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awildap9 de Julio de 2014
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Introducción
En el siguiente trabajo le presento, un análisis de los pensamientos de los grandes precursores del derecho penal, destacando los aportes de estos filósofos sobre dicha ciencia.
Aristóteles fue un hombre meticuloso que quiso poner orden en los conceptos de los seres humanos. Creía en los sentidos y pensaba que sólo a través de ellos el hombre puede formarse ideas y conceptos de la realidad. La concepción del buen vivir de Aristóteles descansaba en el fundamento de que el hombre debe adoptar el justo medio, dejando de lado todo tipo de excesos. Había que buscar el equilibrio, la armonía, el justo medio. Era de pensamiento que la educación es el avance de los pueblos y sus buenos hábitos. Aristóteles intenta ordenar la sociedad ordenando las ideas, los conceptos; para ello propone construir buenos hábitos en la sociedad; ellos serán los que, luego, determinarán el crecimiento y mejor vivir de los hombres de la sociedad. Cree que la familia cumple ciertas funciones como la educación de los hijos, comida y calor, pero que el Estado tiene la facultad de organizar a la sociedad.
Este filósofo era de pensar, que la sociedad es un producto de la naturaleza; y que al tener todo un fin, una finalidad lo importante no sería qué forma de Estado adoptar, sino cómo la sociedad puede realizar el fin. Para lo cual plantea tres formas de mejor organización del Estado: La Monarquía, La Aristocracia y La Democracia.
También le presento a ese gran filósofo Platón donde expone que la sociedad debería organizarse de acuerdo con el orden establecido por el Estado, y el Estado ideal se proponía como un orden propicio a la vida moral en que el bueno será estimulado al bien y el malo será corregido y educado. El bien y el mal claramente demarcados como categorías distintas y el orden direccionado a hacer a los hombres felices y mejores, las Leyes y el Derecho cumplirían una función educativa, la ley deberá conformarse en todos sus aspectos de tal manera que los seres humanos que viven bajo su dominio lleguen a ser mejores, es decir que la ley tiene una función claramente educativa.
Montesquieu hace referencia a cuestiones penales sustantivas leyes de fondo, y procedimentales de forma ligadas de manera coherente, tanto entre sí, como a consideraciones de teoría de la pena y política criminal.
CAPITULO I
Precursores del Derecho Penal
1- Aristóteles.
Aristóteles intenta ordenar la sociedad ordenando las ideas, los conceptos; para ello propone construir buenos hábitos en la sociedad; ellos serán los que, luego, determinarán el crecimiento y mejor vivir de los hombres de la sociedad. Cree que la familia cumple ciertas funciones como la educación de los hijos, comida y calor, pero que el Estado tiene la facultad de organizar a la sociedad.
Este pensador decía, que el origen pasional del delito se deriva de hábitos culpables o de apetitos que la razón prueba. En lo que tiene que ver con la prueba se muestra partidario de los castigos severos y considera que la misma es legítima por la necesidad de establecer el equilibrio roto destruido por la inflación.
Pensaba que siendo el hombre un ser social por naturaleza era la educación el molde para su socialización. En esta socialización lo importante consistía en formar al hombre virtuoso y buscar la manera de crear en él buenos hábitos que lo hicieran diferenciar el bien y el mal.
Aristóteles intenta ordenar la sociedad ordenando las ideas, los conceptos; para ello propone construir buenos hábitos en la sociedad; ellos serán los que, luego, determinarán el crecimiento y mejor vivir de los hombres de la sociedad. Cree que la familia cumple ciertas funciones como la educación de los hijos, comida y calor, pero que el Estado tiene la facultad de organizar a la sociedad.
La legislación era tema central en la cultura griega, Aristóteles expone su filosofía jurídica de que la Ley puede determinarse sólo en relación con lo que es justo, y, según él, lo justo debe ser entendido en el sentido de la igualdad, valor que divide en dos proposiciones: igualdad numérica e igualdad proporcional.
Este filoso creía que la justicia correctiva se preocupa de enmendar errores. Si se deja de cumplir un contrato o se comete un agravio, la justicia correctiva trata de proporcionar una compensación adecuada a la parte agraviada; si se ha cometido un crimen, se ocupa de que el culpable reciba el justo castigo.
Aristóteles este gran filósofo creía en la severidad de las penas.
1.2-Platon.
