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Jurisdiccion voluntaria agrario


Enviado por   •  20 de Febrero de 2016  •  Documentos de Investigación  •  2.261 Palabras (10 Páginas)  •  385 Visitas

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                            EXPEDIENTE NÚM._________________

                                                                         JUICIO. SUCESORIO INTESTAMENTARIO

                                                                         JURISDICCIÓN VOLUNTARIA.

                                                                         ACTOR. JOSE ARTURO VILLALBA RABAGO

 

                                                                         POBLADO: SUAQUI DE BAVIACORA

                                                                         MUNICIPIO: DE BAVIACORA.

                                 

H. TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO

VEITIOCHO CON RESIDENCIA Y JURISDICCION

HERMOSILLO, SONORA

P R E S E N T E.-

JOSE ARTURO VILLALBA RABAGO, mexicana mayor de edad, de estado civil, casado, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el despacho jurídico ubicado en calle Oaxaca Numero 88 entre Rayón y FELICITAS ZERMEÑO, colonia Centro de esta Ciudad, autorizando para que las reciban en mi nombre  y representación, aún las de carácter personal, así como también para que intervengan como abogados patronos en el presente juicio, en los más amplios términos de los artículos 179, de la Nueva Legislación Agraria, en relación 2546, 2547 y 2587 del Código Civil para el Distrito Federal en materia Común y para toda la República en materia Federal a los  C.C. LICS. ROGELIO GAMEZ VALENZUELA y AMADOR AVILEZ VALENZUELA a quienes solicito se les autorice para que realicen, directamente en mi beneficio, todos los actos procésales que legalmente me correspondan conforme a las cargas procésales que tienen que asumir las partes, así como también para que intervengan en todas las audiencias y diligencias que requieran de mi presencia, a excepción de los actos que requieran de cláusula especial en términos del artículo 2587 del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia Federal, así como también los que se  encuentren reservados exclusivamente a las partes materiales y los que impliquen o se traduzcan en disposición derechos; ante ese H. Tribunal Unitario Agrario, con el debido respeto comparezco para exponer:

                       Que por medio del presente ocurso, por mi propio derecho y con fundamento en los artículos 1, 2, 15, 18, 163, 164, 165, 167, 168, de la ley agraria en vigor,  en relación por lo dispuesto en los artículos 530, 531, 533, 534, 535, y demás relativos del codigo federal de procedimientos civiles supletorio en materia agraria y sin que se promueva cuestión litigiosa sobre el particular en la vía y forma propuesta denunciando el JUICIO DE SUCESORIO INTESTAMENTARIO en términos de lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Agraria en vigor, respecto al derecho agrario que perteneció a mi finado abuelo de nombre JOSE VILLALBA RIVERA, quien fuera ejidatario legalmente reconoció dentro del poblado denominado SUAQUI DE BAVIACORA, Municipio de BAVIACORA, mismo que se acredita con la constancia de ejidatario expedido por el  Registro Agrario Nacional con numero de certificado de derechos agrarios 37 44193, fundándome para ello en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho siguientes:

 P R E S T A C I O N E S:

A).- La declaración Judicial, mediante resolución dictada por ese H. Tribunal, donde declare el reconocimiento agrario a favor del suscrito.

 

B).- Se ordene al Registro Agrario Nacional, Delegación Sonora, con residencia y jurisdicción en la Ciudad de Hermosillo, Sonora, la cancelación del certificado de uso común, expedidos a nombre de JOSE JUAN  VILLALBA RIVERA, y  la expedición del mismo a  favor del  suscrito.

C).- Se ordene  la inscripción de la sentencia en el libro de registro, de asentamiento de ejidatario del comisariado  ejidal del poblado de Suaqui de Baviacora Municipio de Baviacora, y se haga de conocimiento  a la asamblea.

 H E C H O S:

1.- Que mi Abuelo de nombre JOSE JUAN VILLALBA RIVERA  fue ejidatario legalmente reconoció dentro del poblado denominado SUAQUI DE BAVIACORA, MUNICIPIO de BAVIACORA, SONORA, tal y como se desprende  de la constancia de vigencia de derechos expedida por el Registro Agrario  Nacional, Delegación, Sonora, de donde se desprende que mi abuelo nunca nombro sucesores, motivo por el cual vengo denunciando los derechos agrarios, misma documental que me permito anexar para todos los efectos legales a que haya lugar.

2.- Que mi Abuelo de nombre JOSE JUAN VILLALBA RIVERA, falleció el día 31 de Diciembre de 2003,  tal y como se comprueba con la correspondiente acta de defunción 00014 expedida por el Oficial del Registro  de Baviacora, Sonora; siendo pertinente manifestar que mi Abuelo JOSE JUAN VILLALBA RIVERA, estuvo casado con mi Abuela de nombre MARIA ROSA CORDOVA, misma que  fallecido el día 8 de Enero de 2010, tal y como se desprende del documento público consistente en acta de defunción número 01, de fecha 09 de Enero de 2010,  expedida por el C. Oficial del Registro Civil de Baviacora, Sonora, mismas que anexo a la presente para que surta los efectos legales a que haya lugar.

3.- Que toda vez de que resultamos ser cuatro herederos,  tres hermanos (tíos) y el suscrito,  tal y como lo acredito con las actas de nacimiento correspondiente a cada uno, mismas que se anexan a la presente para todos los efectos legales a que haya lugar.

Es el caso de que el día 18 de noviembre del dos mil doce, nos reunimos en la casa habitacional del suscrito todos y cada uno de los hijos del ejidatario  JOSE JUAN  VILLALBA RIVERA del poblado que nos ocupa, para llegar a un acuerdo con relación al derecho agrario que dejo nuestro Abuelo del Suscrito y padre de mis tíos en virtud de la indagaciones que realice ante la Delegación del Registro Agrario Nacional, me entere que mi abuelo no hizo ninguna manifestación de voluntad, por lo que al estar reunidos en dicha casa habitación para llegar a un acuerdo conciliatorio entre todos los hermanos y tíos del suscrito llegaron a la conclusión que fuera el suscrito promovente el que regularizara a su nombre, es decir que se me reconociera el carácter de ejidatario, inclusive la renuncia de dichos  derechos agrarios que perteneciera a mi abuelo mis tíos repudiaban a cualquier derecho sobre el mismo y se lo cedían al suscrito así mismo para que realizara todos los trámites necesarios  ante las autoridades correspondientes para regularizar dicho certificado llevándose a  cabo ante fedatario público núm. 28 Licenciado SALVADOR ANTONIO CORRAL MARTINEZ, con ejercicio y residencia en esta Ciudad Capital Sonorense, con fecha 18 DE FEBRERO DEL 2013.

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