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II. EMPRESA:

La empresa es la unidad básica que organiza la actividad industrial. La cantidad y el tipo de empresas existentes en un territorio son aspectos fundamentales para explicar su dinamismo y desarrollo. La legislación peruana contempla diferentes tipos de empresas las mismas que tienen básicamente diferencias por la cantidad de personas que la conforman, el tipo de la actividad que desean realizar, de acuerdo a la naturaleza de sus acciones o participaciones a terceros, el tamaño, el destino de los beneficios y forma jurídica de la empresa.

1.1. Conceptos de empresa según autores:

• El análisis económico clásico entiende a la empresa como un ente productivo que transforma materiales, esfuerzo, energía y otra serie de inputs en productos y/o servicios que posteriormente serán distribuidos entre los consumidores. La empresa clásica es por tanto, una función de producción que transforma inputs en outputs.

• Según el Diccionario de la Real Academia Española, “Empresa” es la unidad de organización dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios con fines lucrativos.

• Romero, autor del libro “Marketing” (1997), define la Empresa como “el organismo formado por personas, bienes materiales, aspiraciones y realizaciones comunes para dar satisfacciones a su clientela”.

• Según los autores del libro “Hacer Empresa: Un Reto”, a la empresa se la puede considerar como un sistema dentro del cual una persona o un grupo de personas desarrollan un conjunto de actividades encaminadas a la producción y/o distribución de bienes y/o servicios, enmarcados en un objeto social determinado.

• El aporte de Schumpeter a la construcción de la teoría del Desarrollo Económico, define a la empresa como “la realización de nuevas combinaciones”, y empresario al individuo encargado de dirigir dicha realización. El empresario es aquella persona que tiene iniciativa y capacidad para proponer y realizar nuevas combinaciones de medios de producción, por tanto la empresa es el proceso de innovación radical en sí mismo.

II. CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS: Según:

2.1. SECTORES ECONÓMICOS/ACTIVIDAD O GIRO:

 Empresas del sector primario:

También denominado extractivo, ya que el elemento básico de la actividad se obtiene directamente de la naturaleza: agricultura, ganadería, caza, pesca, extracción de áridos, agua, minerales, petróleo, energía eólica, etc.

Industria primaria: es aquella que centra su actividad productiva en la entrega de recursos naturales, el nombre industria primaria abarca lo que tradicionalmente se conoce como sector agro extractivo.

Hay empresas que tienen una gran relación con el sector agro extractivo, como es el caso de las empresas de conservas, embazadoras, barracas, por sólo nombrar algunas que no pertenecen al sector primario ya que el producto que entregan no está en su estado primitivo sino que en su elaboración se han agregado otras materias primas .

La denominación de primario se debe a que las actividades englobadas en este sector constituyen la fuente básica para la supervivencia de las sociedades, al proporcionarles alimentos y poner en marcha otros sectores económicos. El sector primario está formado por las actividades económicas relacionadas con la transformación Usualmente, los productos primarios son utilizados como materia prima en las producciones industriales.

La minería y otros sectores extractivos, a pesar de ser actividades cuya definición corresponde con la obtención de materias primas, no suelen considerarse como parte del sector primario a efectos de contabilidad nacional y se engloban con el sector energético y otros sectores industriales con los que comparten características (como la industria pesada). Por el contrario, los procesos industriales que se limitan a empacar, preparar o purificar los recursos naturales suelen ser considerados parte del sector primario, especialmente si dicho producto es difícil de ser transportado en condiciones normales a grandes distancias.

Ejemplo: Minera Antares Perú S.A.C. (Arequipa)

- Ganadería y agricultura:

La ganadería es una actividad económica de origen muy antiguo que consiste en el manejo de animales domesticables con fines de producción para su aprovechamiento. Dependiendo de la especie ganadera, se pueden obtener diversos productos derivados, tales como la carne, la leche, los huevos, los cueros, la lana y la miel, entre otros. Los ganados más importantes en número a nivel mundial son los relacionados con la ganadería bovina, la ovina y las porcinas. En estos casos el ganado aporta el estiércol, que es utilizado como abono, y los cultivos aportan el alimento para los animales.

La agricultura es el conjunto de técnicas y conocimientos para cultivar la tierra y la parte del sector primario que se dedica a ello. En ella se engloban los diferentes trabajos de tratamiento del suelo y los cultivos de vegetales. Comprende todo un conjunto de acciones humanas que transforma el medio ambiente natural, con el fin de hacerlo más apto para el crecimiento de las siembras.

