Programa De Radiación UV
Claudio1 de Agosto de 2014
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PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN CONTRA LA EXPOSICIÓN OCUPACIONAL A RADIACIÓN UV DE ORIGEN SOLAR
1. OBJETIVO
• Establecer los criterios técnicos de exposición ocupacional a radiación ultravioleta solar.
• Establecer las medidas para la prevención de los riesgos de exposición a radiación ultravioleta.
• Fijar los mecanismos mediante el cual la Empresa ………………… gestionará la prevención de tales riesgos.
• verificar la efectividad de las medidas implementadas y detectar puestos de trabajo o individuos que requieran medidas de protección adicionales.
2. ALCANCE
• El presente Programa se aplica a todos los trabajadores y trabajadoras de la Empresa …………………………... expuestos ocupacionalmente a radiación UV de origen solar, quienes debido a la actividad que desempeñan, pueden desarrollar lesiones o alteraciones, principalmente en ojos y piel.
3. RESPONSABILIDADES.
Del Gerente General o Representante de la Gerencia.
• Aprobar el “Programa de Protección y Prevención contra la Exposición Ocupacional a radiación ultravioleta de origen solar” que se aplicará en la Empresa.
• Controlar el avance del Programa y la ejecución de las actividades que este contempla.
• Revisar el “Programa de Protección y Prevención contra la Exposición Ocupacional a radiación ultravioleta de origen solar” 1 vez al año, a lo menos.
• Definir las medidas de control a implementar para los trabajadores identificados como expuestos ocupacionales a radiación UV.
• Asignar los recursos para la implementación de las medidas de control definidas en el presente Programa.
Del Jefe de Operaciones.
• Participar en la elaboración y revisión del “Programa de Protección y Prevención contra la Exposición Ocupacional a radiación ultravioleta de origen solar”
• Participar en la identificación de trabajadores expuestos a radiación ultravioleta de origen solar y puestos de trabajo en riesgo. Actualizar esta información a lo menos cada 6 meses.
• Implementar las medidas de control definidas por la Gerencia de la Empresa.
• Definir la forma en que se publicará diariamente el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile.
• Controlar la efectividad de las medidas implementadas, a través de inspecciones y monitoreos de puestos de trabajo.
• Verificará el uso de los equipos de protección personal de forma periódica y la aplicación por parte de los trabajadores de las medidas implementadas por la empresa para la prevención de lesiones originadas por radiación ultravioleta de origen solar.
Del Supervisor de Operaciones.
• Participar en la identificación de trabajadores expuestos a radiación ultravioleta de origen solar y puestos de trabajo en riesgo. Actualizar esta información a lo menos cada 6 meses.
• Capacitar al personal sobre los riesgos específicos de exposición laboral a radiación UV de origen solar y sus medidas de Control en los siguientes términos: “la exposición excesiva y/o acumulada de radiación ultravioleta de fuentes naturales o artificiales produce efectos dañinos a corto y largo plazo, principalmente en ojos y piel que van desde quemaduras solares, queratitis actínica y alteraciones de la respuesta inmune hasta fotoenvejecimiento, tumores malignos de piel y catarata a nivel ocular”
• Controlar la efectividad de las medidas implementadas, a través de inspecciones y monitoreos de puestos de trabajo.
• Verificará el uso de los equipos de protección personal de forma periódica y la aplicación por parte de los trabajadores de las medidas implementadas por la empresa para la prevención de lesiones originadas por radiación ultravioleta de origen solar.
• Detectar puestos de trabajo e individuos que requieran medidas de protección adicionales e informarlas a Jefatura de Operaciones.
• Informar diariamente al personal a su cargo que esté expuesto, el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile.
Del Departamento Prevención de Riesgos .
• Participar en la elaboración del “Programa de Protección y Prevención contra la Exposición Ocupacional a radiación ultravioleta de origen solar”
• Participar en la identificación de trabajadores expuestos a radiación ultravioleta de origen solar y puestos de trabajo en riesgo. Actualizar esta información a lo menos cada 6 meses.
• Capacitar al personal sobre los riesgos específicos de exposición laboral a radiación UV de origen solar y sus medidas de Control en los siguientes términos: “la exposición excesiva y/o acumulada de radiación ultravioleta de fuentes naturales o artificiales produce efectos dañinos a corto y largo plazo, principalmente en ojos y piel que van desde quemaduras solares, queratitis actínica y alteraciones de la respuesta inmune hasta fotoenvejecimiento, tumores malignos de piel y catarata a nivel ocular”
• Controlar la efectividad de las medidas implementadas, a través de inspecciones y monitoreos de puestos de trabajo.
