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PIDE CNDH ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD POR ADICIONES A CÓDIGOS DE NL


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2013  •  Exámen  •  366 Palabras (2 Páginas)  •  336 Visitas

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PIDE CNDH ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD POR ADICIONES A CÓDIGOS DE NL

México.- La CNDH, que preside el doctor Raúl Plascencia Villanueva, presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una demanda de acción de inconstitucionalidad, al considerar que las adiciones a la Ley de Ejecución de Sanciones, al Código Procesal Penal y al Código de Procedimientos Penales, todos del Estado de Nuevo León, publicadas en el Periódico Oficial de la entidad, el pasado 10 de julio, son inconstitucionales e inconvencionales.

La CNDH impugnó los artículos 26, párrafo tercero, de la Ley de Ejecución de Sanciones; 171, últimos tres párrafos, del Código Procesal Penal y, 275 bis, del Código de Procedimientos Penales del estado, porque invaden la competencia exclusiva del Congreso de la Unión, en contradicción del artículo 73, fracción XXI de la ley fundamental del país, partiendo de que la facultad para legislar en materia de delincuencia organizada, compete en exclusiva al Congreso de la Unión.

Se estimó que el artículo 26, párrafo cuarto, de la Ley de Ejecución de Sanciones del Estado de Nuevo León, al restringir las comunicaciones de los imputados o condenados con terceros, contraria los principios de reinserción social y pro persona. Asimismo, se consideró que el artículo 171, últimos tres párrafos del Código Procesal Penal, que dispone que en cualquier delito podrá aplicarse la prisión preventiva, u otras medidas cautelares, siempre que resulten procedentes, de conformidad con las disposiciones de dicho ordenamiento; representa una disposición inconstitucional e inconvencional, al ser discrecional y, por lo tanto, violatoria de los principios de seguridad jurídica y legalidad, contemplados en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; además de contrariar el principio de reinserción social, libertad personal y presunción de inocencia.

Y, el artículo 275 bis, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nuevo León, por establecer que, tratándose de ciertos delitos, los testigos deberán acreditar su identidad con una prueba de ADN, lo que viola el derecho a la intimidad y se encuentra alejado de la razonabilidad, por lo que contraria el artículo 16 constitucional, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos que regulan el derecho a la intimidad.

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