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Derechos Reales


Enviado por   •  29 de Marzo de 2014  •  450 Palabras (2 Páginas)  •  207 Visitas

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DERECHOS REALES

“Son los derechos que invisten a su titular de un poder que le permite obtener determinadas utilidades de una cosa ajena.

CARACTERES

1.- Representan una limitación al derecho del propietario.

2.- Su contenido es más reducido comparado con el derecho de propiedad.

3.- Generan obligaciones.

4.- Tienen eficacia.

5.- Subsisten mientras exista la causa que los determina.

CLASIFICACIÓN

a) Derechos reales de goce:

Usufructo, uso-habitación, institución del hogar, servidumbres.

b) Derechos reales de garantía o accesorios:

Prenda, hipoteca y anticresis.

DERECHOS REALES DE GOCE

USUFRUCTO

“Es el derecho real de usar y gozar temporalmente de las cosas cuya propiedad pertenece a otro, del mismo modo que lo haría el propietario”.

USO

“Es el derecho de recoger los frutos producidos por la cosa, para sus necesidades y las de su familia”.

HABITACIÓN

“Es una especie de uso relativa a una casa de habitación, que consiste en el derecho de usar la casa, disfrutando de ella lo necesario para su familia”.

HOGAR

“Consiste en excluir un inmueble (vivienda) del patrimonio de su propietario-constituyente y, por ende, tanto de su herencia como de la prenda común de sus acreedores, para asegurar a los beneficiarios un hogar donde poder habitar libre de las agresiones jurídicas de los acreedores”.

SERVIDUMBRES

“Son participaciones limitadas en el goce o aprovechamiento de la cosa de otro” y, por tanto, “un derecho real limitado sobre la cosa ajena, matizado (diferencia específica) por la utilidad o ventaja que un fundo (sirviente) presta a otro (dominante)”.

DERECHOS REALES DE GARANTÍA

PRENDA

Se caracteriza por ser un derecho de Garantía, es decir, se constituye para garantizar el cumplimiento de una obligación y recae sobre Bienes Muebles. Se caracteriza porque se pone en posesión de ese bien mueble, bien al acreedor o bien a un tercero, hasta que se cumpla la obligación. Si no se cumple la obligación se puede enajenar la cosa dada en prenda, por eso se trata de un derecho de realización del valor.

HIPOTECA

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