¿Por qué Ley Micaela y por qué es obligatoria?
NancymalvinaTrabajo20 de Junio de 2023
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Ley Micaela
¿Por qué Ley Micaela y por qué es obligatoria?
La Ley Micaela surge como respuesta a un hecho gravísimo de violencia, injusticia y desigualdad de género. Un hombre condenado con una pena de prisión perpetua por la violación de dos mujeres, en uso de una libertad condicional otorgada por agentes del Poder Judicial, violó y mató a Micaela García en abril de 2017, en el contexto de los reclamos ciudadanos por acabar con las violencias por motivos de género y las manifestaciones del movimiento #NiUnaMenos. Decimos que su muerte fue un hecho de violencia por agredir, maltratar, vulnerar y coaccionar físicamente el cuerpo de una mujer; fue un hecho de injusticia porque faltaron respuestas integrales con perspectiva de género para evitar este femicidio; y subrayamos que se trató de un hecho de desigualdad porque la violencia se ejerció fundándose ante la evidencia de que se trataba de una mujer, joven, comprometida socialmente y no hubiera ocurrido sobre un varón.
Este femicidio develó la falta de intervención de las instituciones del Estado en la erradicación de la violencia de género así como en la eliminación de la violencia institucional. La violencia por motivos de género es aquella violencia ejercida contra personas debido a su orientación sexual y/o identidad de género y la violencia institucional es aquella perpetuada por agentes del Estado en cumplimiento de sus funciones.
A partir de la indignación de buena parte de la sociedad frente a lo sucedido y de la comprensión de que el Estado –en todos sus niveles y poderes– debe hacerse responsable y accionar en forma urgente para erradicar de una vez por todas las violencias, un año y medio más tarde del femicidio, se sancionó en el Congreso la ley que lleva el nombre de la víctima, Micaela García.
Igualdad: Hablamos de igualdad o formas igualitarias para referir a la igualdad de oportunidades,
no como forma de asumir que mujeres y varones somos iguales.
Con la implementación de esta normativa se busca prevenir y promover la adecuada intervención frente a situaciones de violencias por motivos de género en los ámbitos laborales, así como involucrar a todas las personas que se desempeñan como agentes del Estado en la urgencia de iniciar procesos de capacitación en la temática para incorporar la perspectiva de género en el diseño e implementación de políticas públicas de cada sector.
Las leyes por sí solas no eliminan las situaciones de discriminación y violencia. Por ello, las políticas públicas son fundamentales para visibilizar y construir formas igualitarias, equitativas y sin violencia para relacionarnos. Muchas veces, por costumbre o desconocimiento, se vulneran derechos. Esta ley es una herramienta fundamental, no sólo para concientizar y sensibilizar sobre la situación desigual que viven las mujeres y el colectivo LGBTI+, sino también para llevar a cabo las acciones correspondientes para que las políticas del Estado sean pensadas desde una perspectiva de Género y Derechos Humanos; en este sentido es que se hace indispensable la obligatoriedad de la capacitación.
¿Qué significan las siglas LGBTI+?
Cuando hablamos de diversidades, disidencias o colectivo LGBTI+ nos referimos al conjunto de orientaciones sexuales diferentes de la heterosexualidad, identidades de género no hegemónicas o que se perciben a sí mismas con identidades de género diferentes a la de mujer o varón o no hegemónicas. Las siglas refieren a Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales, Travestis, Transgénero y personas Intersex, y el signo más representa a otras formas de denominar estas identidades que van siendo reconocidas conforme pasa el tiempo.
Entre sus líneas de acción se destacan:
• Visibilizar el rol de las mujeres y de la población LGBTI+ en las acciones institucionales.
• Hacer efectiva la implementación de la normativa nacional e internacional en materia de género.
• Promover la participación de las mujeres y de la población LGBTI+ en los ámbitos de decisión del MOP.
• Facilitar la compatibilización y la corresponsabilidad de las actividades de la vida privada con las actividades laborales.
• Fortalecer a las organizaciones públicas, privadas y de la sociedad civil que cuenten con participación de mujeres y población LGBTI+ vinculadas al rubro de la construcción y actividades técnicas con el fin de terminar con la segregación horizontal.
• Desarrollar líneas de acción en los planes, programas y proyectos implementados por el MOP que favorezcan la mejora de la calidad de vida de las mujeres y de la población LGBTI+, su inserción laboral y el desarrollo de sus carreras y demás aspectos que hacen al mundo del trabajo.
