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FISCAL Y ADMINISTRATIVA EN TURNO


Enviado por   •  27 de Junio de 2014  •  Tesis  •  963 Palabras (4 Páginas)  •  210 Visitas

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ASUNTO: JUICIO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO.

Xalapa, Veracruz, a 12 de agosto de 2014.

MAGISTRADOS QUE INTEGRAN

LA SALA REGIONAL DEL GOLFO

DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA

FISCAL Y ADMINISTRATIVA EN TURNO

P R E S E N T E

C BRENDA YAZMIN SANCHEZ ORTIZ., personalidad que acredito mediante mi ife con No. De credencial 16546974167965, señalando como domicilio procesal para oír y recibir notificaciones el ubicado en la calle Enríquez No. 10 colonia centro de esta ciudad, ante ustedes con el debido respeto comparezco y paso a exponer lo siguiente:

Que estando dentro del término legal, y con fundamento en los artículos 1, 3, 13, 14, 15, 50, 51 y demás relativos y aplicables a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en vigor; ocurro ante ese Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, para formular el Juicio Contencioso Administrativo en virtud a los siguientes elementos:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL DEMANDANTE.

Los ya expresados al inicio del presente medio de defensa.

II.- RESOLUCIÓN IMPUGNADA

• La ilegal resolución al recurso de revocación, contenida en el oficio número 234, emitida por la Administradora Local Jurídica de Xalapa, de fecha 20 de junio del 2014

III.- AUTORIDAD DEMANDADA

• Administrador Local Jurídica de Xalapa, quien emite la resolución del Recurso de Revocación, mediante oficio 234.

• Administrador Local de Recaudación de Xalapa, emisora de la resolución determinante de los créditos fiscales No. 763.

IV.- TERCERO INTERESADO

Bajo protesta de decir verdad, se manifiesta que en el caso se ignora la existencia de tercero interesado.

V.- expongo los HECHOS QUE DAN MOTIVO A LA DEMANDA:

1.- Con fecha 02 de mayo del año en curso se notifico a la contribuyente C. BRENDA YAZMIN SANCHEZ ORTIZ en un oficio No. 748 una multa por la cantidad de $30.000

2.- El día 17 de mayo la C. BRENDA YAZMIN SANCHEZ ORTIZ giro a la dirección de hacienda y crédito publico un oficio solicitando la condonación de la multa.

3.- Con fecha de 24 de mayo del año en curso la autoridad competente respondió a la petición de la contribuyente con fundamento en el articulo 34 y 34-a del código fiscal de la federación de manera NEGATIVA

4.- El día 7 de junio del 2014 la C. BRENDA YAZMIN SANCHEZ ORTIZ presento el recurso administrativo de revocación, desprendido de la resolución No. 1234 esto con fundamento en el artículo 116, 117 y 125 del código fiscal de la federación.

5.- Declaración anual del ejercicio fiscal de fecha 20 de mayo del 2014 presentado ante la dirección de hacienda y crédito publico

Así, al estimarse ilegal tal resolución se controvierte en la presente vía, para lo cual se formulan los siguientes:

VI.- CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN.

PRIMERO.- resulta totalmente ilegal la resolución recaída al recurso de revocación, emitida por la administración local jurídica de Xalapa, porque nunca se me notifico el oficio número 234 del 20 de junio del 2014, por el cual supuestamente se concedía plazo para la resolución contenida en el oficio no. 1234

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