ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Letra De Cambio

ildotore4625 de Marzo de 2012

777 Palabras (4 Páginas)1.383 Visitas

Página 1 de 4

- Letra de cambio:

-Concepto:

La letra de cambio es el titulo valor que incorpora una orden incondicionada dada por quien lo emite a otra persona a pagar una suma determinada de dinero. Se regula en la Ley cambiaria y del cheque.

Se compran en el estanco y el precio es el timbre.

Aparecen tres sujetos:

1. Librador: es la persona que emite el documento dando la orden de pago.

2. Librado: la persona a la que va dirigida esa orden de pago, pero que solo se obliga cambiariamente cuando la acepta.

3. Tomador / obtenedor de la letra: la persona a la que se ha de hacer el pago de la suma de dinero indicada en la letra.

¬¬- Elementos de la letra de cambio:

Los elementos esenciales de la letra de cambio son:

1. Denominación de letra de cambio

2. Mandato puro y simple de pagar una suma determinada

3. Nombre del librado

4. Nombre de la persona a quien se ha de hacer el pago

5. Fecha de libramiento

6. Firma del librador

Si falta alguno de estos elementos se considera una promesa ordinaria de pago.

Junto a los requisitos esenciales existen otros denominados elementos naturales:

1. Indicación del vencimiento

2. Si no se expresa se considera pagadera a la vista

3. Indicación del lugar del pago

- Aceptación de la letra de cambio:

El librado al trasformarse en aceptante se convierte en obligado cambiando principal y directo.

En tanto que no acepte la letra no esta obligado cambiariamente a su pago aun cuando haya recibido la orden de pago. La aceptación se expresa con la palabra acepto u otra equivalente con lo visto conforme al librado y debe ser pura y simple; sin condiciones.

Puede ser parcial en cuanto al importe de la letra. El aceptante queda obligado por esta parte y el tenedor puede ejercitar la vía de regreso por la parte no aceptada.

- El endoso:

Las ventajas de la circulación de la letra mediante el endoso facilitan su transmisibilidad hasta el punto de considerarla una viajera nata.

Se denomina endoso: a la declaración contenida en la letra y suscrita por su actual tenedor (endosante) tendente a transmitirla a otra persona denominada endosatario que adquiere todos los derechos resultantes de la letra.

El endosatario cuando recibe el documento se convierte en su nuevo tenedor legítimo y adquiere todos los derechos resultantes de la letra de cambio.

El endoso se efectúa por el tenedor mediante una cláusula escrita en ella.

- Endosos limitados:

1. Endoso para cobranza: es aquel en el que el endosante no desea transmitir la propiedad de la letra, sino que esta se entrega al endosatario solo para cobrarla.

2. Endoso para garantía: la letra puede ser entregada en prenda de modo que el tenedor adquiera un derecho de prenda sobre el crédito cambiario y no la titularidad plena.

- El aval:

El fin del aval es garantizar el pago de la letra.

El aval es la declaración cambiaria que tiene por finalidad garantizar el pago de la letra, y el avalista garantiza el pago de la totalidad o solo de una parte de la letra de cambio.

Por tanto, el aval puede ser general o limitado aunque se presume que es general, a no ser que se indique otra cosa en la letra de cambio.

El aval puede insertarse en cualquier momento entre la emisión y el vencimiento; y es una garantía personal y cambiaria que significa que el avalista asume como propia una obligación cambiaria ya existente.

El tenedor solo requiere el pago por el avalista una vez que no lo ha

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com