Sector agrícola alimentos vegetales como cereales, frutas, hortalizas, pastos cultivados y forrajes; fibras utilizadas por la industria textil; cultivos energéticos y tubérculos; etc. Es una actividad de gran importancia estratégica como base fundamental para el desarrollo autosuficiente y riqueza de las naciones.

Ejemplo: Empresa Ganadera San Simón S.A.C. (Lima)

Empresa Ganadera la Florida S.R.L. (San Martín, Tabalosos)

- Las pesquerías:

Es el conjunto de actividades relacionadas con el arte u oficio de la pesca o captura de recursos animales marinos. Son innumerables las actividades relacionadas con la pesquería, desde los equipos y embarcaciones utilizadas en la captura específica de cada conjunto de recursos, pasando por su almacenaje durante la travesía, manejo hacia muelles y contenedores, almacenamiento en tierra, procesamiento de los productos embalaje y finalmente consumo Actualmente, las pesquerías basan sus capturas en un 90% pescado marítimo y un 10% pescado dulce-acuícolas. Cabe anotar que el pescado representa cerca del 12% de la proteína consumida mundialmente lo que hace que países alrededor del mundo inviertan en recursos marítimos pues dicho negocio representa un porcentaje importante del PBI de cada país.

Ejemplo: Empresa Capricornio S.A. (Lima-Callao)

 Sector secundario o industrial:

Características Generales:

- Transforma los recursos de la naturaleza en productos semielaborados o elaborados.

- Lo componen las siguientes actividades: la industria, la construcción y energía.

- Utiliza máquinas y fuentes de energía, y sus procesos se realizan en la fábrica.

- Tiene en común el uso de recursos naturales; capital y mano de obra que hoy está muy especializada. Comprende todas las actividades económicas de un país relacionadas con la transformación de industrias de alimentos y otros tipos de bienes o mercancías. Forma parte de la actividad económica. Los distintos procesos, son cada vez más automatizados

El sector secundario acoge fundamentalmente tres ramas productivas:

• La industriales la actividad transformadora por excelencia. Incluye todas las actividades que a partir de una materia prima elaboran un bien que es dirigido al mercado, donde:

- Lo adquiere un consumidor para su uso y consumo

- Lo adquiere otra industria para añadirle otra transformación

- Lo adquiere otra actividad económica (del sector primario, secundario o terciario) como medio de producción.

El sector industrial acoge los procesos de producción en los que se utilizan máquinas, que se denominan propiamente industrias, y los que no lo hacen (lo fundamental es la mano de obra), aunque utilice herramientas “manuales”, y que se denominan artesanía.

Ejemplo: P & G INDUSTRIAL PERÚ S.R.L.

• El sector energético, que incluye actividades que van desde la extracción de las fuentes de energía, su transformación en energía utilizable, y su transporte y distribución hasta los consumidores.En tecnología y economía, una fuente de energía es un recurso natural, así como la tecnología asociada para explotarla y hacer un uso industrial y económico del mismo. La energía en sí misma nunca es un bien para el consumo final sino un bien intermedio para satisfacer otras necesidades en la producción de bienes y servicios. Al ser un bien escaso, la energía es fuente de conflictos para el control de los recursos energéticos.

Ejemplo: Electro Oriente S.A

• La construcción es el proceso de armar cualquier cosa, como casas, rascacielos, puentes, presas, caminos e incluso barcos. Cuando hablamos de construcción, nos referimos a diversas formas y combinaciones de cómo hacer o crear varios tipos de estructura. La construcción se dirige hacia el terreno donde la mano de obra trabaja con aparatos superiores y más integrados; y así dejando atrás la mano de obra tradicional. Además, la construcción actual se complementa o se integra, a un más en la coordinaciones de las dimensiones, por lo tanto, es por esto que diseñamos las edificaciones y los aparatos se elaboran en una diversidad de patrones estándar, lo que disminuye los errores y las malas edificaciones en la construcción, y así evitamos tener que romper paredes, tapar huecos, etc. Después de hecho. Y por esta gran habilidad que las contriciones ha ido creciendo y mejorando, llegando así a construir grandes complejos y estructuras, como ciudades y sectores enteros, los centros comerciales, ciudades dormitorio, campos universitarios, etc. En general, utiliza productos semielaborados (ladrillos, cemento, aluminio, etc.) para acabar bienes que los consumidores utilizamos como vivienda, medios de comunicación o infraestructuras en general.

Ejemplo: Casa H & H constructores S.A.C.

