IMPACTO SOCIAL
karla200020 de Octubre de 2013
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En tanto que con las leyes de Juárez se trataba de crear propiedades pequeñas y medianas necesarias para ayudar a la estructuración de un campesinado similar al que había contribuido a la prosperidad de Europa y de Estados Unidos, Díaz recurrió a las mismas leyes para crear nuevas haciendas privadas y ampliar las antiguas. Por la época en que Díaz ascendió al poder, en 1876, el modelo de desarrollo mundial de la agricultura ya había cambiado, para pasar de las granjas familiares a los grandes consorcios orientados a la exportación, y Díaz emuló ese modelo con el fin de "modernizar" México.
Durante el gobierno de Díaz, cuando una enorme cantidad de títulos de tenencia sufrieron el traspaso forzoso de propiedades que no eran haciendas (como granjas comunales, propiedades de mediano tamaño o pequeñas unidades) a posesiones de tipo hacienda, la política de ese gobernante modificó el concepto de "enajenación" de las tierras, que de ilegal pasó a ser legal. Tal enajenación se definía ahora como una redistribución legalmente permitida (y a menudo obligatoria) de las tierras públicas, que pasaban a ser grandes fincas privadas.
Entre quienes criticaban la política de enajenación de Díaz, su redistribución de la tierra vino a significar que las masas rurales quedaban privadas de la posibilidad de poseer tierras "publicas", así como de tramitar su acceso a estas, por dos razones. En primer lugar, si las tierras se otorgaban a las grandes fincas, las masas no podían tener la esperanza de poseerlas. Y por otro lado, si a los comuneros o a los campesinos pobres se les daban tierras, pocos eran los que podían aspirar a conservarlas, debido a su falta de experiencia y a la imposibilidad de mantener a raya a los rapaces hacendados, quienes compraban, atemorizaban o asesinaban a los minifundistas, con el fin de ampliar el sistema de la hacienda.
Aun cuando Díaz afirmaba que únicamente estaba enajenando tierras públicas para dejarlas en manos privadas con el objeto de liberarlas y tratar de que fuesen productivas, su programa iba mas allá de lo que decía. De hecho, contrató compañías deslindadoras para que encontraran "tierras públicas", es decir, tierras que no estuvieran debidamente registradas ante el gobierno; cuando las "hallaban", estas compañías -algunas de las cuales eran empresas ferrocarrileras- recibían una parte de las mismas. El resultado de esto fue que decenas de miles de campesinos perdieron las tierras que habían sido suyas desde épocas inmemoriales, sin que les importara la existencia de algún requisito para registrar sus títulos en una lengua "extranjera" (el español) y en un lugar del "extranjero" (la ciudad de México).
Para examinar la "enajenación" de tierras públicas desde 1863 hasta 1909, empezamos por analizar los aspectos pertinentes del derecho agrario mexicano, así como por cuantificar los cambios en la tenencia de la tierra, empleando estadísticas que reunió el autor en el decenio de 1960, y que volvió a comprobar a finales de los años setenta. Comparamos nuestros resultados con las estimaciones realizadas anteriormente, en especial por Helen Phipps y José L. Cossío, cuyas cifras no presentan ni una metodología ni un desglose completos y, por consiguiente, han hecho surgir dudas. La exposición de Cossío carece de sistema y resulta confusa.
La información estadística que hemos obtenido para este estudio se ha desarrollado en forma de datos globales y datos detallados. Estos últimos se calcularon a partir de las estadísticas desagregadas de que se disponía en materia de redistribución de títulos agrarios en cada una de las 31 entidades políticas que a la sazón existían en México. Los datos globales se calcularon solamente para el país como un todo (sin desglosarlos por estados y territorios de la nación),
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