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Liquidación de Sueldo

camiifrancisEnsayo23 de Junio de 2019

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INSTITUTO PROFESIONAL AIEP

ESCUELA DE NEGOCIO

Liquidación de Sueldo

Docente y modulo: Lidia Henríquez / Gestión de Remuneraciones

2019

Un trabajador tiene un sueldo base de $3.000.000.-, con contrato indefinido desde el año 2015  

 Con base en lo anterior:  

Calcule los descuentos previsionales (topes actuales)

Determine gratificación artículo 50

Determine base tributable

Sueldo Base

$3.000.000

Gratificación

$119.146

Total Imponible

$3.119.146

AFP Modelo 10,77%

Base AFP

$2.190.844

Cotización AFP

$235.954

Fonasa 7 %

$153.359

Base AFC 0,6%

$3.119.146

Cotización AFC

$18.715

Total Descuentos

$408.028

3.119.146 – 408.028

Valor Tributable

$2.711.118

Factor

0,135

Rebaja

218.191,55

Impuesto único a pagar

$147.809

Desarrollo de Fórmulas

Gratificación Según el Art 50

3.000.000 x 25% = 750.000

Observación: Como el resultado excede el tope máximo legal correspondiente al 4,75 ingresos mínimos mensuales anuales, se debe cancelar $119.146 valor máximo a cancelar por concepto de gratificación.

Topes Actuales

Tope de Remuneración Imponible es de $2.190.844, debido que el tope imponible es de 79,2 UF.

Tope de AFC es de $3.289.032, debido que el tope imponible es de 118,9 UF.

AFP Modelo

La cotización de la AFP modelo es de 10,77%, como el tope de remuneración es de $2.190.844, lo calculamos por ese valor y nos da el descuento de la AFP.

2.190.844 x 10,77% = 235.954

Fonasa

La cotización de Fonasa es de 7%, como el tope de remuneración es de $2.190.844, lo calculamos por ese valor y nos da el descuento de salud.

2.190.844 x 7% = 153.359

AFC

Como tiene contrato indefinido, la cotización del AFC es de 0,6%, como el tope de AFC es de 3.289.032 y el valor imponible es de 3.119.146, lo cual no excede del tope legal, lo calculamos por ese valor y nos da el descuento de AFC.

3.119.146 x 0,6% = 18.715

Entonces los descuentos son:

AFP:        235.954

Fonasa:   153.359

AFC:        18.715

              $ 408.028   Total de descuentos

Para sacar el valor tributable restamos el valor imponible menos el valor total de los descuentos legales.

3.119.146 -  408.028 = 2.711.118 valor tributable

Impuesto

El Impuesto Único de Segunda Categoría a los Sueldos, Salarios y Pensiones es un tributo progresivo que se paga mensualmente por todas aquellas personas que perciben rentas del desarrollo de una actividad laboral ejercida en forma dependiente y cuyo monto excede mensualmente las 13,5 UTM, por lo que en este caso el trabajador posee un valor tributable que excede las 13,5 UTM. Debido a lo anterior de acuerdo a la tabla del impuesto del SII, el trabajador se encuentra afecto al factor de 0,135 y a la cantidad de rebaja de 218.191,55, por lo que se multiplica el valor tributable por el factor y el resultado se le resta a la rebaja, lo cual me da el valor del impuesto.

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