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La ética En Los Profesionistas

chabelina31 de Agosto de 2014

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1. LA ÉTICA COMO PUNTO DE PARTIDA DE TODO BUEN PROFESIONISTA .

El interés por la aplicación de la ética a la práctica de las profesiones, ocupaciones y en general a las actividades humanas, se hizo notorio en el último tercio del siglo XX; se ha extendido en casi todos los países del mundo y se va incrementando en intensidad y profundidad a medida que el tiempo avanza.

Por tanto, perfectamente explicable que la influencia de esa gran ola que tiende a implantar la razonabilidad práctica en la vida activa de los hombres, llegara también a la tarea que toca desempeñar a los MP, máxime que ésta aparece como uno de los campos más propicios para conjuntar, ordenar y jerarquizar los principios éticos.

Por supuesto que la recepción de los principios éticos dentro del quehacer judicial no ha sido fácil, sobre todo por la influencia del pensamiento que privó en la primera mitad del siglo XX en que, dominado el derecho por la concepción formalista, se tenía la certeza de que al Juez le bastaba, para cumplir su función, con el conocimiento de las leyes y el entrenamiento técnico para su aplicación, sin interferencia de otros elementos no científicos como la moral que, se aducía, carece de universalidad.

De ahí el avance progresivo de la ética en la práctica judicial, y como los años no pasuna conducta de virtudes morales, independencia, imparcialidad, objetividad, profesionalismo y excelencia; y desde el punto de vista interpretativo se espera de él no sólo que resuelva mediante la subsunción de reglas, sino también mediante la apreciación de principios, necesarios en la interpretación de los derechos humanos que son, en esencia, valores éticos, que es obvio que ha venido evolucionando.

A partir de entonces han visto la luz numerosos ordenamientos ya específica- mente dedicados a la materia de la ética judicial, tanto a nivel internacional como en el ámbito interno de los países, Estados o provincias.

Dentro de las acciones que prevé la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato para garantizar el adecuado cumplimiento de los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, y respeto a los derechos humanos reconocidos en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se encuentra la de elaborar un Código de Ética que contenga reglas claras para que, en la actuación de los servidores públicos, impere invariablemente una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño en situaciones específicas que se les presenten, con lo cual se pretende propiciar una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad.

Al asumir su cargo, el servidor público debe manifestar su compromiso y vocación para atender los asuntos que interesan y afectan a la sociedad, adquiriendo al mismo tiempo una responsabilidad por sus actos que se refleja en la satisfacción de las necesidades colectivas.

El servicio público implica responsabilidades que derivan de las funciones inherentes al cargo que se desempeña. Los servidores públicos se enfrentan día a día con la toma de decisiones a menudo complejas, en las que está en juego el bienestar de la sociedad; ellos, como individuos libres, tienen la capacidad para optar, en el ejercicio de sus funciones, entre lo que es deseable para la colectividad y aquello que puede resultar dañino para ella.

De lo anterior, se concluye que los valores éticos deben tomar una gran relevancia en el servicio público; por ello, como parte del compromiso que se tiene con la sociedad, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato se ha dado a la tarea de emitir un nuevo Código de Ética para los servidores públicos de la institución, orientado al rescate y preservación de los principios y valores éticos, con el propósito fundamental de normar la conducta que ha de regir en el ejercicio de sus funciones,

cada servidor involucrado con la procuración de justicia decida en libertad el camino a seguir. La legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos, honestidad, transparencia, dignidad, nobleza, orden, imparcialidad, responsabilidad, lealtad, certeza jurídica, tolerancia, justicia, vocación de servicio, entre otros, son los principios y valores éticos que forman parte de este Código, así como los principios específicos que deben regir el actuar de los agentes del Ministerio Público, agentes de la Policía Ministerial, Peritos, personal administrativo y Mediadores–Conciliadores de la institución.

Propósitos y Objetivos

1.1 Este Código tiene como objetivo establecer una serie de principios y valores que regulen la conducta de los servidores públicos de la institución, con el propósito de enaltecer los valores en el servicio, fomentar el respeto a los Derechos Humanos, estimular el desarrollo personal y profesional, así como desarrollar hábitos y actitudes que permitan el cumplimiento de los fines institucionales.

