ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Diferencias entre la letra de cambio y el pagare


Enviado por   •  24 de Mayo de 2012  •  Ensayos  •  1.226 Palabras (5 Páginas)  •  928 Visitas

Página 1 de 5

DERECHO MERCANTIL II

TAREA DE INVESTIGACION

DALIA ANGELICA GALAN TOBAR GT100508

DIFERENCIAS ENTRE LA LETRA DE CAMBIO Y EL PAGARE.

Existen diferencias muy marcadas entre el pagare la letra de cambio, y también son títulos valores que tiene semejanza, es por ello la importancia de saber identificar algunos puntos para poder diferenciarlos; los más sobresalientes a identificar son:

1. El pagare es una promesa de pago, en donde el otorgante hace personalmente la promesa de pagar, mientras que la letra de cambio es una orden de pago, en donde el girador promete hacer el pago.

2. En el pagare solo podemos identificar a dos personas, al otorgante y al beneficiario, mientras que en la letra de cambio intervienen tres personas que son: el Librador, el librado y el Beneficiario.

3. En el pagare la ley permite la estipulación de intereses, mientras que en la letra de cambio cualquier estipulación de intereses se tendrá por no escrita, la ley no lo permite.

PACTO DE INTERES RESPECTO DE LOS TITULOS VALORES.

En la letra de cambio no se puede colocar clausula de interés en caso de hacerlo esta se tendrá por no escrita; en el relación al pagare si se pueden establecer dichas clausulas; esto se encuentra regulado en los Art. 704 y 795 com. Y siguientes

SUJETOS QUE INTERVIENEN.

En el pagare. En la letra de cambio

Suscriptor: Que en palabras sencillas se comprende que es la persona la cual emite el pagare es por ese mismo hecho que se obliga a pagarlo, de tal forma que en él se resumen las calidades de librador y aceptante, es decir que tiene un doble papel. Y por ello está en la total obligación de “pagarlo”, confesándose deudor a la suma expresada en el.

Beneficiario: persona a cuyo favor se emite el pagare, es a quien se le hace la promesa.

El librador o girador: la persona a la que se da la orden de pago (quien debe pagar), es el destinatario de la orden dada por el librador. El Código de Comercio requiere que en la Letra de Cambio se diga el nombre del Librado, es decir, el nombre del que debe pagar (art. 702 ord. IV com.)

El librador o Girador: es la persona que ordena hacer el pago. El código de comercio salvadoreño exige que la letra de cambio lleve su firma (art. 702 ord. VIII)

El Beneficiario o tomador: es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma ordenada por el Librador. Es necesario que en la letra se indique el nombre del beneficiario o tomador; en nuestro derecho no es válida la Letra al Portador Art. 705 com., es imprescindible expresar el nombre de una persona como beneficiaria (art. 702, Ord. VI).

El Fiador o Avalista: la persona obliga solidariamente al pago de la letra. (art. 729 C. de Com. Salv.).

CONTENIDO PECUNIARIO.

En el contenido pecuniario tanto de la letra de cambio como del pagare esun valor indeterminable ya que este valor está determinado por la cantidad acordada pro los sujetos que intervienen en la obligación. Es decir que la letra de cambio o el pagare por si mismo no tienen ningún valor, el valor se lo da la cantidad por la cual se emite ya sea la letra de cambio o el pagare, ejemplo que se emite una letra de cambio o el pagare por la cantidad de $1000.00 ese será el valor pecuniario del título

.

POSIBILIDAD DE INCLUIR LA CLAUSULA SIN PROTESTO.

La letra de cambio debe ser protestada por falta total o parcial de aceptación o

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com