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NOM-087-ECOL-SSA1-2002-RESIDUOS PELIGROSOS BIOLOGICO-INFECCIOSOS


Enviado por   •  17 de Agosto de 2013  •  680 Palabras (3 Páginas)  •  1.509 Visitas

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NOM-087-ECOL-SSA1-2002-RESIDUOS PELIGROSOS BIOLOGICO-INFECCIOSOS

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, define como residuos peligrosos a todos aquellos residuos que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables y biológico-infecciosas, que representan un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente

Con fecha de 7 de noviembre de 1995, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-1995, Que establece los requisitos para la separación, envasado, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos biológico-infecciosos que se generan en establecimientos que presten servicios de atención médica.

Los residuos peligrosos biológico-infecciosos se han venido manejando en términos de las regulaciones ambientales antes señaladas, sin embargo fue necesario actualizar la NOM-087-ECOL-1995, tomándose en consideración las experiencias y competencias de los sectores involucrados en su cumplimiento, con el fin de que sus disposiciones sean operativas y adecuadas para proteger el medio ambiente y la salud de la población en general.

Objetivo:

La obligación de cualquier institución que genere residuos peligrosos biológico-infecciosos así como de servicios a terceros con relación directa a esta para manejar una clasificación de RPBI y establecer especificaciones para su manejo.

Conceptos:

• Agente biológico-infeccioso

Cualquier microorganismo capaz de producir enfermedades cuando está presente en concentraciones suficientes (inóculo), en un ambiente propicio (supervivencia), en un hospedero susceptible y en presencia de una vía de entrada.

• Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI)

Son aquellos materiales generados durante los servicios de atención médica que contengan agentes biológico-infecciosos según son definidos en esta Norma, y que puedan causar efectos nocivos a la salud y al ambiente.

• Cepa

Cultivo de microorganismos procedente de un aislamiento.

• Bioterio

Es un área o departamento especializado en la reproducción, mantenimiento y control de diversas especies de animales de laboratorio en óptimas condiciones, los cuales son utilizados para la experimentación, investigación científica y desarrollo tecnológico.

Resumen:

Esta norma establece una forma de clasificación de RPBI

• Sangre (hemoderivados)

• Cultivos y cepas

• Patológicos (Los tejidos, órganos y partes que se extirpan o remueven durante las necropsias, muestras biológicas, cadáveres o partes de animales en centros de investigación y bioterios)

• Residuos no anatómicos (recipientes con sangre, material de curación empapados suturados con esputo)

• Objetos punzocortantes

Así como también clasifica a los establecimientos generadores de estos

NIVEL I NIVEL II NIVEL III

Unidades hospitalarias de 1 a 5 camas e instituciones de investigación con excepción de los señalados en el

Nivel III.

Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis de 1 a 50 muestras al día.

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