 Sector terciario o de servicios:

Incluye a las empresas cuyo principal elemento es la capacidad humana para realizar trabajos físicos o intelectuales. Comprende también una gran variedad de empresas, como las de transporte, bancos, comercio, seguros, hotelería, asesorías, educación, restaurantes, etc.

El sector servicios, también conocido como sector terciario, es uno de los tres grandes sectores en los que se dividen las actividades económicas.

En general, podemos definirlo como el sector que no produce bienes materiales, sino que provee a la población de servicios necesarios para satisfacer sus necesidades. Este sector es muy variado y engloba una amplia gama de actividades: comercio, transporte, comunicaciones, servicios financieros, servicios sociales (educación, sanidad), turismo y un largo etcétera. En las últimas décadas, este sector se ha diversificado y ha crecido de forma espectacular. En los países más desarrollados, el sector terciario conforma en torno al 70% del producto interior bruto.

• Tipos de actividades terciarias

El sector servicios es enormemente heterogéneo, en él se engloban actividades muy diversas que se pueden clasificar siguiendo diferentes criterios.

En primer lugar, teniendo en cuenta quien gestiona el servicio, podemos distinguir dos grandes grupos:

- Servicios públicos: prestados por las administraciones públicas con los ingresos obtenidos por los impuestos. En algunos casos, el Estado tiene el monopolio de ese servicio: administración (funcionarios), defensa (ejércitos) y orden público (policías). En otros, el Estado es principal proveedor de esos servicios: sanidad y educación.

Ejemplo: Hospital de la Solidaridad, Institución Educativa Santa Rosa.

- Servicios privados: prestados por empresas privadas en busca de un beneficio económico. Aquí estarían los demás servicios (transporte, turismo, ocio, comercio, actividades financieras, etc.).

Ejemplo: Tabacalera del Oriente S.A.C.

Supermercado la Inmaculada S.A.C.

En segundo lugar podemos distinguir diversos grupos, según el tipo de servicio prestado:

- Servicios sociales: administración pública, educación, sanidad. Estas actividades son gestionadas mayoritariamente por el Estado.

- Servicios de distribución: comercio, transportes, comunicaciones, correo.

Ejemplo: Grupo Horna S.A.C. - GH Bus

- Servicios al consumidor: hostelería, restauración, ocio, cultura, doméstico, etc.

Ejemplo: Cerro Verde Tarapoto Hostal S.A.C.

- Servicios a las empresas: bancos, seguros, etc. Estos servicios también son prestados a los particulares.

Ejemplo: Banco Continental

MAFPRE Perú compañía de seguros y reaseguros S.A.

• El sector servicios en la sociedad de la información: el sector cuaternario.

La economía mundial y, especialmente, la de los países desarrollados ha vivido una gran transformación en las últimas décadas. El desarrollo de la sociedad de la información ha llevado a que algunos autores hablen de un nuevo sector económico, el sector cuaternario que incluiría servicios altamente intelectuales ligados a la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica (I+D+I). Este sector económico estaría formado por las tecnologías de la información, las telecomunicaciones, otras industrias de alta tecnología. También se incluiría la educación, la investigación científica, las bibliotecas y otras industrias culturales.

El desarrollo de este sector es clave para el triunfo económico de cualquier país.

2.2. SU NATURALEZA JURÍDICA:

La legislación de cada país regula las formas jurídicas que pueden adoptarlas empresas para el desarrollo de su actividad. La elección de su naturaleza jurídica condicionará la actividad, las obligaciones, los derechos y las responsabilidades de la empresa. De acuerdo a la legislación peruana, todas las empresas requieren estar constituidas legalmente para poder funcionar. Una empresa es una acción individual o conjunta (de varias personas) para lograr un fin determinado, en la cual se aportan esfuerzos y patrimonios. En particular, según la legislación peruana las empresas se clasifican en:

2.2.1. Empresas individuales:

a. Empresa Unipersonal: El empresario o propietario, persona con capacidad legal para ejercer el comercio, responde de forma ilimitada con todo su patrimonio ante las personas que pudieran verse afectadas por el accionar de la empresa. Por lo general, este tipo de empresa se halla constituida por el profesional, el artesano o el comerciante que opera por su cuenta un despacho, un taller o una tienda; sin embargo, en la actualidad también se debe considerar a los millones de trabajadores o emprendedores en internet que han iniciado y mantienen un negocio en la Red o prestan servicios a través de ella. La empresa individual tiene un inconveniente, el de no poder extenderse generalmente más allá de cierto límite, porque depende de una sola persona; si ésta muere, envejece o enferma, la empresa puede desaparecer aun cuando su continuación pudiera haber sido tan beneficiosa para la comunidad o sus servidores.

