SOCIEDAD DE CONVIVENCIA
karinaahInforme29 de Octubre de 2013
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SOCIEDAD DE CONVIVENCIA
Ley de Sociedad de Convivencia
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La llamada Ley de Sociedad de Convivencia es un ordenamiento aprobado el día 9 de noviembre del 2006 por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en la ciudad de México. Los lineamientos para su aplicación se publicaron el 5 de marzo del 2007. Da reconocimiento legal a aquellos hogares formados por personas sin parentesco consanguíneo o por afinidad. La ley contempla y determina ciertos derechos y obligaciones para los miembros de la sociedad de convivencia, de los que carecían muchas familias antes de la creación de esta ley. Entre otros, se definió en ella el derecho a heredar (la sucesión legítima intestamentaria), a la subrogación del arrendamiento, a recibir alimentos en caso de necesidad y a la tutela legítima —en casi todo México sólo gozan de estos derechos los ascendientes, descendientes o el cónyuge legal de una persona. Gracias a esta nueva ley, se pueden registrar sociedades de convivencia en el Distrito Federal a partir del día 16 de marzo del 2007.

Bilateralidad de derechos y deberes [editar]
Es una ley civil autónoma de interés público. Aún si se limitara a dar algún beneficio a una minoría seguiría conservando este carácter (al igual que la Ley de Derechos de Autor, que solamente protege a los creadores), pero en realidad reconoce derechos y obligaciones para las personas que suscriben un convenio de sociedad de convivencia
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