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Estudio de Caso – Pago de Incapacidad Por Accidente


Enviado por   •  27 de Febrero de 2024  •  Trabajos  •  427 Palabras (2 Páginas)  •  34 Visitas

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Estudio de Caso – Pago de Incapacidad Por Accidente

María Fernanda Peña Sandoval

Corporación Universitaria Minutos de Dios, Administración de Empresas

Legislación Laboral

Docente Ricardo Quiñonez

30 abril 2023

  1. ¿Puede la empresa despedir con justa causa al trabajador? ¿Por qué?

La empresa NO puede despedir al trabajador a menos que exista la autorización del inspector de trabajo para poderlo despedir, de no existir la autorización del inspector, el trabajador podrá a través de una tutela como mecanismo preferente, buscar la protección de sus derechos fundamentales. (juridico, 2022)

  1. ¿Podría el trabajador demandar a la empresa para que le responda por la pérdida de la capacidad laboral que tuvo? ¿Por qué?

El trabajador puede demandar a la empresa por ciertas razones:

  1. No estaba afiliado a la seguridad social en el momento en que sufrió el accidente laboral, debe la empresa responder por todos sus gastos médicos y de indemnización.
  2. También puede demandar si revisando el accidente laboral el trabajador no tenía sus protecciones o EPP ya que hay empresas que no entregan dichas protecciones. Esto es importante porque se pueden reducir en un gran porcentaje los accidentes laborales.

  1. ¿Deberá la empresa reconocer la pensión de invalidez del trabajador, en caso de que la perdida de la capacidad laboral sea superior al 50%, según el dictamen de pérdida de capacidad laboral que den los órganos competentes? ¿Por qué?

Si debe responder la empresa, porque en el momento en el que el trabajador tuvo su accidente laboral no estaba afiliado a la seguridad social, por lo tanto, la EPS, ARL o el fondo de pensión no están obligados a responder. El trabajador debe interponer una demanda ante los entes correspondientes y por ellos debe demostrar la perdida de la capacidad laboral, debe acudir a las juntas regionales de calificación de invalidez para que acrediten su condición.

El artículo 2.2.5.1.52 del decreto 1072 de 2015 dice:

“De la actuación como perito por parte de las juntas regionales de calificación de invalidez. Las solicitudes de actuación como peritos de las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez se realizarán en los siguientes casos:

Cuando sea solicitado por una autoridad judicial;

A solicitud del inspector de trabajo del ministerio de trabajo, solo cuando se requiera un dictamen sobre un trabajador no afiliado al sistema de seguridad social integral;

Por solicitud de entidades bancarias o compañías de seguro.”

  1. ¿Podrá el trabajador acceder a una indemnización por parte de la ARL y por qué?

La ARL no está obligada a responder o dar una indemnización porque en el momento del accidente laboral el trabajador no estaba afiliado a la seguridad social, los que deben responder es la empresa.

Bibliografía

https://www.eltiempo.com/justicia/servicios/me-pueden-despedir-despues-de-sufrir-un-accidente-laboral-691896

https://www.gerencie.com/calificacion-de-la-perdida-de-capacidad-laboral.html#:~:text=El%20trabajador%20que%20se%20vea,un%20peritaje%20particular%20o%20privado.

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