Ejemplo:

El señor Pedro Núñez que ejerce el oficio de gasfitero, o la señora María Ruiz, que teje chompas en su casa.

- Ventajas de formar una empresa individual como persona natural:

- La constitución de una empresa Unipersonal es sencilla, rápida, sin muchos trámites y poca inversión.

- Si tu negocio no te brinda los resultados que esperabas, puedes replantear sin ningún inconveniente giro del negocio.

- En relación al pago de tributos, las empresas unipersonales pueden acogerse al régimen único simplificado (Rus), en el cual sólo harás un pago único mensual de acuerdo a los ingresos.

- En aspectos laborales, podrá acreditarse como microempresa y acogerse a los beneficios del Régimen Laboral Especial.

b. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L): Está regida por la Ley Nº 21621 y sus modificatorias 26312 y 26364.

Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con patrimonio distinto al de su titular. La responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio y el Titular de la misma no responde personalmente por las obligaciones contraídas por ésta. Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa.

- Denominación: La empresa adoptará una denominación o razón social que le permita individualizarla, seguida de la indicación Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o la sigla E.I.R.L.

- Capital: Constituido inicialmente por los bienes que aporta quien la constituye y es determinado por el titular. Estos pueden ser:

Bienes dinerarios (efectivo).

Bienes no dinerarios (muebles, enseres, máquinas, equipos, etc.)

Bien mixto (efectivo y no dinerario).

- Objeto social: La actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros.

- Órganos de la empresa:

Titular: órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la disposición de los bienes y actividades.

Gerencia: Órgano que tiene a su cargo la administración y la representación de la Empresa, es designado por el Titular.

El Titular, puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso asumirá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos, debiendo denominarse le Titular Gerente.

Ejemplo:

- Empresa Radio Difusora la Región E.I.R.L(Moyobamba)

- Polos Hada E.I.R.L. (Jirón Jiménez Pimentel,319San Martín )

EMPRESA UNIPERSONAL EMPRESA INDIVUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (E.I.R.L)

- Es operada por una persona natural. Generalmente usando sólo su nombre.

- La responsabilidad que asume el empresario ante terceros es a través de sus bienes personales, sin límite de ninguna clase. - Es operada por una persona jurídica. Usando las siglas E.I.R.L.

- La responsabilidad que asume el empresario ante terceros es sólo hasta por el monto del patrimonio de la empresa, a eso se refiere la “responsabilidad limitada”.

2.2.2. Empresas asociativas: Son las empresas de propiedad de dos o más personas llamados socios.

a. Sociedades Mercantiles:

 Sociedad anónima:

La sociedad anónima es la que existe entre dos o más personas bajo una denominación social y se compone exclusivamente de socios cuya responsabilidad por las pérdidas se limita a sus aportes. Su capital estará representado por títulos esencialmente negociables denominados acciones, las cuales deberán ser íntegramente suscritas y pagadas antes de su emisión.

La sociedad anónima puede adoptar cualquier denominación, pero debe figurar necesariamente la indicación "sociedad anónima" o las siglas "S.A.". Cuando se trate de sociedades cuyas actividades sólo pueden desarrollarse, de acuerdo con la ley, por sociedades anónimas, el uso de la indicación o de las siglas es facultativo.

En la sociedad anónima el capital está representado por acciones nominativas y se integra por aportes de los accionistas, quienes no responden personalmente de las deudas sociales. No se admite el aporte de servicios en la sociedad anónima.

Para que se constituya la sociedad es necesario que tenga su capital suscrito totalmente y cada acción suscrita, pagada por lo menos en una cuarta parte. Igual regla rige para los aumentos de capital que se acuerden.

- Características:

Nombre: El nombre que se elija seguido de las siglas S.A. por ejemplo: EL TROME S.A.

Clases de socios: Los socios son denominados accionistas.

Número de socios: Un mínimo de dos y un máximo ilimitado.

Aporte de socios: Solo aportan capital en forma de acciones.

Representación de los socios: Los socios están representados por el número de acciones.

Responsabilidad de los socios: Su responsabilidad se limita al aporte efectuado en acciones a la empresa.

- Capital social: Está representado por acciones y se integra a los aportes de cada uno de los socios, quienes no responden personalmente de las deudas sociales. El aporte puede ser en efectivo y/o en bienes (muebles, enseres, maquinarias y equipos).

