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El artículo 24 del Código Civil


Enviado por   •  27 de Junio de 2023  •  Exámen  •  485 Palabras (2 Páginas)  •  142 Visitas

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El artículo 24 del Código Civil estable lo siguiente:

“Las leyes costarricenses rigen los bienes inmuebles situados en la Republica, aunque pertenezcan a extranjeros, ya se consideren dichos bienes aisladamente en sí mismos, ya en relación con los derechos del propietario como parte de una herencia o de otra universalidad

El inciso 3 del artículo 30 del Código Procesal Civil establece:

……..COMPETENCIA TERRITORIAL

“En los procesos sucesorios, corresponde a los tribunales de primera instancia del último domicilio del causante; a falta de domicilio, al tribunal del lugar en que exista la mayor parte de los bienes inmuebles que formen la herencia; y a falta de domicilio y de bienes inmuebles, al tribunal del lugar en donde el causante hubiere fallecido.

De conformidad con esa normativa resuelva el siguiente caso:

Fulmino García originario de Costa Rica, Pérez Zeledón, donde vivió hasta los 20 años en casa de sus padres, en busca del sueño americano migra a Estados Unidos.  En ese país vive 5 años en forma ilegal, no obstante, logro encontrar un trabajo en un bar de Las Vegas, lavando platos, trabajo que era de poca exposición para las autoridades. Logro normalizar su status migratorio hasta después de 6 años de residir en USA.

Mino como era conocido por sus amigos, producto de su trabajo, logro ahorrar algún dinero y lo envió a Costa Rica, para que le compraran una casa, la cual puso a nombre de sus padres y el usufructo a su favor. Antes de viajar Fulmino dejo un Poder Generalísimo Sin Limitación de Suma a su hermana Enriqueta. La casa está ubicada en su pueblo natal y tiene un valor de $50,000,00.  

Además, con los ahorros enviados, su hermana le compro 2 lotes en Turrialba, los cuales inscribió a nombre de Don Fulmino. Cuando logra obtener la residencia ya que se casó con una ciudadana estadounidense, abre cuentas bancarias y adquiere un vehículo.

Con su esposa (Margaret) deciden viajar a Costa Rica, con 2 propósitos, ver la posibilidad de construir una casa en uno de los terrenos que tiene en Turrialba y por supuesto para que Margaret conozca a sus suegros. Por un período de 6 meses se establecen en la casa de sus padres y realizan una serie de paseos por varios lugares turísticos de nuestro país.  Doña Margaret se enamoró de Costa Rica y compro un lote en La Fortuna de San Carlos y lo inscribió a su nombre con el usufructo a favor de Mino.

En uno de esos viajes sufren un accidente y ambos mueren.

Los padres y la hermana de Mino, quien es su apoderada generalísima sin límite de suma, además de la madre de Margaret, quien es viuda y no tiene hijos, llegan a su oficina para ser asesorados sobre cómo hacen y donde deben establecer ambos procesos sucesorios. ¿Cuál es su asesoría?

Justifique su respuesta.

Enviar la resolución del caso a mi correo más tardar el viernes 12-5-23, antes de las 12 m  

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