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OBJETIVO DE LA CIRCULAR 166/2017:


Enviado por   •  9 de Febrero de 2018  •  Informes  •  679 Palabras (3 Páginas)  •  158 Visitas

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CIRCULAR 166/2017

OBJETIVO DE LA CIRCULAR 166/2017:

Modifica el artículo 6 referida a la (CONVOCATORIA DE SUBASTA PÚBLICA NACIONAL) del Reglamento para la Subasta Pública de Mercancías Abandonadas y Comisadas; que está aprobado por la Resolución Administrativa No RA–PE 01-008-16 de fecha 20/05/2016, y convalidada con RD 01-007-16.

La circular 166/2017 de 28 de junio de 2017, amparado en la  la Ley General de Aduanas, Ley No1990 de 28/07/1999 bajo los artículos:

  • Artículo 1, parágrafo tercero, referida a la potestad aduanera;
  • Artículo 29, parágrafo tercero referido a que “La Aduana Nacional se sujetara a las políticas, normas económicas y comerciales del país, cumpliendo las metas, objetivos y resultados institucionales que le fije su Directorio (…);
  • Articulo 37 en su inciso e) Establece que Directorio de la Aduana Nacional, tendrá la atribución de dictar resoluciones para facilitar y simplificar las operaciones aduaneras.

También es importante mencionar a la Ley No 615  de 15 de Diciembre de 2014 en su artículo 4 incisos  d) y f):

  • Artículo 4 inciso d) referida al procedimiento para la adjudicación, entrega y destrucción de mercaderías.

Estableciendo que las mercancías adjudicadas mediante subasta, quedan exentas del pago de tributos aduaneros y gastos de almacenaje.

  • Artículo 4 inciso f) que en caso que la mercancía no sea subastada, la administración aduanera procederá a su destrucción en un plazo de dos meses desde la fecha de la subasta”

La circular también da a conocer  La Comunicación Interna AN-SCRZZ-CI No 654/2017 de 26 de junio de 2017, emitida por la Administración de Aduana Zona Franca Comercial Santa Cruz, solicita que se tomen los recaudos  necesarios para la apertura del sistema SPCID, con objeto de incluir en la “Primera subasta electrónica gestión 2017” las mercancías de zona franca industrial (738) y Zona franca comercial (732) que no fueron seleccionadas por los ministerios.

Para ello la Disposición Transitoria Quinta del Decreto Supremo No 2779 de 25/05/2016; señala que:

  • Las operaciones aduaneras  de llegada de mercancías a Recintos  de Aduana Zona Franca Comercial concluyeron en fecha 25/05/2017.
  • La resolución Biministerial No 0007.2016 de 02/12/2016, para el procedimiento de cierre definitivo de zonas franca, estable el plazo de 90 días calendario, para que los usuarios y concesionarios de zona franca realicen operaciones de nacionalización o reexpedición de sus mercancías hasta el 23/08/2017.

La Gerencia Nacional Jurídica mediante informe AN-GNJGC-DALJC No820/2017 de 26/06/2017 concluye:

  • Es necesario y precedente disponer excepcionalmente que Gerencia General de la Aduana Nacional, una vez y durante la vigencia de La Subasta Pública Nacional, se pueda incluir nuevos lotes de mercancías previa justificación debiendo al efecto modificar el artículo 6 del “Reglamento para la Subasta Pública Nacional de Mercancías Abandonadas y Comisadas”

A fin de dar cumplimiento a las normas precedentes, el Directorio de la Aduana Nacional en uso de sus atribuciones y facultades, es que:

Se modifica el artículo 6  (Convocatoria a Subasta Pública Nacional) del “Reglamento para la Subasta Pública Nacional de Mercancías Abandonadas y Comisadas”

El Directorio de la Aduana Nacional resuelve:

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