- Objeto social: Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros.

- Órganos de la sociedad:

Junta General de Accionistas: Es el órgano superior de la sociedad, está integrado por el total de socios.

Directorio: Es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas. En ningún caso el número de directores es menor de tres.

Gerente: Es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y administrador de la empresa.

Sub-Gerente: Reemplazará al Gerente en caso de ausencia.

Ejemplo: EMAPA San Martín S.A.

• Sociedad anónima cerrada: La sociedad anónima puede sujetarse al régimen de la sociedad anónima cerrada cuando tiene no más de veinte accionistas y no tiene acciones inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores. La denominación debe incluir la indicación "Sociedad Anónima Cerrada", o las siglas S.A.C.Derecho de Adquisición Preferente (Art. -237 de la NLGS).

Se contempla que ante la eventualidad de que un accionista se proponga transferir total o parcialmente sus acciones a cualquier persona (otra accionista o un tercero).Deberá posibilitar el derecho de adquisición preferente a los demás accionistas. Se regula, de esta forma el derecho de preferencia o de tanteo, que beneficia tanto a los socios como a la sociedad que tiene el carácter de inderogable en este tipo de Sociedad Anónima.

La S.A.C. se constituye en, acto único está compuesta por un mínimo, de: dos y un máximo de veinte accionistas.

- Características:

- Derecho de Adquisición Preferente (Art. -237 de la NLGS). Se contempla que ante la eventualidad de que un accionista se proponga transferir total o parcialmente sus acciones a cualquier persona (otra accionista o un tercero).Deberá posibilitar el derecho de adquisición preferente a los demás accionistas. Se regula, de esta forma el derecho de preferencia o de tanteo, que beneficia tanto a los - socios como a la sociedad que tiene el carácter de inderogable en este tipo de Sociedad Anónima.

- La S.A.C. se constituye en, acto único.

- Está compuesta por un mínimo, de: dos y un máximo de veinte accionistas.

- No tiene acciones inscritos en el Registro Público del mercado de valores.

- Las transferencias de acciones y su valuación se encuentran reguladas en el Estatuto mediante el cual se establecen pactos, plazos y condiciones.

- Puede llevar Directorio, siempre y cuando lo aprueben en sus estatutos.

- Órganos de gobierno:

Junta General de Accionistas: integrado por el número de socios, para resolver asuntos relacionados con la marcha de la sociedad.

Directorio: Órgano colegiado compuesto por los Directores con facultades, de gestión y representación legal, el directorio puede ser unipersonal o no existir en la S.A. C.

Gerente: Persona encargada de la Administración directa e inmediata de la sociedad anónima y de ejecutar las decisiones del Directorio.

Ejemplo: Supermercado la Inmaculada S.A.C.

• Sociedad anónima abierta: La sociedad anónima es abierta cuando se cumpla uno a más de las siguientes condiciones:

- Ha hecho oferta pública primaria de acciones u obligaciones convertibles en acciones; Tiene más de setecientos cincuenta accionistas. Más del 35% de su capital pertenece a 175 o más accionistas, sin considerar dentro de este número aquellos accionistas cuya tenencia accionaria individual no alcance al dos por mil del capital o exceda del cinco por ciento del capital; Se constituya como tal; o, Todos los accionistas con derecho a voto aprueban por unanimidad la adaptación a dicho régimen.

- Los accionistas responden ante terceros sólo con lo aportado

- Las acciones están inscritas inscritos en el Registro Público del mercado de valores

- La denominación debe incluir la indicación "Sociedad Anónima Abierta" o las siglas "S.A.A.".

- Órganos de gobierno:

Junta General de Accionistas: integrado por el número de socios, para resolver asuntos relacionados con la marcha de la sociedad.

Directorio: Órgano colegiado compuesto por los Directores con facultades, de gestión y representación legal,.

Gerente: Persona encargada de la Administración directa e inmediata de la sociedad anónima y de ejecutar las decisiones del Directorio.

- Ejemplo: Scotiabank Perú S.A.A, Telefónica SAA

 Sociedad comercial de responsabilidad limitada:

La Sociedad de Responsabilidad Limitada es la forma societaria alternativa para la organización jurídica de empresas medianas y pequeñas.

El número de sus socios está sujeto a un máximo de 20. Las participaciones en que se divide el capital no se pueden incorporar en certificados. La voluntad social puede formarse sin que necesariamente deba haber junta general para ello.

