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Amparo Adminsitrativo


Enviado por   •  18 de Marzo de 2017  •  Trabajos  •  2.259 Palabras (10 Páginas)  •  272 Visitas

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C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO DEL ESTADO

DE AGUSCALIENTES, AGUASCALIENTES

JOSÉ ALFREDO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, por mi propio derecho señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones documentos y valores el ubicado en la AV. CHAMPAÑA NUMERO 144 FRACCIONAMIENTO ARBOLEDAS DE PASO BLANCO, JESÚS MARÍA AGUASCALIENTES C.P. 20900 ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que vengo a demandar con fundamento en el artículo 107 Fracción II, Fracción III apartado a) y b) de la Ley de Amparo en vigor el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de los ACTOS Y AUTORIDADES QUE MAS ADELANTE SE SEÑALAN y para cumplir con lo preceptuado por el artículo 108 de la Ley de Amparo, bajo protesta de decir verdad. Manifestamos lo siguiente:

I.-NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO:

JOSÉ ALFREDO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, por mi propio derecho, señalado como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones que de este juicio se deriven en AV. CHAMPAÑA NUMERO 144 FRACCIONAMIENTO ARBOLEDAS DE PASO BLANCO, JESÚS MARÍA AGUASCALIENTES C.P. 20900.

II.-NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO:

PEDRO ARTURO JUÁREZ RAMÍREZ, quien podrá ser emplazado en calle canario número 1036, fraccionamiento la Escalera, Aguascalientes, Aguascalientes. C.P. 20500.

III.-AUTORIDAD O AUTORIDADES REPOSNSABLES:

1.- Dirección de planeación y obras públicas del municipio de asientos Aguascalientes, autoridad que puede ser emplazada en palacio municipal en plaza Juárez numero 3 Zona Centro Asientos Aguascalientes.

ACTOS RECLAMADOS:

De la Dirección de planeación y obras públicas del municipio de asientos Aguascalientes.- Todo lo actuado en el fallo y adjudicación de obra pública dictada el día 13 de septiembre del años dos mil dieciséis referente a la licitación pública federal CFP-009-16 de la cual se derivó el proceso de contratación numero LO-801002981-N16-16 y que ampara la obra “REPOSICION DE CONCRETO HIDRAULICO EN BOULEVAR JESUS MARIA RANGEL DE LA COMUNIDAD DE VILLA JUEREZ ASIENTOS AGS”.,  así como todos los efectos y consecuencias, de hecho y derecho que se desprendan directa o indirectamente de la misma, que conlleven la violación a mis derechos humanos, al no aplicar la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas de forma correcta así como su respectivo reglamento y no adjudicarme la obra referida utilizando argumentos sin fundamento y motivación para desechar mi propuesta actualizándose así una violación a mis derechos constitucionales que se contemplan en los artículos 1,8,14,16,17 y 29 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, y los correspondientes de CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS ADOPTADA EN LA CIUDAD DE SAN JOSE DE COSTA RICA EL 22 DE NOVIEMBRE DE 1969.

PRIMERO.- Con fecha 25 de Agosto de 2016 en SISTEMA UNICO DE INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADA COMPRANET EMITIDO POR LA DIRECCION DE LA FUNCION PUBLICA Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION CON FECHA MARTES 28 DE JUNIO DE 2011, se genera el expediente de contratación numero LO-801002981-N10-16 al momento de hacer pública la convocatoria para licitar la obra “REPOSICION DE CONCRETO HIDRAULICO EN BOULEVAR JESUS MARIA RANGEL DE LA COMUNIDAD DE VILLA JUEREZ ASIENTOS AGS”.

SEGUNDO.- se fija dentro de la publicación de fecha 25 de Agosto de 2016, las fechas para conocer el sitio de la obra donde se ejecutaran los trabajos así como la fecha límite de inscripción siendo, consecuentemente la fecha límite para la presentación y apertura de las propuestas siendo el día seis de septiembre de 2016 hasta las 10:01 horas por medio del SISTEMA UNICO DE INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADO COMPRANET.

TERCERO.- es el caso que el aquí quejoso cumple cabalmente con las fechas límite y requisitos previos solicitados enviando en tiempo y forma su propuesta, firmándola digitalmente tal y como lo requiere la unidad compradora siendo esta Dirección de planeación y obras públicas del municipio de asientos Aguascalientes.

CUARTO.- así las cosas el día 6 septiembre de 2016 se hace la apertura de las propuestas técnicas económicas y documentos legales, recibidas todas a través de SISTEMA UNICO DE INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADO COMPRANET y se hace público el monto de todas y cada una de ellas quedando el aquí quejoso en un tercer lugar, partiendo del monto mas bajo ofertando, en este mismo acto se señala la fecha y hora que tendrá verificativo el fallo y adjudicación de obra, y se señala el día trece de septiembre de 2016 a las 14:00 horas.

QUINTO.- Siendo las 14:00 horas del día 13 de septiembre de 2016 se lleva a cabo el fallo y adjudicación de la obra señalada al C. PEDRO ARTURO JUÁREZ RAMÍREZ, como la propuesta mas conveniente y que se ubica en el octavo lugar con una diferencia entre el aquí quejoso y el adjudicado de 1´800,000.00 (un millón ochocientos mil pesos 00/100 m.n.), cantidad que resulta suficiente para darles de comer durante un años a la comunidad de Asientos de un sentamiento irregular con extrema pobreza como lo es bien conocido con el nombre de CIUDAD GOTICA. Al oriente de la ciudad.

DERECHOS HUMANOS VIOLADOS Y LAS GARANTIAS PARA PROTECCION.- El derecho Humano a la legalidad que se contiene en los artículos que protegen este derecho humano, 1, 8, 14, 16, 17 y 29 Constitucionales.

Así como la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS ADOPTADA EN LA CIUDAD DE SAN JOSE DE COSTA RICA EL 22 DE NOVIEMBRE DE 1969.

CONCEPTOS DE VIOLACIÓN

PRIMERO.- el derecho humano a la legalidad consiste en que los seres humanos pueden exigir que el sistema jurídico se palique correctamente en su totalidad.

Los derechos humanos derivan de la naturaleza humana y, por tanto respeto es exigible al estado y a sus órganos todas las autoridades son sujetos al sistema jurídico y, por tanto, todos deben cumplir con las normas que lo constituyen.

El derecho humano a la legalidad consiste en que los seres humanos puede exigir que el sistema jurídico se aplique correctamente en su totalidad Y QUE NADIE PUEDE HACERSE JUSTICIA POR SU PROPIA MANO.

SEGUNDO.- Se aplica una Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas publicada el 11 de Agosto cie 2014 estando vigente en estos momentos la publicada el 13 de Enero de 2016.

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