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INICIACION Y TÉRMINO DE LA EXISTENCIA JURIDICA DE LAS PERSONAS


Enviado por   •  12 de Enero de 2013  •  3.070 Palabras (13 Páginas)  •  387 Visitas

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INICIACION Y TÉRMINO DE LA EXISTENCIA JURIDICA DE LAS PERSONAS

Una persona jurídica o persona moral es un sujeto de derechos y obligaciones que existe físicamente pero no como individuo, sino como institución y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin ánimo de lucro.

Las personas jurídicas nacen como consecuencia de un acto jurídico (acto de constitución), según un sistema de mera existencia, o bien por el reconocimiento que de ellas hace una autoridad u órgano administrativo o por concesión. En ambos casos puede existir un requisito de publicidad, como la inscripción en un registro público.

ORGANISMOS RECTORES

La persona jurídica necesita de órganos rectores de su actividad. Al tratarse de un conjunto de bienes y derechos, es necesaria la existencia de personas físicas que decidan el destino que se da a esos bienes y las acciones que se vayan a tomar.

Los órganos se regulan por ley y por los estatutos de la persona jurídica. Los órganos más habituales son:

 El administrador

 Varios administradores solidarios o mancomunados.

 El Consejo de Administración.

 La Junta de socios, accionistas, etc.

RESPONSABILIDAD DE LA PERSONA JURIDICA

Tradicionalmente se ha rechazado la posibilidad de que una persona jurídica tenga responsabilidad penal por un delito. El argumento es que el dolo o la culpa no pueden recaer en ella, sino en las personas físicas que están detrás de una persona jurídica y toman las decisiones. Según esta concepción doctrinal, la persona jurídica sería sólo responsable civilmente, es decir, tendría que resarcir daños y perjuicios. Además, históricamente la teoría del delito se ha construido sobre la base de la persona natural.

En la actualidad, sin embargo, existen ordenamientos donde es posible sancionar penalmente a una persona jurídica por un delito. Si bien no pueden imponérsele todo los tipos de penas, existen algunas, como las pecuniarias o las inhabilitaciones, que pueden ser adecuadas para los delitos económicos o tributarios. No obstante, parte de la doctrina considera estas situaciones como propias del derecho administrativo sancionador y no del derecho penal.

CAPACIDAD, ESTADO, NOMBRE Y DOMICILIO DE LAS PERSONAS TANTO EN LO JURIDICO COMO PENAL

Existen dos tipos de personas jurídicas: las físicas y las morales, estas últimas

llamadas también personas jurídicas colectivas. El primer concepto Corresponde al sujeto en lo individual, o sea, al hombre en cuanto tiene derechos y obligaciones; el segundo corresponde a grupo de personas asociadas, formando una personalidad jurídica distinta a la de sus integrantes, ejemplo de ello lo tenemos en una asociación civil o sociedad anónima.

ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS FÍSICAS.

Las personas físicas o seres humanos, tienen los siguientes atributos:

1.- Capacidad.

2.- Estado Civil.

3.- Patrimonio.

4.- Nombre.

5.- Domicilio.

6.- Nacionalidad.

PERSONAS MORALES.-

Son atributos de las personas morales:

1.- Capacidad.

2.- Patrimonio.

3.- Denominación o Razón Social.

4.- Domicilio.

5.- Nacionalidad.

Existe una correspondencia entre los atributos de las personas físicas y las

morales, con excepción del estado civil, que sólo puede darse en las personas

físicas, ya que deriva del parentesco, divorcio, entre otros.

CAPACIDAD.- La capacidad en las personas físicas se distingue de las morales en que en estas últimas no puede haber incapacidad de ejercicio y sean que su capacidad de goce está limitada por su objeto, naturaleza y fines.

La capacidad es el atributo más importante de las personas. Todo sujeto por el

hecho de serlo, debe tener capacidad jurídica, que puede ser total o parcial.

ESTADO CIVIL.- Consiste en la situación jurídica concreta de una persona física que guarda en la relación con la familia, y el Estado. El estado civil es soltero o casado. No hay estado civil divorciado o viudo, en virtud de que el divorcio y la muerte del cónyuge ponen fin al matrimonio recuperándose la soltería.

DOMICILIO.- Se define como el lugar donde una persona reside habitualmente

con el propósito de radicarse en él.

NOMBRE.- El nombre determina, en cada sujeto, su identificación personal.

La denominación de las personas morales equivale al nombre de las físicas.

PATRIMONIO.- Es la posibilidad jurídica de adquirir bienes, derechos y obligaciones.

NACIONALIDAD.- Es el vínculo del individuo con un Estado concreto, por el que queda adscrito a una nación concreta y por el que se generan derechos y deberes recíprocos. Toda vez que resulta corriente que un Estado pueda entrar y entre a diario en relación con personas no nacionales, algunas de estas relaciones se regularán con arreglo a las leyes de ese Estado.

Pero la relación del Estado con nacionales es mucho más estrecha que con otras personas, y esto adquiere una relevancia tal que, en el ámbito del Derecho privado, la nacionalidad se considera como un estado civil más del individuo, generador de derechos y obligaciones (asípor ejemplo, la nacionalidad determina la obligación de prestar el servicio militar o, unida a la residencia, que el nacional tenga que declarar sus impuestos en ese país). En el ámbito del Derecho público, la nacionalidad representa un vínculo político del individuo con el Estado que le da derecho a votar en las elecciones o aser elegido en las mismas.

QUE ES EL DERECHO SUBJETIVO

En sentido amplio, podemos decir que, Derecho Subjetivo es: "La facultad o poder de hacer

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