- Capital social: El capital está integrado por las aportaciones de los socios, dividido en participaciones sociales iguales, acumulables e indivisibles. Estas participaciones no podrán ser incorporadas en títulos valores ni denominarse acciones. Al constituirse la sociedad el capital debe estar pagado en no menos del 25% de cada participación y depositado en una entidad bancaria a nombre de la sociedad.

- Órganos de la empresa:

Junta General de Socios: Representa a todos los socios de la empresa.

Gerencia: Es el órgano encargado de la dirección y administración de la sociedad y es el representante legal de la empresa.

Ejemplo: Vigilancia y seguridad del Perú región oriente S.R.L (Iquitos)

 Sociedad colectiva:

En la sociedad colectiva los socios responden en forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales. Todo pacto en contrario no produce efecto contra terceros.

La sociedad colectiva realiza sus actividades bajo una razón social que se integra con el nombre de todos los socios o de algunos o alguno de ellos, agregándose la expresión "Sociedad Colectiva" o las siglas "S.C.".La persona que, sin ser socio, permite que su nombre aparezca en la razón social, responde como si lo fuera.

La sociedad colectiva tiene plazo fijo de duración. La prórroga requiere consentimiento unánime de los socios y se realiza luego de haberse cumplido con lo establecido en el artículo 275.

 Sociedad en comandita:

En las sociedades en comandita, los socios colectivos responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones sociales, en tanto que los socios comanditarios responden solo hasta la parte del capital que se hayan comprometido a aportar. El acto constitutivo debe indicar quienes son los socios colectivos y quienes los comanditarios. La sociedad en comandita realiza sus actividades bajo una razón social que se integra con el nombre de todos los socios colectivos, o de algunos o alguno de ellos, agregándose, según corresponda, las expresiones "Sociedad en Comandita" o "Sociedad en Comandita por Acciones", o sus respectivas siglas "S. en C." o "S. en C. por A.". El socio comanditario que consienta que su nombre figure en la razón social responde frente a terceros por las obligaciones sociales como si fuera colectivo.

El pacto social debe contener las reglas particulares a la respectiva forma de sociedad en comandita que se adopte y además puede incluir los mecanismos, procedimientos y reglas, así como otros pactos lícitos, que a juicio de los contratantes sean necesarios o convenientes para la organización y funcionamiento de la sociedad, siempre que no colisionen con los aspectos sustantivos de la respectiva forma de sociedad en comandita.

• Sociedad en comandita simple: A la sociedad en comandita simple se aplican las disposiciones relativas a la sociedad colectiva. Esta forma societaria debe observar, particularmente, las siguientes reglas:

El pacto social debe señalar el monto del capital y la forma en que se encuentra dividido. Las participaciones en el capital no pueden estar representadas por acciones ni por cualquier otro título negociable.

Los aportes de los socios comanditarios solo pueden consistir en bienes en especie o en dinero. Salvo pacto en contrario, los socios comanditarios no participan en la administración. Para la cesión de la participación del socio colectivo se requiere acuerdo unánime de los socios colectivos y mayoría absoluta de los comanditarios computada por capitales. Para la del comanditario es necesario el acuerdo de la mayoría absoluta computada por persona de los socios colectivos y de la mayoría absoluta de los comanditarios computada por capitales.

• Sociedad en comandita por acciones: La sociedad en comandita por acciones se compone de uno o varios socios comanditados que tendrán la calidad de comerciantes y responderán indefinida y solidariamente de las deudas sociales, y de socios comanditarios, que tendrán la calidad de accionistas y sólo soportarán las pérdidas en la proporción de sus aportes. Su capital social estará dividido en acciones. El número de los socios comanditarios no podrá ser inferior a tres. Esta forma societaria debe observar, particularmente, las siguientes reglas:

El integro de su capital está dividido en acciones, pertenezcan estas a los socios colectivos o a los comanditarios. Los socios colectivos ejercen la administración social y están sujetos a las obligaciones y responsabilidades de los directores de las sociedades anónimas.

