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La Habitacion


Enviado por   •  13 de Mayo de 2013  •  2.569 Palabras (11 Páginas)  •  285 Visitas

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I.- CONCEPTO La doctrina en relación con la eficacia de las normas señala 5 supuestos: 1.- Ultractividad: se predica cuando se le atribuye vigencia sobre hechos acaecidos tras su caducidad o derogación. 2.- Retroactividad: consiste en la aplicación de la norma jurídica a supuestos de hecho, actos, relaciones jurídicas y/o situaciones existentes con anterioridad al inicio de su vigencia formal. 3.- Irretroactividad: consiste en el principio jurídico que rechaza el efecto retroactivo de las leyes. 4.- Extractividad : la doctrina italiana lo ha desarrollado como el concepto correlativo de no extractividad. 5.- Hiper retroactividad: trata de cubrir los supuestos en los que la r alcanza incluso a hechos no sólo pasados, sino acerca de los cuales ha recaído sentencia firme.

En aplicación delPrincipio de Legalidad Algunos penalistas simulan la i de la norma penal con el principio de legalidad, en el entendimiento de que la fórmula nullum crimen sine lege se expresa en el aspecto nullem crimen sine previa lege. El principio de legalidad, cuya expresión clásica en materia penal sule atribuirse a Feubach, supone que no puede considerarse como delito sino la acción u omisión conminada legalmente con, por lo que todo delito, para serlo ha de tener asignada una pena legal . De tal manera que la aplicación de cualquier pena presupone, en 1er lugar una ley previa anterior, posteriormente la realización de la infracción prevista en el tipo legal; y finalmente, la sanción vendría determinada por pena legal. Los tratadistas suelen identificar 4 manifestaciones del principio de legalidad en el ámbito del Derecho Penal: 1.- Principio de legalidad criminal en sentido estricto. consiste en la imposibilidad de conceptuar como delito a ninguna conducta, si no es calificada como tal por la norma. 2.- El denominado principio de legalidad penal en sentido estricto, en virtud del cual no podrán imponerse más penas que las que haya establecido para cada supuesto el legisldor. 3.- El denominado principio de legalidad procesal o garantía jurisdiccional, en virtud del cual nadie podrá ser castigado sino como consecuencia de un juicio formal. 4.- El principio de legalidad en la ejecución , no se puede establecer pena alguna sino en la forma establecidad por la ley. La doctrina entiende que nuestra c no ha consagrado de forma expresa esta grantía, aunque el art. 25.2 permite deducirla, cuanto a la ejución de medidas de seguridad, y de penas privadas de libertad.. Hay que señalar que la legalidad e i no son conceptos absolutamente intercambiables. Puede establecerse como principio general, que en el mundo occidental la no r de las leyes penales.

1. El principio jurídico de irretroactividad y su ruptura

La retroactividad1 es, en una sucesión temporal de leyes,2 la aplicación de la norma jurídica nueva a supuestos de hecho, actos, relaciones y/o situaciones jurídicas nacidas o constituidas con anterioridad a su entrada en vigor3 y que, por tanto, tuvieron su origen bajo el imperio de la norma derogada.

la retroactividad4 sería aquella cualidad de las leyes en cuya virtud estas someten a nuevo examen las condiciones de validez de un acto regulado por la legislación anterior, modificando o suprimiendo sus consecuencias jurídicas: "se trataría pues, de una verdadera vuelta atrás de la ley", y como tal de un atentado a la seguridad jurídica5, en la medida en que ésta exige que las situaciones creadas al amparo de un ordenamiento jurídico cualquiera no se vean alteradas libremente por una norma surgida con posterioridad6.

Para que pueda existir un problema de Derecho transitorio, necesariamente se habrá de producir un supuesto de hecho, acto, relación jurídica y/o situación que se prolongue en el tiempo durante la vigencia de dos -o más- normas.

Ahora bien, de la misma forma que la retroacción o regresión supone la acción de una medida que surte efectos con anterioridad a su declaración7, se puede decir, con carácter general, que la retroactividad de una norma jurídica consiste en la posibilidad de que su aplicación afecte "a un tiempo anterior o ya transcurrido", previo a su vigencia formal8.

"Sensu contrario", como corresponde a la noción contrapuesta de aquella, la irretroactividad de las normas consistiría en "el principio jurídico que rechaza el efecto retroactivo de las leyes"9, las que sólo se aplicarían a los hechos sucedidos después de su entrada en vigor.

La Validez personal de la ley Penal parte del Principio de Igualdad ante la Ley, que se encuentra estipulado en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El mencionado artículo consagra que para la ley Venezolana no existen discriminaciones a causa de las condiciones de cada persona, ya sean raciales, sociales religiosas o económicas, al contrario, establece que la misma ley debe garantizar que la igualdad ante ella sea efectiva, sobre todo para aquellos grupos de personas que puedan ser vulnerables a ser discriminados ante la ley.

El artículo también postula que a todas las personas se les dará el trato oficial de ciudadanos, es decir, desde el zapatero hasta el Juez todos somos tratados oficialmente como ciudadanos.

También establece que no se reconocen títulos de nobleza, ya que nuestro país funciona con un sistema de gobierno presidencialista y, el presidente según la ley es también un ciudadano que, sin embargo y debido a las responsabilidades que conlleva su cargo tiene algunas inmunidades ante la ley al igual que otros funcionarios, dichas inmunidades son las excepciones de la validez personal de la ley penal y serán tratadas a continuación.

Excepciones al Principio de validez Personal de la Ley Penal

Validez espacial de la ley penal

El ámbito de validez espacial sirve para determinar como se aplica la ley penal de un determinado estado, es decir, en que espacio físico se aplica y hasta donde extiende su señorío la misma. Una cada vez mayor interrelación entre los Estados y la necesidad de que el delito no quede sin sanción son, entre otras circunstancias, los factores que otorgan cada vez más interés al estudio de la aplicación de la ley penal en el especio, al tiempo que se debate la existencia de un derecho penal internacional.

VALIDEZ TEMPORAL DE LA LEY PENAL

Validez temporal de la ley penal: se crean las leyes y entran en vigencia y dejan de tener validez cuando se derogan o se abrogan los códigos, entra en vigor cuando se publica o 30 días después de su publicación u 8 años después.

Derogación o perdida parcial de una ley: cuando se

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