1.2 El Código de Ética busca establecer sugerencias de actuación a los servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado, tendientes a mejorar su imagen ante la sociedad guanajuatense, como una dependencia de gobierno, ante todo, humana, accesible a las necesidades sociales y en acatamiento al principio de legalidad, en donde se perciba la confianza de que se procura justicia sin distinción de ningún criterio.

1.3 Este material tiene como propósito garantizar la convivencia social armónica a través de una procuración de justicia eficaz, pronta, expedita, imparcial y oportuna, que asegure el cabal cumplimiento del orden jurídico, el respeto a los derechos de las personas y la integridad de las instituciones, vigilando la prevalencia del principio de legalidad, preservando el Estado de Derecho y fortaleciendo la vida democrática.

1.4 El presente Código tiene como objetivo transformar a la Procuraduría General de Justicia con servidores públicos rigurosamente seleccionados, capacitados, motivados, evaluados y altamente comprometidos con la sociedad, que contará con una institución humana, sensible, ágil, dinámica, confiable, transparente y profesionalizada, que da respuesta inmediata a la demanda del servicio y propicia una eficaz acción de la procuración de justicia, coadyuvando a la consolidación del Sistema Penal Acusatorio, Adversarial y Oral.

Principios Rectores

Como servidor público de la Procuraduría General de Justicia:

Legalidad

• Deberé ejercer las funciones y atribuciones que expresamente me asigne la ley.

Objetividad

• Deberé ejercer mis funciones conforme a derecho y tomando en cuenta única y exclusivamente los elementos que tengan relación con el caso concreto. Los prejuicios u opiniones personales carecerán de valor en este sentido.

Eficacia y Eficiencia

• Deberé enfocar mis esfuerzos en cumplir de manera óptima los objetivos y metas propios de mi función; aprovechando procesos, tiempos y recursos para la obtención de resultados.

Profesionalismo

• Deberé considerar, en todo momento, que la eficiencia en la obtención de resultados depende de una excelente profesionalización, por lo que deberé capacitarme y actualizarme de manera permanente.

Honradez

• Deberé actuar con rectitud legal e integridad moral, pues constituyo un garante de la confianza en la ley y en la justicia.• De verdad, justicia y legalidad colmaré mi actuación y diligencias.

Respeto a los Derechos Humanos

• Deberé actuar con estricto respeto a los derechos humanos, reconociéndolos como los límites del ejercicio de la autoridad frente a los gobernados.

Ética de la Honestidad

• Deberé ejercer las funciones encomendadas por la ley, buscando no sólo la verdad sino además con la fuerza del señorío interior.

Solidaridad Institucional

• Deberé contribuir al trabajo de equipo, sumando esfuerzos de tal manera que mi actuación personal quede supeditada al interés de la Institución. El hombre y el grupo de trabajo hacen la procuración de justicia.

Transparencia

• Deberé ajustar mi conducta al derecho que tiene la sociedad de estar informada sobre las actividades de la institución en los términos establecidos por la normatividad aplicable.• La transparencia de mi actuación propicia la confianza y credibilidad en la ley, el derecho y la justicia.

Dignidad

• Deberé actuar con decoro y excelencia. Deberé honrar y enaltecer la majestad de procuración de justicia esforzándome para merecerla.• Deberé fomentar dignidad, paz, armonía y trabajo como mejor terapia para bien de la procuración de justicia.

Nobleza• Deberé imprimir seriedad y nobleza a la función de procuración de justicia que dignamente desempeñe, para valer como servidor de la sociedad y de la ley.• Deberé enarbolar la nobleza de ser servidor de la sociedad.

Orden• Deberé propiciar concierto y armonía humanas en la coordinación del trabajo y el despacho de los asuntos de procuración de justicia.• Deberé subordinar lo inferior a lo superior. La jerarquía significa armonía y la armonía, orden.• Orden en el abecedario, en la numeración, en los planetas, en las constelaciones, en las hormigas y orden en nuestra mente.

Imparcialidad

• Equidistancia entre el Juez y la sociedad; entre el imputado y la víctima u ofendido.•

Equidad; justicia distributiva o término medio en mi actuación en la procuración de la ley, la razón y el derecho.

Responsabilidad

• Deberé dar siempre

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