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Hechos Y Actos Juridicos


Enviado por   •  12 de Marzo de 2015  •  641 Palabras (3 Páginas)  •  271 Visitas

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Hechos Jurídicos

concepto: En los términos del artículo 896 C. civil "Son todos los acontecimientos susceptibles de producir alguna adquisición, modificación, transferencia o extinción de los derechos u obligaciones"

Clasificación: Los hechos jurídicos pueden presentar actividad del hombre o ser ajeno a ella. En el primer caso se los denomina humanos y en el segundo naturales (o externos).

Hechos jurídicos propiamente tales o naturales: son lo hechos de la naturaleza que originan efectos jurídicos. Ejemplo, nacimiento (marca el comienzo de la personalidad), la muerte (marca el fin de la personalidad y pone en marcha la sucesión por causa de muerte), el transcurso de tiempo (permite adquirir derechos mediante la prescripción adquisitiva o extingue acciones mediante la prescripción extintiva).

Hechos humanos: Pueden se realizados con discernimiento, intención y libertad, y así son voluntarios, o puede el sujeto carecer de alguno de esos elementos y ser los hechos involuntarios.

Los hechos humanos, son en simbología del código, sinónimo de actos, pero no de actos jurídicos, sino meramente de actos. Por ello puede hablarse validamente de actos voluntarios y actos involuntarios.

Hechos humanos voluntarios: Son actos jurídicos, los que podemos definir como actos voluntarios por el hombre con la intención de crear, modificar, transferir o extinguir derecho. Pueden importar una conducta como la querida por el ordenamiento y ser lícitos, o resultar contrarios a ellas y ser ilícitos.

Hechos humanos jurídicos voluntarios lícitos (o actos voluntarios lícitos) permiten otra clasificación de gran importancia: en actos jurídicos y simples actos voluntarios lícitos.

Los actos jurídicos: Son los que tienen por fin inmediato producir consecuencias jurídicas (Art.944 del Código Civil).

Los simples actos voluntarios lícitos: Los simples actos voluntarios lícitos - que no tienen el indicado fin inmediato de producir consecuencias jurídicas- presentan una variada gama, y algunos de ellos se aproximan a los actos jurídicos.

Hechos jurídicos humanos voluntarios ilícitos (actos voluntarios ilícitos) comprenden dos categorías tradicionales: delitos y cuasidelitos.

Delitos: El Art. 1072 del Código Civil establece que "el acto a sabiendas y con intención de dañar la persona o los derechos de otro, se llama en este Código, delito".

Cuasidelitos: Presentan como elemento subjetivo la culpa (Art.1109). "Todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro, está obligado a la reparación del perjuicio. Esta obligación es regida por las mismas disposiciones relativas a los delitos del derecho civil"

Actos Juridicos

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