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Quimica Ambientañ


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2013  •  1.369 Palabras (6 Páginas)  •  266 Visitas

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1. ¿Qué implica la acreditación de un laboratorio?

La acreditación de laboratorios implica que estos emplean criterios y procedimientos específicamente desarrollados para determinar competencia técnica, asegurándoles de esta manera a los clientes que los resultados de las pruebas, calibración o medición proporcionados por el laboratorio o servicio de inspección son correctos y confiables.

La acreditación de laboratorios beneficia a estos permitiéndoles determinar si están efectuando su trabajo correctamente y de acuerdo a las normas apropiadas y les Proporciona un punto de referencia para mantener la competencia, generalmente se le solicita al laboratorio participar en programas de ensayos de aptitud entre re-evaluaciones, con una demostración adicional de su competencia técnica.

La acreditación de laboratorios es una efectiva respuesta a esta necesidad de seguridad pues provee: Fiabilidad en que los resultados son confiables pues se han evaluado todas las características técnicas y de gestión del laboratorio; 10 Los informes de ensayo emitidos por entidades acreditadas tienen valor oficial y son reconocidos en procesos de toma de decisiones; Los informes de ensayo, sumados a las inspecciones, auditorias y supervisiones de un organismo de certificación son los que proveen seguridad en la evaluación y posterior certificación de productos.

2. ¿Qué normas las regula?

• Norma NTC-ISO/IEC 17025 “Requisitos Generales de Competencia de Laboratorios de Ensayo y Calibración”

Esta norma establece los requisitos generales para la competencia en la realización de ensayos y/o calibraciones, incluido el muestreo. Cubre los ensayo y calibraciones que se realizan utilizando métodos normalizados, métodos no normalizados y métodos desarrollados para el propio laboratorio, esta norma es aplicable a todos los laboratorios independientemente de la calidad de empleados o de la extensión del alcance de las actividades de ensayo y/o de calibración.

• Decreto 1600 de 1994

Por el cual se reglamenta parcialmente el Sistema Nacional Ambiental –SINA en relación con los Sistemas Nacionales de Investigación Ambiental y de Información Ambiental

Los laboratorios que produzcan información cuantitativa, física y biótica para los estudios o análisis ambientales requeridos por las autoridades ambientales competentes, y los demás que produzcan información de carácter oficial relacionada con la calidad del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, deberán poseer certificado de acreditación correspondiente otorgado por el Ideam.

• La Resolución No. 0176 del 31 de octubre de 2003 que derogó las resoluciones No. 0059 de 2000 y 0079 de 2002.

Estableciéndose así el nuevo procedimiento de acreditación de laboratorios ambientales en Colombia

ART. 3º—Acreditación. Todo laboratorio que desee acreditarse ante el Ideam deberá cumplir con el siguiente procedimiento:

a) Diligenciar el formulario de inscripción que se encuentra disponible en la página web del Ideam (www.ideam.gov.co/temas/calidad/index4.htm).

b) ) remitir al cuerpo acreditador del Ideam una copia de la última versión del manual de calidad del laboratorio, el cual deberá ser elaborado siguiendo los lineamientos de la Norma NTC­ISO/IEC 17025

c) El Ideam determinará el número de auditores, designará losintegrantes del equipo auditor y comunicará por escrito al laboratorio la fecha propuesta para la visita, los integrantes del equipo auditor y los costos correspondientes al proceso de auditoría.

d) El equipo de auditores del Ideam efectuará la visita de auditoría durante la cual se verificará la información aportada por el laboratorio solicitante tanto en el formulario de inscripción como en la documentación del sistema de calidad.

e) ) Al finalizar la auditoría, el Ideam remitirá al laboratorio solicitante el informe de auditoría, en el cual se indicarán los resultados en términos de no conformidades identificadas y se establecerán los plazos para la verificación por parte del Ideam o de ser necesario.

f) Teniendo en cuenta la magnitud de las acciones correctivas el Ideam comunicará por escrito al laboratorio si es necesario realizar una visita de verificación o no, e informará el costo de la verificación.

g) Todo laboratorio que desee acreditarse o esté acreditado por el Ideam deberá aprobar las pruebas de evaluación de desempeño que programe el instituto para los parámetros considerados en el alcance de la acreditación y su costo será asumido por el laboratorio solicitante.

h) El Ideam las aprobará o reprobará, y decidirá otorgar o no la acreditación al laboratorio. El alcance de la acreditación otorgada incluirá solamente los parámetros para los cuales haya conformidad con las acciones correctivas requeridas.

i) El cuerpo acreditador del Ideam notificará formalmente al laboratorio la decisión de concederle o no la acreditación. En caso de concederla, se expedirá la resolución de acreditación para los parámetros solicitados y se entregará el certificado correspondiente.

• Resolución 0166 de 2006

Por la cual se adiciona la resolución 0176 de 2003

ARTÍCULO PRIMERO: adicionase el artículo tercero a la resolución 0176 de octubre de 2003 con el parágrafo:

Parágrafo primero: la vigencia

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