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Pirámide Jurídica Jerárquica


Enviado por   •  4 de Junio de 2023  •  Ensayos  •  1.647 Palabras (7 Páginas)  •  24 Visitas

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ACTIVIDAD 2. Pirámide Jurídica Jerárquica[pic 2][pic 3][pic 4][pic 5][pic 6][pic 7][pic 8]

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CONSTITUCIÓN:[pic 42][pic 43]

Es la norma o Ley Suprema de la Nación a la que se deben someter todos los Poderes, Órganos e Instituciones del Estado, cuyo objetivo principal es proteger los derechos y libertades de las personas, pero también, definir sus obligaciones, de tal forma, que a través de principios va a regir la convivencia que se quiere dar en una sociedad, limitando el        Poder del Estado y estableciendo las atribuciones que éste tiene para resguardar nuestros derechos humanos.

CARACTERÍSTICAS DE LA CONSTITUCIÓN:

  1. Tiene categoría de Norma Suprema en relación al resto del ordenamiento jurídico

  1. Limitan y dividen los derechos del Estado
  1. Regula Poderes Públicos, y consagran derechos y libertades de las personas
  1. Contiene un preámbulo, y dos partes fundamentales:

Una orgánica (organiza poderes) y otra Dogmática (resuelve status de las personas y regula sus deberes)

EJEMPLO DE CONSTITUCIÓN APLICADO EN EL TRANSPORTE CARRETERO:

  1. Para la infraestructura de una carretera:

Constitución de un Fondo Vial para la Conservación de Carreteras Federales y Estatales.

Se busca desarrollar una fuente adicional de recursos, permanente y estable, para la conservación de carreteras federales y estatales libres de peaje. Ello redundará en la reducción de los rezagos de mantenimiento (con lo que se evita el deterioro de la red), el decremento en los costos de operación de los vehículos, la mejoría en los tiempos de recorrido y el abatimiento en el número de accidentes. Los fondos podrían obtenerse mediante un sistema de cargos a los usuarios del sistema carretero nacional. Su administración sería pública y transparente.

(https://www.sct.gob.mx/fileadmin/_migrated/content_uploads/CAP-04.pdf)

  1. A la Comisión Reguladora de Energía: en materia de hidrocarburos, la regulación y el otorgamiento de permisos para el almacenamiento, el transporte y la distribución por ductos de petróleo, gas, petrolíferos y petroquímicos; la regulación de acceso de terceros a los ductos de transporte y al almacenamiento de hidrocarburos y sus derivados, y la regulación de las ventas de primera mano de dichos productos. En materia de electricidad, la regulación y el otorgamiento de permisos para la generación, así como las tarifas de porteo para transmisión y distribución. (Esta información es un “Decreto”, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013, aparece en el “Transitorio décimo, inciso c”).[pic 44][pic 45]

(http://sil.gobernacion.gob.mx/Archivos/Documentos/2021/10/asun_4229392_20211007_1633634540.pdf )

  1. La Constitución Mexicana restringe el uso comercial de carreteras federales a los nacionales y por otro, la Ley General de Comunicaciones y Transportes prohíbe a las empresas de carga extranjeras operar en el país. La desregulación de 1989 intenta introducir competencia en la inversión en infraestructura de carreteras mexicanas, pero con la exclusión de compañías de propiedad extranjera, hasta un período de seis años posteriores a la entrada en vigor del TLC.  

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  1. SEMOVI (se rige por su ley local)

LEY:

Es una disposición o norma que emana de los Órganos Políticos del Estado (legisladores), que nos dictan reglas a las cuáles debemos someternos todos los habitantes de un país, nos dice lo que está permitido y lo que es prohibido, e indica la forma que debemos comportarnos en la sociedad para evitar conflictos y vivir en armonía.

En este sentido, corresponde al Estado velar porque se cumplan los derechos y obligaciones establecidas en una Ley, utilizando los recursos que tenga a su alcance.

CARACTERÍSTICAS DE LA LEY:

  1. Es universal e imparcial: Alcanza a todos dentro del territorio del Estado

  1. Es normativa o abstracta: Abarca un número indeterminado de hechos y rige a aquél que quede comprendido en el ámbito de su aplicación
  1. Es obligatoria: Sus mandatos y prohibiciones son de carácter obligatorio
  1. Es coercible y Coactiva: Su cumplimiento puede exigirse a través de la fuerza (como es en el caso de la Norma Jurídica)

EJEMPLO DE LEY APLICADO EN EL TRANSPORTE CARRETERO:[pic 46][pic 47]

  1. Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y los reglamentos que de ella se desprenden

     Artículo 1o. La presente Ley tiene por objeto regular la construcción, operación, explotación, conservación y mantenimiento de los caminos y puentes a que se refieren las fracciones I y V del Artículo siguiente, los cuales constituyen vías generales de comunicación; así como los servicios de autotransporte federal que en ellos operan, sus servicios auxiliares y el tránsito en dichas vías.  (Artículo reformado DOF 25-10-2005)

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