El género como construcción histórica
A pesar de los avances en materia de Derechos Humanos y equidad, las mujeres y LGBTI+ siguen siendo objeto de discriminación, subvaloración, exclusión y distintos tipos de violencia, desde las situaciones más invisibles a las más extremas, y en múltiples espacios de la vida cotidiana. Si queremos comenzar a descubrir por qué este tipo de desigualdades e injusticias se continúan reproduciendo en el tiempo es importante comprender y cuestionar aspectos de la realidad social que muchas veces consideramos “obvios” y “naturales”.
Cuando llenamos un formulario para hacer un trámite, o simplemente al crear una cuenta en Internet, suele desplegarse una lista con las opciones “Femenino” o “Masculino”. Y, aunque cada vez más se agregan otras opciones, en algunos casos sólo se refiere a estas dos opciones y con el título “Sexo” o “Género”, indistintamente. Aunque a veces se utilicen las categorías de sexo y género como sinónimos, no son lo mismo
¿Qué es género?
La palabra género es una traducción del vocablo inglés gender. Este término, difundido a partir de los años 80, pretende evidenciar el hecho de que los roles masculinos y femeninos no están determinados por el sexo (es decir, por las características biológicas) sino que van evolucionando en función de las diferentes situaciones culturales, sociales y económicas. Este término no es un concepto estanco, sino que ha ido modificándose y ampliándose a partir de los aportes históricos de diferentes movimientos y corrientes feministas y desde las ciencias sociales.
El concepto de sexo se utiliza para referirnos a la clasificación cultural binaria de las personas y otros seres vivos de acuerdo a criterios genéticos, biológicos, físicos y fisiológicos. Así, según el sexo se suele encasillar a los seres humanos dentro de dos categorías excluyentes: “hembra” o “macho”; a la vez que invisibiliza otras identidades.
Pero, ¿qué significado le da cada sociedad a ser varón o ser mujer? ¿Cuáles son los espacios, actividades, expectativas y hasta emociones que se esperan de unos y de otras? Ese significado, ¿se modifica a través del tiempo? ¿Qué actividades realizan mujeres y cuáles los varones en el ámbito del hogar? ¿En qué ocupaciones se emplean mayormente los varones y en cuáles las mujeres?
La categoría de género alude a una relación, es decir, a la manera de construir las relaciones entre mujeres y varones en una sociedad determinada. A partir de las características biológicas, cada cultura asigna roles, atributos y comportamientos diferenciales que se esperan de una persona según si es varón o mujer. Por ejemplo, se espera de las mujeres que sean afectuosas y sensibles; y de los varones que sean fuertes y protectores.
Los Derechos Humanos y los derechos de mujeres y diversidades
Desde la Revolución Francesa en adelante, diferentes tratados, convenios y declaraciones establecen la igualdad ante la ley. Pero las personas ¿somos realmente iguales? La igualdad, la libertad y la ciudadanía son valores fundamentales en una organización democrática de gobierno. Sin embargo, sus concepciones y alcances han ido variando a lo largo de la historia. Cuando comenzaron a formularse estos principios, los conceptos de igualdad sólo integraban a los varones, blancos, propietarios.
La declaración francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 fue el primer instrumento normativo moderno en hablar de igualdad: “Todos los hombres nacen libres e iguales”, dice en su Artículo 1°. Sin embargo, en las colonias de las potencias mundiales seguía habiendo esclavitud y las mujeres no eran libres, sino que estaban bajo la tutela de sus padres o maridos. La modernidad prometía la igualdad, pero dejaba afuera a mujeres, niñas/os, esclavas/os y trabajadoras/es pobres. En 1791, la francesa Olympe de Gauges presenta una Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, a partir de la cual fue víctima de burlas y exclusiones.
En la Argentina, la Constitución Nacional garantiza libertad “para nosotros, y para todos los hombres que quieran habitar el pueblo argentino”. No obstante, cuando fue escrita en 1853, aunque declara la libertad de vientres, mantiene la posesión de los y las esclavas existentes.
La Ley Sáenz Peña de 1912 establece el voto universal, aunque este “universo” se refiera únicamente a los varones: las mujeres argentinas no tuvieron derecho al voto hasta 1948. Recién con la reforma del Código Civil de 1968 las mujeres tuvieron derechos civiles plenos, como por ejemplo tener propiedades a su nombre o abrir una cuenta bancaria sin autorización de su padre o su marido. La Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”
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