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Estudio Dogmático Del Delito De Homicidio En Razón Del Parentesco.


Enviado por   •  18 de Agosto de 2014  •  523 Palabras (3 Páginas)  •  648 Visitas

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Actividad de aprendizaje 1

Estudio dogmático del delito de homicidio en razón del parentesco.

-Determinar los presupuestos: sujeto activo y sujeto pasivo (de la conducta y del delito), objeto material y objeto jurídico.

-El sujeto activo del delito es la persona individual con capacidad penal que realiza la conducta típica.

-El sujeto pasivo del delito es el titular del interés jurídico lesionado o puesto en peligro.

Dentro del objeto del delito encontramos el objeto material y el objeto jurídico.

-Objeto material. Es la persona o cosa afectada directamente por el daño causado por la conducta delictiva o el peligro en que se coloco a dicha persona o cosa.

-Objeto jurídico. Es el interés jurídicamente tutelado por la ley.

-De la conducta: la descripción precisa de las acciones u omisiones que son considerados como delito y a los que se les asigna una pena o sanción. El homicidio se considera una conducta, y podemos clasificarla como Conducta de Acción cuando el sujeto activo efectúa los movimientos corpóreos necesarios para producir el resultado de la muerte del sujeto pasivo, y Conducta de Omisión u Omisión Impropia, en la que el sujeto activo deja de hacer lo que de él se esperaba como tutor de una vida y debido a ello se produce como resultado la muerte del sujeto pasivo.

-Señalar si el delito es de acción u omisión (simple o comisión por omisión).

Omisión por Comisión: Consiste en no hacer una actividad pero que tiene como resultado un daño o una afectación al bien jurídico.

-Determinar si la acción u omisión es dolosa o culposa.

Es la acción dolosa, es decir es lo material del acto.

-Destacar el verbo núcleo del tipo.

-Privar

-Mencionar el nexo causal y la atribuibilidad.

El nexo causal si existe, cuando el sujeto activo tuviere con la víctima parentesco consanguíneo, por afinidad civil hasta el cuarto grado.

-Establecer si el resultado es formal o material.

El resultado puede ser material según el artículo 125 C.P.D.F Si el amenazador consiguió lo que se proponía, Al que prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, adoptante o adoptado, cónyuge, concubina o concubinario u otra relación de pareja permanente, con conocimiento de esa relación.

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