• Verificará el uso de los equipos de protección personal de forma periódica y la aplicación por parte de los trabajadores de las medidas implementadas por la empresa para la prevención de lesiones originadas por radiación ultravioleta de origen solar.
• Informar diariamente a la línea de Supervisión, el índice UV estimado señalado por la Dirección Meteorológica de Chile.
Del Comité Paritario.
• Conocer la “Guía Técnica Radiación ultravioleta de Origen Solar” que indica especificaciones del Decreto Supremo N° 97 del 14 de Septiembre de 2010 que modifica Decreto N° 594 de 1999.
• Controlar la efectividad de las medidas de control implementadas por la Empresa, a través de inspecciones y monitoreos de puestos de trabajo.
• Verificará el uso de los equipos de protección personal de forma periódica y la aplicación por parte de los trabajadores de las medidas implementadas por la empresa para la prevención de lesiones originadas por radiación ultravioleta de origen solar.
• Informar las necesidades de mejora en reuniones de Comité Paritario.
4. CRITERIOS TECNICOS DE EXPOSICIÓN OCUAPCIONAL A RADIACIÓN ULTRAVIOLETA SOLAR
• Trabajadores expuestos: Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), no existe un criterio exacto de expuesto y es de difícil definición, pero se detallan factores que afectan la radiación UV, como: elevación del sol (ángulo zenital), latitud, cantidad de nubes, altitud (metros sobre el nivel del mar), grosor de la cubierta de ozono y albedo. Trabajadores/as expuestos/as a radiación UV solar se definen como aquellos que ejecutan labores sometidos a radiación solar directa en días comprendidos entre el 1° de septiembre y el 31 de marzo, entre las 10 y las 17 horas, y aquellos que desempeñan funciones habituales bajo radiación UV solar directa con un índice UV igual o superior a 6, en cualquier época del año.
• Radiación ultravioleta: Es un tipo de onda electromagnética considerada no ionizante que cubre el intervalo de longitudes de onda de 100 a 400 nm. Se divide en tres tipos:
UVA (Radiación ultravioleta A): aquella que posee una longitud de onda entre los 315 y los 400 nanómetros. Llega casi completamente a la superficie de la tierra. Es responsable de parte del bronceado, produciendo principalmente el envejecimiento de la piel. Representa cerca del 95% de la radiación UV que llega a la superficie terrestre.
UVB (Radiación ultravioleta B): aquella que posee una longitud de onda entre los 280 a los 315 nanómetros. Representa sólo un 0,25% de toda la radiación solar que llega a la superficie de la tierra. Llega a la tierra muy atenuada porque es absorbida por el ozono, reflejada por los aerosoles y principalmente atenuada por la cubierta de nubes.
UVC (Radiación ultravioleta C): aquella que posee una longitud de onda entre los 100 y los 280 nanómetros. En teoría es la más peligrosa para el hombre, pero es absorbida totalmente por el ozono de la atmósfera.
• Índice UV (IUV): El IUV es una medida sencilla de la intensidad de la radiación ultravioleta proveniente del sol, sobre la superficie terrestre. Es un indicador de los riesgos de la UVB en la salud humana. El IUV proyectado máximo diario debe ser corregido según las variables latitud, nubosidad, altitud y elementos reflectantes o absorbentes, según información proporcionada por la Dirección Meteorológica de Chile.
• Albedo: Reflectividad de la superficie terrestre y se refiere a la energía reflejada por los diferentes tipos de superficie terrestre. (Ejemplo: pasto, nieve, agua, pavimento, arena, etc.)
• Ozono Atmosférico: Su mayor concentración está entre los 19 y los 23 kilómetros por sobre la superficie terrestre, en la estratosfera baja, siendo un delgado escudo de gas. La capa de ozono rodea a la tierra y la protege de los peligrosos rayos ultravioleta B provenientes del sol. El ozono se produce mediante el efecto de la radiación solar sobre el oxígeno y es la única sustancia en la atmósfera que puede absorber la radiación ultravioleta, absorbe completamente la UV-C y la mayor parte del intervalo UV-B proveniente del sol. Este delgado escudo hace posible la vida en la tierra.
• Agujero de ozono: Corresponde
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