Los administradores pueden ser removidos siempre que la decisión se adopte con el quórum y la mayoría establecidos para los asuntos a que se refiere los artículos 126 y 127 de la presente ley. Igual mayoría se requiere para nombrar nuevos administradores. Los socios comanditarios que asumen la administración adquieren la calidad de socios colectivos desde la aceptación del nombramiento. El socio colectivo que cese en el cargo de administrador, no responde por las obligaciones contraídas por la sociedad con posterioridad a la inscripción en el Registro de la cesación en el cargo. La responsabilidad de los socios colectivos frente a terceros se regula por las reglas de los artículos 265 y 273; y las acciones pertenecientes a los socios colectivos no podrán cederse sin el consentimiento de la totalidad de los colectivos y el de la mayoría absoluta, computada por capitales, de los comanditarios; las acciones de estos son de libre transmisibilidad, salvo las limitaciones que en cuanto a su transferencia establezca el pacto social.

b. Sociedades Civiles:

La Sociedad Civil se constituye para un fin común de carácter económico que se realiza mediante el ejercicio personal de una profesión, oficio, pericia, practica u otro tipo de actividades personales por alguno, algunos o todos los socios.

La sociedad civil ordinaria y la sociedad civil de responsabilidad limitada desenvuelven sus actividades bajo una razón social que se integra con el nombre de uno o más socios y con la indicación "Sociedad Civil" o su expresión abreviada "S. Civil"; o, "Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada" o su expresión abreviada "S. Civil de R. L.".

El capital de la sociedad civil debe estar íntegramente pagado al tiempo de la celebración del pacto social. Las participaciones de los socios en el capital no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones. Ningún socio puede transmitir a otra persona, sin el consentimiento de los demás, la participación que tenga en la sociedad, ni tampoco sustituirse en el desempeño de la profesión, oficio o, en general, los servicios que le corresponda realizar personalmente de acuerdo al objeto social. Las participaciones sociales deben constar en el pacto social. Su transmisión se realiza por escritura pública y se inscribe en el Registro.

 Sociedad civil ordinaria:Los socios responden personalmente y en forma subsidiaria, con beneficio de excusión, por las obligaciones sociales y lo hacen, salvo pacto distinto, en proporción a sus aportes. Se constituye con el nombre de uno o más socios, precedido de la frase Sociedad Civil o las siglas S. Civil.

- Los socios responden personalmente y en forma subsidiaria ante terceros.

- El capital debe estar íntegramente pagado al momento de celebrar el pacto social.

- Las aportaciones pueden ser en bienes y dinero.

- La administración está regida por una o varios socios administradores.

 Sociedad civil de responsabilidad limitada: Cuyos socios no pueden exceder de treinta, no responden personalmente por las deudas sociales.

Características:

- Los socios no deben exceder de 30.

- Los socios responden solo con lo aportado.

- El capital debe estar íntegramente pagado al momento de celebrar el pacto social.

- La Razón social lleva las siglas S. Civil de RL.

- Su órgano máximo es la junta general de socios.

c. Sociedades Cooperativas:

Sociedades constituidas por un grupo de personas, que se unen voluntariamente con el propósito de prestarse a sí mismos, uno o más servicios o proveerse de una actividad de la que pueda vivir, la sociedad ellos mismos lo conducirán.

En las cooperativas las personas se reúnen con el fin de resolver ciertos problemas que le son comunes, pero sin buscar el lucro, que es uno de los principios básico de las cooperativas, sus características son:

- Su capital social está constituido por los aportes de los socio, lo mismos que pueden ser dinero, bienes, muebles y /o servicios.

- Los socios tiene responsabilidad limitada.

- La administración está a cargo de la Asamblea General de Delegados, el consejo de administración y consejo de Vigilancia.

- Está regida por el D. S. Nº 074-90-TR-, Texto Único Ordenado de la Ley General de cooperativas y otras normas complementarias.

2.3. EL ORIGEN DE SU CAPITAL:

Dependiendo del origen de las aportaciones de su capital y del carácter a quien se dirijan sus actividades las empresas pueden clasificarse en:

 Empresas privadas:

Una empresa privada o empresa de capital cerrado es una empresa dedicada a los negocios cuyos dueños pueden ser organizaciones no gubernamentales, o que están conformadas por un relativo número de dueños que no comercian públicamente en una bolsa de valores. Para entrar a esa empresa hace falta ser socio o trabajador. Sus dueños pueden ser personas jurídicas y también personas físicas; ya que es una unidad administrativa constituida legalmente para la realización de beneficios a través de la actividad productiva o la prestación de servicios, en la que el capital es aportado y poseído por individuos particulares.

- Nacionales: Cuando los inversionistas son 100% del país.

- Extranjeros: Cuando los inversionistas son nacionales y extranjeros.

- Trasnacionales; Cuando el capital es preponderantemente (que tiene más importancia) de origen extranjero y las utilidades se reinvierten en los países de origen.

