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Su madre en calzoncillos


Enviado por   •  31 de Julio de 2018  •  Ensayos  •  628 Palabras (3 Páginas)  •  100 Visitas

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Ibagué 27 de julio de 2018

Señor:
JON NAVARRO
Coordinador de zona Movistar

Asunto: DERECHO DE PETICIÓN

Yo LUIS FERNANDO ARTEAGA TERNERA identificado con cédula de ciudadanía 14231195 expedida en el municipio de Ibagué y domiciliado en la calle 5 No. 7-34 barrio Belén de la ciudad de Ibagué, en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y las disposiciones pertinentes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, respetuosamente solicito la terminación unilateral del contrato con justa causa sin pago de  multa de permanencia ni ningún otro tipo de recargo, por concepto del servicio TV Zafiro + Voz ilimitada nacional e internacional + 5 megas de internet, debido al incumplimiento del plazo estimado en la instalación de los servicios contratados el día 11 de Mayo, cuya asesora encargada Maira Lozano, nunca respondió mis llamadas ni se apersonó a responder por el cumplimiento de la prestación de los servicios en el tiempo oportuno, además de las reiteradas llamadas a la línea técnica (018000 930930 y al móvil 3015098837 perteneciente a la asesora Maira Lozano), sin haber obtenido una respuesta oportuna.  Por tal motivo me dirigí 20 días después el día 31 de Mayo a las oficinas a solicitar por escrito mi retiro del servicio, siendo rechazada mi petición por parte de una de las asesoras a cargo, pretextando que dicha solicitud  era innecesaria, ya que el plan no figuraba activado en el sistema, puesto que el predio estaba “inhabilitado” y por lo tanto la cancelación del servicio ya había sido efectuada.

El día sábado 9 de Junio, recibí una llamada en las horas de la mañana de parte de un asesor de Movistar Bogotá, confirmándome la activación del servicio que se supone que ya estaba cancelado desde hace nueve días atrás, y que 29 días después de haber firmado el contrato se dignaban a “activar”, incumpliendo no sólo con el tiempo hábil de instalación del servicio, sino ignorando la solicitud de retiro que desde el día 31 de Mayo se negaron a firmarme, argumentando que dicho retiro del servicio ya estaba en curso.

El día 12 de Junio radiqué derecho de petición para exigir el retiro definitivo de mis servicios contratados con ustedes debido a la reiterada negligencia e inoperatividad de su parte. El día 4 de Julio recibí respuesta de parte de Claudia Patricia Suesca jefe de primera instancia, en donde me informó que el retiro fue aceptado, pero que procedían  a cobrarme la multa por concepto de la cláusula de permanencia, lo cual es improcedente, puesto que la Comisión de Regulación de Comunicaciones,  Artículo 33 de la Ley 3066, establece que cuando el usuario considere que las condiciones de calidad no se están cumpliendo, tiene la potestad de cancelar el contrato sin pagar multas. Esto se considera una terminación unilateral del contrato de forma unilateral con justa causa.

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