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Esquema Mexicano De Normalización

eliansitoo8 de Octubre de 2014

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Esquema Mexicano de Normalización

Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), conforme la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, son regulaciones técnicas que establecen especificaciones y procedimientos para garantizar que los servicios cumplan, en el contexto de los propósitos y funciones para los que fueron diseñados, con características de seguridad, intercambiabilidad, confiabilidad y calidad, entre otros aspectos.

La observancia de normas es de aceptación generalizada entre usuarios y proveedores de servicios que facilitan la aplicación de soluciones más económicas y estables, para favorecer el logro de mayor calidad en el mercado turístico.

Es por ello que las normas técnicas surgen como una respuesta a los requerimientos de la actividad, que apuntan hacia aspectos fundamentales del bienestar de quienes viven la experiencia del turismo.

De acuerdo a las Reformas a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) publicadas el 1o. de Julio de 1992, donde se crea un nuevo esquema de normalización aplicable también a servicios y se instituye tres tipos de normas: Normas Oficiales Mexicanas , Normas Mexicanas y de Normas de Referencia.

Donde para su elaboración, se han constituido diversos Comités Consultivos Nacionales de Normalización, los cuales se integran por el Gobierno Federal, Sector Privado, Sector Académico y Sector Social. De conformidad con el artículo 51 A, deberán tomarse en cuenta las normas internacionales, salvo cuando se consideren ineficaces o inadecuadas y deberán basarse en el conceso de los sectores interesados que participen en el comité , asimismo deberán someterse a consulta pública , por un período de cuando menos 60 días naturales previos a su expedición, para lo cual deberá publicarse un aviso y un extracto de la misma en el Diario Oficial de la Federación.

Prevé organizaciones diversas para la expedición, verificación, certificación y control de las normas. Excepcionalmente otro tipo de instituciones privadas, tales como colegios de profesionistas, empresas o asociaciones, podrán expedir normas voluntarias como normas mexicanas para lo cual deberán seguir el procedimiento previsto en la Ley. El secretariado técnico de la Comisión Nacional de Normalización deberá ordenar su publicación en el Diario Oficial de la Federación y la vigencia de las mismas con carácter informativo.

Las Normas Mexicanas también deberán ser revisadas periódicamente y en sus casos actualizados cada cinco años, en virtud de la necesidad de su actualización. Ahora bien las normas de emergencia son las que con motivo de una situación de emergencia deben ser expedidas queda limitada a seis meses. Gracias a lo anterior los objetivos de las Normas fueron establecer las características y especificaciones que deben reunir los servicios cuando en estos:

Cuando se trate de la prestación del servicio de forma generalizada para el consumidor.

Dañar la salud humana, animal o vegetal, para el medio ambiente general y laboral o para la preservación de recursos naturales.

Garantizar que en la realización de ciertos procesos no existan abusos e impedir accidentes.

Puedan existir algún riesgo para la seguridad de las personas.

Por eso actualmente se considera que el Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística (CCNNT), el cual se constituyó el 25 de junio de 1993 junto con la Presidencia y coordinación de este Comité recae en la Secretaría de Turismo a través, de la Subsecretaría de Operación Turística. Donde participan en forma equilibrada la iniciativa privada, instituciones educativas y consumidores, así como las dependencias competentes. Para el desarrollo de los trabajos del Comité como lo es el Comité Consultivo Nacional de Normalización en

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