosos:

1) Los regulados por la Ley 26662:

 Rectificación de partidas. Las rectificaciones que tengan por objeto

Corregir los errores y omisiones de nombre, apellidos, fecha de nacimiento, de matrimonio, defunción u otros que resulten evidente del tenor de la propia partida o de otros documentos probatorios, se tramitarán ante notario.

 Adopción de personas capaces. Sólo se tramita ante notario la adopción de personas mayores de edad

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