Geriatria
985101371413 de Marzo de 2014
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Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997, para la prestación de servicios de asistencia social para menores y adultos.
Índice:
Introducción.
Objetivo.
Campo de aplicación.
Definiciones y abreviaturas
Generalidades.
Prestación de servicios de asistencia social en casa hogar y albergues para adultos mayores.
Introducción.
En nuestro país la asistencia social es una expresión de solidaridad humana que se manifiesta en la familia, sociedad y en el ámbito del estado, cuyas acciones se han caracterizado por la operación de programas circunstanciales que limitan el desarrollo de la asistencia social.
La presente NOM establece mecanismos básicos que faciliten y alimenten la instrumentación de acciones en favor de los menores y adultos mayores sujetos a asistencia social, tomando en cuenta la condición especifica social a menores y adultos mayores.
Objetivo.
Esta NOM tiene por objeto establecer los procedimientos para uniformar principios, criterios políticas y estrategias en la prestación de servicios y desarrollo de actividades en materia de asistencia social a menores y adultos mayores.
Campo de aplicación.
Esta NOM es aplicable en todas las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local y las personas físicas o morales de los sectores social y privado que conforman el sistema Nacional de Salud.
Definiciones y abreviaturas.
• Adulto mayor, a la persona de 60 años de edad o más.
• Adulto mayor en estado de abandono, aquel que presenta las siguientes características: carencia de familia, rechazo familiar, maltrato físico o mental y carencia de recursos humanos.
• Albergue para adultos mayores, al establecimiento donde se proporcionan temporalmente servicios de alojamiento a adultos mayores, en tanto son reubicados a otras instituciones o a sus familias.
• Casa hogar para adultos mayores, al establecimiento de asistencia social donde se proporciona a adultos mayores atención integral mediante servicios de alojamiento, alimentación, vestido, atención médica, trabajo social, actividades culturales, recreativas, ocupacionales y psicológicas.
• Centro de día, al establecimiento público, social o privado qu proporciona alternativas a adultos mayores para la ocupación creativa y productiva del tiempo libre para actividades culturales, deportivas, recreativas, y de estímulo, donde se promueve tanto la dignificación de esta etapa de la vida, como la promoción y autocuidado de la salud.
Generalidades.
La prestación de servicios de asistencia social para adultos mayores se llevara a cabo en:
• Casa hogar para adultos mayores.
• Albergue temporal para adultos mayores.
La prestación de los servicios de asistencia social comprende:
• Alojamiento temporal o permanente.
• Alimentación.
• Vestido.
• Fomento y cuidado de la salud.
• Actividades educativas y recreativas.
• Atención médica y psicológica.
• Trabajo social.
• Apoyo jurídico.
En establecimientos para la atención del adulto mayor estará orientado a:
• Promover el bienestar presente y futuro de los adultos mayores.
• Mejorar la prestación de servicios de asistencia social.
• Estimular la interacción del adulto mayor.
• Estimular la participación social.
• Realizar acciones que promuevan la participación en actividades ocupacionales y recreativas.
• Fomentar el respeto a la persona, a sus derechos civiles y pertenecías.
• Otorgar vigilancia, protección
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