 Públicas:

En este tipo de empresas el capital pertenece al Estado y generalmente su finalidad es satisfacer necesidades de carácter social. Son aquellas entidades que pertenecen al Estado, y tienen personalidad jurídica, patrimonio y régimen jurídico propios. Se crean para la realización de actividades mercantiles, industriales y cualquier otra actividad conforme a su denominación y forma jurídica. Las empresas públicas pueden ser las siguientes:

- Centralizadas: Cuando los organismos de las empresas se integran en una jerarquía que encabeza directamente el Presidente de la República, con el fin de unificar las decisiones, el mando y la ejecución.

- Desconcentradas: Son aquellas que tienen determinadas facultades de decisión limitada, que manejan su autonomía y presupuesto, pero sin que deje de existir su nexo de jerarquía.

- Descentralizadas: Son aquellas en las que se desarrollan actividades que competen al estado y que son de interés general, pero que están dotadas de personalidad, patrimonio y régimen jurídico propio.

- Estatales: Pertenecen íntegramente al estado, no adoptan una forma externa de sociedad privada, tiene personalidad jurídica propia, se dedican a una actividad económica y se someten alternativamente al derecho público y al derecho privado.

- Mixtas y Paraestatales: En éstas existe la coparticipación del estado y los particulares para producir bienes y servicios. Su objetivo es que el estado tienda a ser el único propietario tanto del capital como de los servicios de la empresa.

2.4. SU TAMAÑO O DIMENSIÓN:

En función a la ley de MYPEs, mencionar sus características de cada una, existe una nueva ley la Nº 30056 y el D.S. Nº 013-2,013-Produce

Para definir el tamaño se hace en base al número de trabajadores, ingresos por ventas, el monto de la inversión el valor de los activos, etc.

Las MYPE según el D.S. 007-2008-TR aprueba el TUO de la Ley de promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de la micro y pequeña empresa y del acceso al empleo decente (p.01/10/08) y D.S. Nº 008-2008-TR Reglamento de la Ley de promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de la micro y pequeña empresa y del acceso al empleo decente (p.01/10/08)

 Micro empresa de uno (1) a diez (10) trabajadores inclusive y Ventas anuales hasta el monto máximo de 150 UIT.Por lo general, la empresa y la propiedad son de propiedad individual, los sistemas de fabricación son prácticamente artesanales, la maquinaria y el equipo son elementales y reducidos, los asuntos relacionados con la administración, producción, ventas y finanzas son elementales y reducidos y el director o propietario puede atenderlos personalmente.

 Pequeña empresa de uno (1) hasta cien (100) trabajadores y Ventas anuales no mayor a 1700 UIT. En términos generales, las pequeñas empresas son entidades independientes, creadas para ser rentables, que no predominan en la industria a la que pertenecen, cuya venta anual en valores no excede un determinado tope y el número de personas que las conforman no excede un determinado límite.

 Mediana empresa (100 a 200 trabajadores) más de 1700 UIT de ventas. En este tipo de empresas intervienen varios cientos de personas y en algunos casos hasta miles, generalmente tienen sindicato, hay áreas bien definidas con responsabilidades y funciones, tienen sistemas y procedimientos automatizados.

 Gran empresa (más de 200 trabajadores). Se caracterizan por manejar capitales y financiamientos grandes, por lo general tienen instalaciones propias, sus ventas son de varios millones de dólares, tienen miles de empleados de confianza y sindicalizados, cuentan con un sistema de administración y operación muy avanzado y pueden obtener líneas de crédito y préstamos importantes con instituciones financieras nacionales e internacionales.

2.5. SU ÁMBITO DE ACTUACIÓN:

 Empresas locales.- su ámbito de acción es dentro de la una ciudad o provincia.

 Empresas regionales.- su ámbito de acción es varias provincias dentro de una región.

 Empresas nacionales.- opera en más de una región o en todo el país.

 Empresas multinacionales (trasnacionales).- opera en dos o más países.

2.6. SEGÚN DESTINO DE BENEFICIOS:

 Empresa con Fines de Lucro: Son aquéllas que buscan con sus actividades obtener ganancias económicas.

 Empresa sin fines de Lucro: Aquéllas que les interesa más el factor social y la ayuda a la comunidad.

2.7. SEGÚN SU PERSONERÍA

 Empresa con personería natural: Es inherente a la persona física que desarrolla la actividad económica.

 Empresa con personería jurídica: Es toda aquella empresa que la Ley le reconoce derechos y puede contraer obligaciones civiles y es apta para ser representada judicial y extrajudicial.

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