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Medidas De Seguridad


Enviado por   •  14 de Marzo de 2014  •  1.105 Palabras (5 Páginas)  •  262 Visitas

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PENOLOGIA

MEDIDAS DE SEGURIDAD

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CICLO LECTIVO 2013/2014-2

LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

ANTECEDENTES

Las medidas de seguridad, no existían en la antigüedad el derecho antiguo no contemplaba normas y disposiciones con un marcado acento preventivo de la criminalidad.

Desde la más remota antigüedad encontramos que esta clase de medidas se aplica a individuos que la sociedad ha considerado, de acuerdo a criterios variables, peligrosos.

En España las medidas de seguridad existieron desde el siglo XVII (galeras de mujeres); en el siglo XVIII fue creada la casa de Corrección de san Fernando de Jarama en que se daba un tratamiento reformado a los internos. En el siglo XIX se establecieron manicomios judiciales, con internación y salida ordenada por los tribunales.

La prisión de Ámsterdam podía considerarse como lugar de aplicación de medidas de seguridad. Klein, autor de la parte penal de derecho territorial de Prusia, formulo por primera vez una teoría de las medidas de seguridad, en las que se establecía de distinción entre pena, que contenía un mal, y las medidas de seguridad, las que son aflictivas para el sujeto, y para cuya imposición debe tomarse en cuenta la peligrosidad. Unas y otras son impuestas por la autoridad judicial, en razón del bienestar social. Por esta teoría y ley mencionadas se establecieron para mendigos, vagabundos, holgazanes y para delincuentes que a causa de sus perversas inclinaciones pueden ser peligrosos para la comunidad, procedimientos que son efectivas medidas de seguridad con el mismo sentido y finalidad que hoy se les atribuye.

La desconfianza de los criminólogos en la eficacia de la pena para combatir el delito produjo la búsqueda de otra especie de medidas. La escuela Clásica no podía haber llegado a esa conclusión en cuanto la responsabilidad era moral y todo giraba en el libre albedrio, la escuela positivista, el tener la idea de peligrosidad y responsabilidad social, llego rápida y lógicamente a las medidas de seguridad. A fines del siglo algunos códigos como el suizo y el alemán, incluyen las medidas se seguridad.

En 1926 en el congreso de Bruselas, ferri sostiene que no existen motivos válidos para hablar de penas y medidas de seguridad como si fuesen dos cosas no solo diferentes, si no opuestas, y que si bien entre ellas pueden existir diferencias aparentes o formales, estas se resuelven en una síntesis que se realiza con las sanciones. En el mencionado congreso de derecho penal de Bruselas de 1926, se proclamó que la pena no era suficiente como medida de protección contra el delito cometido por los anormales mentales, por los delincuentes habituales.

En el congreso internacional penal y penitenciario de Praga en 1930, sentó la siguiente conclusión:

Es indispensable completar el sistema de penas con un sistema de medidas de seguridad para asegurar la defensa social cuando la pena sea no aplicable o insuficiente.

CONCEPTO

Para Manzini “Las medidas se seguridad son providencias de policía, jurisdiccional garantizadas, con las cuales el estado persigue un fin de tutelar preventiva de carácter social, sometiendo a determinadas personas ,imputables, punibles o no punibles, a la privación o a la restricción de su libertad, o a la prestación de una garantía patrimonial o a la confiscación, a causa de la peligrosidad social de las mismas personas o de las cosas que tienen relación con sus actividades, peligrosidad revelada con la comisión de uno o más hechos que la ley contempla como infracciones penales, o que de las infracciones penales tienen algún elemento, y en previsión de la probabilidad de ulteriores manifestaciones de una actividad socialmente

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