El Simulador Del Derecho
freddygalles21 de Noviembre de 2011
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NECESIDAD DEL DERECHO COMO ORDEN NORMATIVO DE LA SOCIEDAD Y DEL ESTADO.
El derecho es un orden normativo jerarquizado, por eso pertenece al mundo del deber ser. Expresa indispensabilidad del orden jurídico formal integrado por normas bilaterales, imperativas y coercitivas.
Se ha sostenido que la seguridad social es un fin del derecho independiente de la justicia,
Sin el derecho que implanta el orden normativo necesario para la vida social, ésta no podría desarrollarse, la normatividad jurídica es para toda colectividad humana.
El derecho en la actualidad se considera que esta en crisis, y esta siendo obstáculo para los cambios sociales, ya que como orden normativo, debe reflejar en sus prescripciones fundamentales las transformaciones sociales, económicas, culturales y políticas que se registran dentro de la vida dinámica de las sociedades humanas.
El derecho como orden normativo no es infraestructura ni superestructura de la sociedad, lo que cambia es su contenido ya que no esta sujeto ni al tiempo ni al espacio. Todas las transformaciones sociales, políticas, económicas y culturales tienen la tendencia natural de plasmarse en un orden jurídico determinado.
SEMBLANZA DEL JURISTA.
Es el jurista el cultor del Derecho, Por ello es un garante de la sociedad en cuanto que se debe procurar que en ella imperen la justicia y la seguridad. Esta tarea es simultáneamente científica, artística moral y cívica. El derecho es la experiencia histórica vital, sensible, experiencia que es necesario captar y entender, es la política bien comprendida del poder.
No puede haber una visión del mundo, sociedades, países, estados, pueblos, sin deberes y obligaciones sin derechos claramente establecidos, por tal las ideas rectoras de paz, libertad, justicia, convivencia, orden y progreso requieren del derecho.
La vida espiritual de una cultura es siempre jurídica como la vida moral.
Ahora veamos lo siguiente: el jurista, principalmente abogado debe ser libre, no debe estar vinculado permanentemente a ningún sector publico privado o social es decir objetivo. Tal vinculación entraña el menoscabo de su libertad para seleccionar los asuntos jurídicos que estime justos, honrados, rectos y respaldados por el derecho.
Lo que es evidentemente contrario al aspecto económico que define dependencia y lealtad al centro de trabajo.
Su libertad profesional lo faculta para atender cualquier negocio independientemente de los sujetos que en ellos sean protagonistas, pudiendo defender al rico como al pobre, al trabajador y al patrón, al gobernado y al gobernante, con la única limitación de su sentido ético y de justicia. Siendo justo, honesto, objetivo, responsable y probo evidentemente.
El estar al servicio de alguien, sea persona física o moral, publica o privada, obliga a obedecerle pero el es un profesionista no un trabajador, lo que actualmente ocurre con muchos abogados, sino ¿de qué van a comer?. por tanto debe tener facultades de mando, de poder gobernar a su patrocinado y no al revés.
Es evidente que el jurista debe tener un hondo SENTIDO DE JUSTICIA, no solo tiene que atender a la problemática individual, sino abocarse a las cuestiones sociales, ya que es un servidor de la sociedad. la justicia social es síntesis armónica y respetabilidad reciproca entre los intereses sociales y los particulares.
LA CULTURA JURIDICA.
La cultura en general es grosso modo, la sustentación, ampliación y perfeccionamiento del conocimiento en los diversos y variados sectores del saber humano y proyectada al ámbito social.
La cultura jurídica comprende el conocimiento cada vez mas extenso y profundo del Derecho en todas sus ramas y manifestaciones, entraña una ciencia y un arte, o sea un saber y un actuar, es decir que muchos de nuestros actuales abogados en Morelos no son buenos actores ni artista.
El derecho como ciencia:
La ciencia implica conocimiento general y abstracto de las cosas, la ciencia del derecho no estriba meramente en conocer casos concretos, sino en saber los principios jurídicos conforme a los cuales se deben analizar y resolver. el conocimiento de la ley positiva solo es un aspecto de la ciencia jurídica.
El derecho como arte:
El arte es la actividad del hombre tendiente a la realización en el mundo de la concreción, de valores del espíritu. El arte jurídico importa un hacer, un actuar para tratar de conseguir estos dos primordiales objetivos la bondad y la justicia. La lucha por el derecho no seria posible sin la fe que a veces ostenta perfiles religiosos.
