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El cuerpo del delito


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2013  •  Ensayos  •  378 Palabras (2 Páginas)  •  247 Visitas

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La probable responsabilidad del adolescente se tendrá por acreditada cuando de los medios probatorios existentes se deduzca su participación en la conducta considerada como delito por las leyes penales, la comisión dolosa o culposa del mismo, y no exista acreditada a favor del adolescente alguna causa de licitud o alguna excluyente de responsabilidad.

El cuerpo del delito y la probable responsabilidad se acreditarán por cualquier medio probatorio que señale la ley.

Artículo 44. Los datos y elementos de convicción recogidos durante la investigación del Ministerio Público para Adolescentes carecen por sí mismos de valor para fundar la sentencia, salvo que sean oportunamente ofrecidos y desahogados en la audiencia de juicio de conformidad con esta Ley.

Dichos datos y elementos podrán ser utilizados por el Ministerio Público para sustentar la sujeción a proceso y la necesidad de aplicar alguna medida cautelar al adolescente.

Artículo 45. No tendrá valor probatorio la admisión de los hechos por parte de la persona adolescente salvo que sea realizada ante el Juez Especializado con la presencia de su abogado defensor, habiéndose entrevistado previamente con éste.

Artículo 46. Sólo en los casos de flagrancia, siempre que no se contravengan sus derechos y garantías, puede detenerse al adolescente sin orden judicial. Quien efectúe la detención deberá ponerlo sin demora a disposición de la autoridad inmediata y ésta, con la misma prontitud, a la del Ministerio Público Especializado. Se entiende que hay flagrancia cuando:

I. El adolescente es sorprendido en el momento de estar realizando una conducta tipificada como delito en las leyes penales;

II. Inmediatamente después de realizarlo, es perseguido materialmente, e

III. Inmediatamente después de realizarlo, la persona es señalada por la víctima, algún testigo presencial de los hechos o quien hubiere intervenido con ella en la realización de la conducta que se le atribuye, y se le encuentren objetos o indicios que hagan presumir fundadamente que en efecto, acaba de realizar una conducta tipificada como delito en las leyes penales estatales.

Cuando se detenga a una persona por un hecho que requiera querella de parte ofendida, será informado inmediatamente quien pueda presentarla, y si éste no lo hace en ese momento, el adolescente será puesto en libertad de inmediato.

La detención se notificará inmediatamente a sus padres, tutores o representantes, y cuando no sea posible, se les notificará en el plazo más breve posible.

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