Pensador filosofo, nacido en Atenas en el año 428 o 427 (A. C.), dicho filosofo pertenecía a una familia Aristocrática, lo que lo indujo a introducirse en la vida cultural y política de la ciudad. Platón, poeta y maestro, temperamento político le impulso a escribir tragedias, pero destruyo estos ensayos cuando a los 20 años se hizo discípulo de Sócrates, lo cual determino el rumbo de su vida Platón, puede ser considerado como un gran precursor de la Sociología del Derecho por haber dedicado gran parte de su vida al estudio del crimen.
Platón nos deja en sus escritos la idea del Estado como uno de sus mayores aportes. En este aspecto plantea que para la existencia de un Estado y gobierno ideal lo mejor era colocar a los filósofos en el estrado máximo, en la categoría superior de la estructura social del Estado; Según esta concepción eran los filósofos los más aptos para el gobierno y dirección de los pueblos, por estar mejor preparados mentalmente.
De esta forma la sociedad debería organizarse de acuerdo con el orden establecido por el Estado, y el Estado ideal se proponía como un orden propicio a la vida moral en que el bueno será estimulado al bien y el malo será corregido y educado, y el orden direccionado a hacer a los hombre felices y mejores, las leyes y el Derecho cumplirían una función educativa, la ley deberá conformarse en todos sus aspectos de tal manera que los seres humanos que viven bajo su dominio lleguen a ser mejores. Esto quiere decir que la ley tiene una función claramente educativa.
Pero la función del Derecho trae consigo también la persuasión de los hombres de obedecer las leyes.
En las leyes de Platón se da gran importancia al preámbulo de un estatuto, pues estos preámbulos tienen por objeto explicar a los ciudadanos cuáles son las razones que abonan la promulgación de dichas leyes; es decir, se proponen persuadir a los ciudadanos de que obedezcan la ley, en vez de limitarse a ordenarles que lo hagan. Así, al hombre que contraiga matrimonio antes de los treinta y cinco años deberá ser complementada con un preámbulo que explique la necesidad de la procreación a fin de mantener la supervivencia de la comunidad. Sólo en esta forma puede establecerse y sostenerse la autoridad de la ley.
Platón veía la solución del delito en la aplicación de la pena, la cual es la forma más correcta, la cual se ha implementando.
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CAPITULO II
Pensamiento de Montesquieu sobre el Derecho Penal
2.-Montequieu (1689-1755)
Este filósofo creador de la teoría de los tres tipos de gobiernos: El Republicano, El Monárquico y El Despótico. El primero es aquel en el que gobierna el pueblo, o una parte de él. El segundo, aquel donde gobierna uno solo, pero sujeto a reglas preestablecidas y el tercero, donde gobierna también uno solo, pero sin ley ni regla. A su vez, en la república, si el poder reside en el pueblo entero, es una democracia y si reside en parte de él, es una aristocracia.
A cada uno de los gobiernos le corresponde un principio, en atención a su naturaleza. El principio de la democracia es la virtud. El de la aristocracia es la templanza, la moderación. En la monarquía, el principio es el honor, que debe guiar a todas las partes que componen el Estado según sus prerrogativas, y las liga, para conseguir el bien común y en el despotismo, el principio será el temor, será necesario para mantener el poder y el orden.
Las leyes de cada Estado entre ellas, las leyes penales, cambian cuando cambian las leyes políticas la forma del Estado. No son las mismas leyes las que corresponden a la democracia que las que corresponden a la aristocracia o a la monarquía y mucho menos al despotismo.
Para Montesquieu, la utilidad es también el fundamento máximo de la ley penal. El hace hincapié en la proporción de la pena con la falta cometida, en la búsqueda de justicia al igualar el dolor de la pena al dolor del delito.
Montesquieu se opone a la idea de la pena como venganza a la ofensa cometida para con el príncipe, al desobedecer su ley.
La finalidad de la pena, la utilidad en la prevención del crimen, un buen legislador pensará menos en castigar los crímenes que en evitarlos, se ocupará más en morigerar que en imponer sus suplicios.
Montesquieu destaca que el procedimiento judicial debe garantizar una inspección seria y correcta del caso. No puede existir un proceso penal con celeridad extrema, sin atentar contra la libertad. No es verdad que la justicia deba proceder sin gastos, sin dilaciones, sin trámites, sin demoras. El respeto a la vida, el honor y la fortuna de los ciudadanos, hace que no se pueda proceder de esta manera, aunque para quienes buscan satisfacción de una ofensa, esto fuera deseable. Entre más se valore la libertad del ciudadano, más aumentarán las formalidades para dictar sentencia. Fundamento principal de la pena
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