Relación Entre Contabilidad Y Administración
455253919 de Noviembre de 2012
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PROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS
DE LA SALUD
ADMINISTRACIÓN I
Dr. FRANCISCO BARRIOS AYOLA MD
DESACUERDOS: El sistema según el Acuerdo 008/09 ha presentado actualización con respecto al Decreto 1938/94
UNIVERSIDAD DE CARTAGENA
CARTAGENA DE INDIAS
2005
CAPITULO 1
OBJETIVOS DE LA UNIDAD
1. Identificar los componentes de los niveles de complejidad del SGSS
2. Analizar los elementos principales que intervienen para la clasificación de los niveles de complejidad
3. Identificar los componentes de referencia y contrarreferencia en el SGSS
4. Identificar las responsabilidades de la nación, el Departamento y el Distrito en los niveles de complejidad
5. Analizar los elementos principales
RED DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALLUD
Una red de prestadores de servicios está constituida por:
1. Los Prestadores de Servicios de Salud, IPS públicas y Privadas, Grupos de práctica profesional y profesionales independientes, de los diferentes niveles, quienes ofertan y contratan la venta de
servicios de atención en salud con las Aseguradoras, en sus diferentes niveles de complejidad: Alta, mediana y baja.
2. El sistema de comunicaciones intra e interinstitucional. Este último con las autoridades, las Aseguradoras y los prestadores.
3. El sistema de transporte de los usuarios. Existen tres instancias responsables de la
constitución de redes de prestadores de servicios, que establece tres tipos de redes de
prestadores.
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Redes para USUARIOS ASEGURADOS
Las organizados por las E.P.S. Y/o A.R.S., para brindar atención a sus afiliados y beneficiarios. Las ARS están obligadas a incluir en su red a hospitales públicos. Las redes para el régimen contributivo pueden ser totalmente privadas.
Redes para USUARIOS VINCULADOS
Las direcciones territoriales de salud, están obligadas a constituir la red de prestadores de servicios para brindar atención a la población vinculada.
Redes de URGENCIAS
Constituidas por los prestadores para la referencia y contrarreferencia de servicios de urgencia, sin importar el tipo de régimen del usuario. Es una red de apoyo eminentemente técnica para la atención efectiva y eficiente de
contingencias.
Responsables de la red de prestadores de servicios de salud
Beneficiarios de la red de servicios
Todos los ciudadanos colombianos y los extranjeros residentes en el país, bien sean usuarios del régimen contributivo, subsidiado o vinculado. Estos últimos tienen a su disposición la red de atención en salud pública, organizada por la Dirección Territorial o Local de Salud.
ACCESO A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA RED
REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO
VINCULADOS
También están obligados a suscribirse en el sistema de referencia y contrarreferencia para acceder a
los niveles de alta complejidad, en las instituciones de la red de servicios organizada por la dirección
territorial de salud. El ingreso al sistema de seguridad social en salud se hace por el primer nivel de
atención salvo en casos de urgencia donde puede demandar el que sea más oportuno.
Actividades
Teniendo presente que un Prestador de servicios de salud, puede hacer parte de redes de prestadores de servicios de diferentes Aseguradores:
• Informarse y actualizarse sobre las novedades y/o cambios que se llegaren a presentar, en las respectivas Redes Montadas por los aseguradores.
• Actualizarse sobre la vigencia de contratos con las I.P.S., los requisitos exigidos para la remisión de pacientes las condiciones fijadas por las aseguradoras para la prestación.
• Mantener contacto estrecho con las otras IPS, de las redes de servicios de sus usuarios para garantizar la oportuna prestación de los servicios a los pacientes remitidos en cualquiera de los sentidos.
• Conocer los requisitos pactados y exigidos por las aseguradoras y las IPS, para la remisión de los usuarios a los diferentes niveles de complejidad.
Actividades del hospital E.S.E. con los usuarios, en relación con la red
Información.
Educación en el buen uso de la Red.
Referencia y contrarreferencia.
Diseñar y establecer mecanismos para suministrar oportunamente información a los usuarios sobre las instituciones que componen la red de prestadores de servicios de su aseguradora, y las condiciones de acceso.
Remitir los usuarios a los Prestadores de la red, al nivel que corresponda, de acuerdo con la complejidad del servicio, en correspondencia con la patología que presenta.
En servicios de urgencias, hospitalización, cirugía, pruebas diagnósticas de la red, a donde se remite el usuario, confirmar la disponibilidad en el acceso, de manera que se garantice la integralidad, continuidad y oportunidad
del servicio.
Garantizar el adecuado traslado de los usuarios y su flujo dentro de la Red de prestadores, así como la información exigida que soporte la solicitud y el traslado.
En pacientes hospitalizados que requieran exámenes realizados en otras instituciones, la IPS debe realizar la solicitud programación del servicio y los traslados correspondientes.
NORMATIVIDAD Y NIVELES DE ATENCIÓN
Decreto 2759/91, Decreto 2174/96, Componente de traslado 009279, Resolución 1995/99, Resolución 4252/97, Resolución 4445/96), en concordancia con las leyes que rigen la materia, en especial las leyes 10/90, 100/93 y 715 del 2.001. Normas que son de obligatoria observancia para todas las instituciones o entidades que presten servicios de salud en el Distrito.
El Conjunto de Normas Técnicas y Administrativas que regulan la forma de atención y prestación adecuada de los servicios asistenciales en salud, a los usuarios, según el requerimiento del paciente y de conformidad con el grado de complejidad de los organismos de salud; facilita que los procesos se hagan con la debida oportunidad, eficacia e integralidad. La precisión de los procesos de flujo en el Sistema, mejora la atención de los usuarios y da elementos de ayuda diagnóstica entre las diferentes instituciones, que son referentes y receptoras de usuarios, muestras o estudios entre los diferentes grados de complejidad; de tal forma que se preste una atención en salud oportuna y eficaz.
MARCO NORMATIVO
DECRETO 2759 de Diciembre 11 de 1991. POR EL CUAL SE ORGANIZA y ESTABLECE EL RÉGIMEN DE REFERENCIA y CONTRARREFERENCIA.
DECRETO 2174 DE NOVIEMBRE DE 1996. "Por el cual se organiza el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud".
RESOLUCIÓN 5261 DE AGOSTO DE 1994. "Por el cual se establece el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud".
DECRETO 2309 de 15 de oct. De 2002. “Por el cual se define el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud.”
LEY 715 de diciembre 21 del 2.001: Capitulo IIIArtículo 43.Numeral .1.2. Adoptar, difundir, implantar, ejecutar y evaluar, en el ámbito departamental las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas.
LEY 715 de diciembre 21 del 2.001: Artículo 45. Competencias en salud por parte de los Distritos. Los distritos tendrán las mismas competencias que los municipios y departamentos, excepto aquellas que correspondan a la función de intermediación entre los municipios y la Nación. La prestación de los servicios de salud en los distritos de Barranquilla, Cartagena y Santa Marta se articulará a la red de prestación de servicios de salud de los respectivos departamentos. En los mencionados distritos, el laboratorio departamental de salud pública cumplirá igualmente con las funciones de laboratorio Distrital.
LEY 715 de diciembre 21 del 2.001: CAPITULO IVDisposiciones generales del sector saludArtículo 54. Organización y consolidación de redes.
La red de servicios de salud se organizará por grados de complejidad relacionados entre sí mediante un sistema de referencia y contrarrferencia que provea las normas técnicas y administrativas con el fin de prestar al usuario servicios de salud acordes con sus necesidades, atendiendo los requerimientos de eficiencia y oportunidad, de acuerdo con la
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