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El Sistema De Justicia En Venezuela


Enviado por   •  14 de Marzo de 2012  •  5.061 Palabras (21 Páginas)  •  2.002 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

FUNDACIÓN MISIÓN SUCRE

ALDEA “REPÚBLICA ARGENTINA”

CÁTEDRA:ESTADO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

CUMANÁ ESTADO SUCRE

EL SISTEMA DE

JUSTICIA Y EL

PODER JUDICIAL

EN VENEZUELA

FACILITADOR:

Aniceto Gamboa.

PARTICIPANTES:

Reyes B. Yolimar T. C.I. Nº 10113708

Andrade Geomarina. C.I. Nº 12666915

Sección: 03

Cumaná, octubre de 2011.

CONTENIDO.

 Introducción.

 El Sistema de Justicia.

 El Poder Judicial.

 Marco legal del Poder Judicial.

 Estructura jurisdiccional del Poder Judicial.

 Estructura administrativa y de gobierno del Poder Judicial.

 Servicio de Defensa Pública.

 Organigramas.

 Organigrama del Poder Público venezolano.

 Organigrama del Tribunal Supremo de Justicia.

 Organigrama de tribunales en Venezuela.

INTRODUCCIÓN

Este documento pretende dar una visión general de la organización y marco legal del sistema de justicia en Venezuela, y en especial, del Poder Judicial. Para ello, es ante todo importante hacer referencia a los cambios constitucionales que se materializaron en Venezuela en 1999, por la entrada en vigencia de una nueva Constitución, la cual introdujo una nueva concepción de la administración de justicia, que constituye un avance y podrían ser un factor determinante para la definitiva modernización del Poder Judicial venezolano.

En tal sentido, a continuación, se enumeran las innovaciones fundamentales de la nueva Constitución:

• La administración de justicia se concibe de forma sistémica, de hecho, la Constitución se refiere al Sistema de Justicia del cual forman parte todos los sujetos y órganos que participan o se relacionan con la administración de justicia que son: “el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos que participan en la administración de justicia y los abogados autorizados para el ejercicio” (artículo 253).

• Para garantizar la autonomía del Poder Judicial, se asigna al Sistema de Justicia no menos del dos por ciento (2%) del presupuesto ordinario nacional (artículo 254).

• Se fortalece al Poder Judicial, al otorgar a su máxima autoridad: el Tribunal Supremo de Justicia, su dirección, gobierno y administración, y además, se prevé la creación de un órgano administrativo en su propia estructura que lo apoye en esas tareas: la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (artículo 267).

• Se promueve la organización de los tribunales por Circuitos, así como la descentralización administrativa y jurisdiccional del Poder Judicial (artículo 269).

La Constitución ordena la creación de un servicio de defensa pública, que coordine a los defensores públicos (artículo 268), lo que garantizará en el futuro que se formule una política nacional en materia de defensa pública.

• Para garantizar la independencia del Poder Judicial, se da a los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia estabilidad en sus cargos por un período de doce años (es el Poder Público donde el tiempo en el cargo es más prolongado y además hay un aumento del período respecto de la anterior Constitución), y para la elección de los Magistrados se crea un sistema de participación ciudadana que pretende lograr la transparencia, siendo su remoción sólo posible por causas extremadamente graves y previo cumplimiento de un procedimiento (artículos 263, 264 y 265).

• Se reconoce la justicia indígena, siempre que sus normas y procedimientos no sean contrarios a la Constitución, a las leyes y al orden público (artículo 260) .

• La administración de justicia se concibe no sólo como un poder del Estado, sino también como un servicio público, que genera obligaciones para los órganos de administración de justicia respecto de los ciudadanos, de modo que según el texto de la Constitución ese servicio debe ser transparente, expedito, y accesible, y en caso de que no se imparta de esa manera, los ciudadanos pueden exigir la responsabilidad de los jueces y funcionarios judiciales (artículos 26 y 257).

• Se establece en la Constitución el derecho de acceso a la justicia, y en tal sentido, el texto constitucional se refiere a “una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, in¬dependiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposi-ciones inútiles” (artículo 26).

• Se reconoce en la Constitución la justicia de paz y los medios alternativos de resolución de conflictos, como la conciliación, el arbitraje, la mediación (artículos 26, 253 y 258).

• Se determina que las leyes procesales deben tender a la simplificación de los procedimientos, a la uniformidad, eficacia y a la oralidad (artículo 257). En ese orden de ideas, en Venezuela, ya existen dos leyes que establecen procedimientos orales y sencillos: el Código Orgánico Procesal Penal y la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que rigen en las jurisdicciones penales y de menores de edad, y han agilizado los procesos en esas áreas. Además, en agosto de 2003, entra en vigencia una nueva ley en materia laboral, que también prevé la oralidad y

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