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ANALISIS DE CASOS DIFICILES


Enviado por   •  8 de Agosto de 2017  •  Trabajos  •  2.326 Palabras (10 Páginas)  •  227 Visitas

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ASIGNATURA:

                          FILOSOFIA DEL DERECHO.

TAREA:            ANALISIS DE CASOS DIFICILES

CATEDRATICA:         ABG.  JULISSA JESSENIA AGUILAR.


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INTRODUCCION

La argumentación jurídica es un proceso cognitivo especializado (teórico o practico) que se realiza mediante concatenación de inferencias jurídicas consistentes, coherentes, exhaustivas, teleológicas, fundadas en la razón suficiente, y con conocimiento idóneo sobre el caso objeto de la argumentación.

Los Jueces gozan de un margen discrecional para tomar sus decisiones, pero esa discrecionalidad o potestad de elegir una entre varias alternativas, o de decidir en base a la única solución legítima al conflicto, no debe ser ejercida de manera arbitraria. La razonabilidad es el criterio demarcatorio de la discrecionalidad frente a la arbitrariedad. Y como la motivación es el vehículo por el cual el juez manifiesta la razonabilidad de su decisión, ella debe reflejar su raciocinio y la justificación del resultado. El juez debe decidir dentro de los límites en los que puede motivar; no aquello sobre lo que no puede dar razones.

En el Siguiente Informe se dará a conocer el análisis de dos casos que construimos como grupo, esto es referente a la evaluación del módulo 9, la cual siguiendo las pautas de la abogada escogimos dos casos difíciles uno de una sentencia de aborto, y una sentencia de un matrimonio entre personas del mismo sexo.

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PREAMBULO.

Derecho a la vida o sentencia sobre aborto[pic 5]

Consideramos Importante Resaltar que el debate sobre el derecho a la vida había sido materia de discusión únicamente en el derecho penal, campo exclusivo en el que las violaciones concretas al derecho a la vida (en concreto a la vida humana, que es a la que habrá de seguir refiriéndonos) eran puestas en cuestión. Nuestra actualidad científica ha cambiado la sede del debate a los más complejos campos del derecho privado y el derecho constitucional.

De esta forma, las dificultades que entraña una definición del derecho a la vida pasan, por supuesto, por las definiciones, entre otras, de las categorías jurídicas de sujeto, persona y ser humano; pero particularmente entraña una definición de lo que el término vida significa jurídicamente y, por lo tanto, sobre el momento en que ésta comienza y el instante en que el ser humano deviene titular de este derecho, si se concluye que tal derecho existe. 

Otra dificultad, en consecuencia, es la de determinar si se trata de un derecho absoluto o relativo; si se habla de un derecho fundamental, en la acepción moderna del término, y quién es su titular; es decir, si se trata del opuesto a un derecho de la mujer para disponer de su propio cuerpo, o si, en cambio, el titular es el producto de la concepción desde el momento mismo en que se verifica

El objeto de analizar los argumentos si existe la posibilidad de establecer un contenido claro al derecho a la vida, o bien, si simplemente se trató, en el caso, de una sentencia sobre aborto. Es decir, si únicamente quedó resuelto el tema del aborto sin hacer una definición de lo que constitucionalmente debe entenderse protegido como resultado de su análisis o, si bien, los elementos de ese análisis permiten entender el alcance de ese derecho.

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Como Grupo n.4 hemos decidido la discusión del caso difícil de la sentencia de un aborto.[pic 8]

ANALISIS DEL CASO SOBRE SENTENCIA DEL ABORTO.

Consideramos Importante mencionar que, Si la Constitución y los tratados internacionales protegen la vida del producto de la concepción, entonces la ley debe proteger la vida, luego, si el Código Penal sanciona a quien comete el delito de aborto, el Código Penal protege la vida.

Existiendo la sanción en el Código Penal a quien prive de la vida al producto de la concepción, se establecen excepciones en la sanción a ese delito.

HECHOS DEL CASO.

El caso trata de una de una joven de 16 años en ese entonces, que durante su periodo de gestación los médicos le diagnosticaron una enfermedad grave a su no nato hijo, a lo cual los médicos le aconsejaron que abortara, debido a la magnitud de la enfermedad que tenía su bebé. La enfermedad que el feto tenía era anencefalia que es una mal formación en el cerebro careciendo parte de éste. La joven reclamaba su derecho al aborto, pero el Gobierno Peruano le negó la petición por el Derecho a la vida establecido en todos los ordenamientos jurídicos de cada país así como en los tratados, convenios de los que forman parte. Teniendo el aborto una pena de reclusión. Pero debido a la situación que ella pasaba se dio una serie de casos que veremos a continuación. Terminando con una indemnización por parte del Gobierno Peruano.

ARGUMENTOS UTILIZADOS.

Argumento 1: Es una situación difícil traer un niño al mundo que por las deficiencias que fueron identificadas en el por los médicos, se sabe que el niño sufrirá toda su vida y no solo El sino también sus padres y el gasto que incurrirán en tratar su enfermedad por el resto de su vida.[pic 9]

Argumento 2. Según el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el aborto es considerado como ´´ un derecho humano´´ y que el gobierno debe velar por proteger este derecho y no atentar contra éste.

Argumento 3. El aborto se supone debe ser legal porque la mujer tiene derecho a decidir sobre su propio cuerpo.

Argumento 4. Además en Perú, acabar con la vida de un no nato está prohibido, salvo en casos cuándo la madre se encuentre en peligro de muerte, de lo contrario es un delito penado con reclusión para la mujer y quienes colaboren en la acción del aborto.

RESOLUCION FINAL DICTADA POR EL  JUEZ.

Hemos escuchado ya los argumentos conservadores usuales: que el feto, “único inocente”, tiene derecho a la vida sin excepción (como si la “inocencia” fuera requisito para ser titular de derechos humanos), que la solución no es el aborto, sino que acompañar a la Joven en este duro trance para que luego dé el bebé en adopción, etc. El comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas condenó la decisión que tomó el Gobierno de Perú por haberle negado el derecho al aborto a una joven de 16 años en el año 2001. Ella solicitó permiso para abortar a su hijo no nato porque fue diagnosticado con una enfermedad que lo marcaría por el resto de su vida, debido a que fue denegado por ser un delito que atenta contra la vida, El Juez en base a sus criterios basados en las reglas de la sana crítica, máximas de la experiencia y todos los conocimientos científicos y humanos que pueda tener, sabe que un bebé es un ser que no se puede defender y permitirlo sería crear un impacto a la sociedad por la magnitud del evento y sería permitir futuros caso no solo de enfermedad, de violaciones, si no cualquier otro que haya sido mediante consentimiento y que la decisión sea solamente no querer tenerlo. En este caso ella tuvo que tener a su bebé y solo vivió 4 días, debido a esto la joven entró en una gran depresión por lo que le había pasado y al ver morir a sus bebé, motivos por los cuales ella presentó una denuncia ante el Comité de Derechos Humanos ante la ONU por que el Gobierno Peruano le violentó sus derechos recogidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos al no poder abortar su bebé, fundamentándose en el derecho a la indemnización efectiva, la prohibición a la tortura y trato cruel, tratos inhumanos y degradantes, el derecho a la vida privada y el derecho a medidas de protección del menor. Por lo tanto, el Gobierno Peruano la indemnizó por todas las situaciones causadas.[pic 10]

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