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Actividad 1 etica profesional 2019


Enviado por   •  26 de Junio de 2019  •  Exámen  •  337 Palabras (2 Páginas)  •  153 Visitas

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Actividad 1

El Colegio Profesional de Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba fue creado por ley 9445 de fecha Noviembre del 2007. Que en su artículo 26 establece: créase el Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios de la Provincia de Córdoba, el que actuará con el carácter, derechos y obligaciones de las personas jurídicas de derecho público no estatal, conforme a lo dispuesto por el artículo 37 de la Constitución Provincial, teniendo su domicilio legal y asiento principal en la Ciudad de Córdoba, con jurisdicción en toda la Provincia de Córdoba.

Son funciones del Colegio Profesional:

  • Defender la actividad profesional, controlar la matrícula habilitante, llevar el registro y ejercer su gobierno;
  • Otorgar la habilitación profesional y la credencial correspondiente;
  • Recibir el juramento profesional;
  • Sancionar su Estatuto y el Código de Ética que regirá la actividad profesional del matriculado;
  • Ejercer la potestad disciplinaria sobre todos los profesionales matriculados (artículo 27).

De acuerdo a lo que establece la ley 7191, en su capítulo Capítulo V artículo 10 se describen las funciones que podrá desarrollar desde el ejercicio de la profesión de martillero.

  • Podrá efectuar ventas en remate público y practicar tasaciones o avalúos y/o peritajes de cualquier clase de bienes de tráfico lícito que se realice en el territorio de la Provincia, por orden judicial, oficial o particular, además de toda otra actividad propia de sus funciones que no estén expresamente prohibidas por el Código de Comercio o por leyes especiales.
  • Llevar a cabo la función de auxiliares de justicia en los procedimientos judiciales vinculados al embargo y subasta de bienes muebles e inmuebles, determinando el valor de tales bienes en el mercado.
  • Le está permitido trabajar en el ámbito judicial, inmobiliario y mobiliario respecto al acercamiento de la oferta y la demanda, de la venta y subasta de bienes donde está capacitado para la tasación y evaluación de bienes, muebles e inmuebles, urbanos o rurales, fondos de comercio, derechos y acciones, semovientes y cualquier objeto o acto susceptible de poseer un valor en el cambio.

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