El derecho como moral:
Vivir honestamente implica un comportamiento exento de corrupción, vicio, etc. El derecho es a la vez moral en su contenido aunque no en su forma. no dañar a otro es también postulado moral del derecho. Que la ley no damnifique a nadie en detrimento de la justicia o que el poder publico del estado o los particulares no lesiones a sujeto alguno contra el orden jurídico.
El derecho como fenómeno social:
El orden jurídico surge como una necesidad insoslayable de convivencia humana, es decir como fenómeno social ineludible. En el derecho se reflejan todas las variedades esenciales de la solidaridad humana, afianza su imperio sobre la realidad y mira hacia el ideal.
TIPOLOGIA DEL JURISTA
En esta clasificación encontramos al jurisconsulto, el abogado, el maestro del derecho, el juez y como su autor lo indica el caballero del derecho y soldado de la justicia.
a).- el Jurisconsulto.-
Sinónimo del jurisprudente, pues ambos denotan sabiduría, entendimiento, o maestro de la ciencia jurídica. Esta sabiduría del derecho se adquiere con el permanente estudio y con la constante experiencia en el cultivo de esta disciplina.
b).- El abogado.-
El abogado debe ser un jurisprudente, un sapiente del Derecho, se vale de su sabiduría para patrocinar, dirigir o asesorar a las partes contendientes en un litigio. Litigio entiéndase contender, disputar, pleitear o seguir un pleito. se inicia con el ejercicio de una acción.
ninguna profesión requiere a tan alto grado la inteligencia de tantas cosas tan diversas con el conocimiento del hombre y el uso acertado de la razón. según Osorio “la abogacía no es una consagración académica sino una concreción profesional.
Al abogado le es forzoso conocer el hecho concreto y las reglas que lo rigen para poder aplicar debidamente el derecho, se debe actualizar y mantenerse al día como ahora con este mundo globalizado es tarea de todas y cada una de las demás profesiones.
c) el juez.-
Es la persona que puede detener, menguar las injusticias contenidas en la norma o ley de quien irrumpió a la vida social, al Juez le incumbe ser el defensor del principio de juridicidad como elemento esencial de la democracia, cuando con su conducta y proceder se muestra corrupto e indigno merece la execración publica, por cierto a la fecha no conozco ningún caso relacionado a magistrados de la suprema corte aun cuando se les ha imputado parcialidad en las contiendas electorales dado el ámbito.
OPINION
En el transcurso de la lectura es obvio y difícil no encontrarse reflejado en las palabras del autor, pero también nos permite tener un espejo interesante para poder amoldarlo a la lupa del escrutinio a nuestros conocidos, amigos, docentes, compañeros de grupo y de trabajo, etc. ¿Qué tan buenos juristas son o han sido?, ¿Qué tan buenos juristas podremos nosotros llegar a ser?, yo creo que la respuesta está en el bien pensar, el bien decir, el bien hacer y por tanto nos dará el anhelado bien tener. También en realizar un valiente análisis personal respecto a nuestra propia vocación con respecto a la profesión del derecho.
Es importante reconocer como Ignacio Burgoa, nos induce a la critica y el análisis del quehacer del jurista por medio de su ensayo partiendo de la óptica del ser y sobre todo el deber ser, lo que es de manera indiscutible lo inquietante es que “nunca el deber ser ha sido y el hacer ha reflejado el querer y no el deber”
Pero por otro lado si nos permitimos aventurarnos en la óptica de la psicología en el derecho y nos atenemos a la definición clásica de Derecho, como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones sociales en una sociedad determinada, encontramos este conjunto de normas en el deber ser, el el super yo Freudiano, a mi entender entonces, encontramos al derecho y a la ley entendida como norma jurídica en un super yo social legitimado jurídicamente por la clase dominante, y articulado con un yo social, con el empleo de un lenguaje palpable estructurado jurídicamente y regulando a un ello social, donde encontramos acciones que son considerados delito punibles y rechazados socialmente en su mayoría pero que existen a pesar de ser castigados.
Lo interesante del caso entonces es encontrar en que medida ocurre esta interiorización de la norma jurídica en el individuo, en nosotros como próximos abogados y “ juristas en formación” .
Antes de leer la introducción al derecho espacial
Efectivamente,
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