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Ley Orgánica De Consejos Comunlaes


Enviado por   •  27 de Febrero de 2013  •  721 Palabras (3 Páginas)  •  334 Visitas

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Al hablar de los fundamentos jurídicos que sustenten el desarrollo comunitario, es de vital importancia hacer referencia a la Ley de Consejos Comunales, porque es la principal herramienta estratégica para activar las redes endógenas del desarrollo con el fin de fortalecer la cooperación y la asociatividad de las comunidades.

Con referencia a lo anterior, la Ley de Consejos Comunales en su artículo No. 1 señala el objeto de la misma, haciendo referencia a todo lo concerniente a la organización, integración y funcionamiento de los consejos comunales para la aplicación de las políticas públicas del estado a fin de garantizar el bienestar de las comunidades.

Así mismo el articulo No. 2 de la Ley hace mención a la definición de los consejos comunales como aquellas instancias de cooperación y unificación entre las diferentes organizaciones comunitarias, los grupos sociales y los ciudadanos, donde permita a dichas organizaciones ejercer directamente la gestión de la política pública y planes orientados a las necesidades de la comunidad en la construcción de una sociedad justa, libre capaz de responder a las aspiraciones del pueblo con equidad.

En tal sentido, el artículo No. 4 en su literal No. 1 señala la definición de la Comunidad, en sentido general, como una unidad social cuyos miembros participan de algún rasgo, interés, elemento o función común, con conciencia de pertenencia y sentido de solidaridad y significación. En el literal No. 2 indica que el área geográfica y la densidad poblacional de los consejos comunales, a los efectos de la participación protagónica, la planificación y su gobernabilidad, serán precisadas por las Asambleas de Ciudadanas y Ciudadanos.

En la misma forma en el artículo No. 5, indica que es un deber y una obligación de los miembros del consejo comunal ser cuentadante en corresponsabilidad con los ciudadanos de la comunidad en el manejo transparente y eficaz de los ingresos y egresos según el ordenamiento vigente

En este mismo orden de ideas el artículo No. 9 refleja que el consejo comunal por medio de asambleas de ciudadanas y ciudadanos determina el número de voceros y voceras de acuerdo a las necesidades de la comunidad, quedando conformado por diferentes comités como de Educación, Energía y gas, Salud, Seguridad Ciudadana, Vivienda y Hábitat entre otros que la comunidad considere necesario para su desarrollo.

Por otra parte, se encuentra la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal que menciona en el artículo No.1 su finalidad que es de fortalecer, incentivar el poder popular ajustados a las normas y principios de su funcionamiento, contribuyendo al fortalecimiento armónico socio productivo de la nación, para la distribución e intercambio de bienes y servicios a fines de satisfacer las necesidades colectivas, a fin de utilizar el excedente de la economía

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